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Fallo histórico: un juez considera que puede haber trata de mujeres en casos de subrogación de vientre

El titular del Juzgado Federal 2 de Córdoba, Alejandro Sánchez Freytes, procesó al director de una clínica. Acuerdos entre gestante y parejas donde se habría vulnerado la libertad de las víctimas y se engañó a tribunales de Familia para autorizar los procedimientos. También dictó sobreseimientos.

JOSÉ PÉREZ ALZAA. El director de Fecundart fue procesado por el delito de trata de personas agravada por abuso de una situación de vulnerabilidad y por haber logrado la finalidad de explotación. Foto: Cedoc Perfil

En una resolución sin precedentes, el juez federal 2 de Córdoba, Alejandro Sánchez Freytes, dictó el procesamiento de un médico, la secretaria de una clínica y un abogado marcando un hito en la jurisprudencia argentina al vincular la práctica de la gestación por sustitución con el delito de trata de personas con reducción a la servidumbre. El juez federal subrayó que, si bien no toda maternidad subrogada es delictiva, esta se convierte en trata cuando el acuerdo está mediado por la explotación, el abuso de poder y la desprotección absoluta de la gestante.

En una resolución de 290 páginas, emitida ayer, el magistrado analizó en qué casos el sistema cruzó la línea hacia la criminalidad, cuándo dejó de ser un acuerdo autónomo para convertirse en una "estructura de control" donde la mujer pierde su capacidad de decisión libre. Entre los indicadores de trata detectados en esta investigación se encuentran el abuso de la vulnerabilidad extrema, el engaño deliberado, la restricción de libertad y el tratamiento de los bebés y las mujeres como "mercancías dentro de una cadena de suministro".

ALEJANDRO SÁNCHEZ FREYTES. Es el primer juez en el país que admite que es posible el delito de trata en casos de subrogación de vientres donde se pruebe la vulnerabilidad de la víctima.

“La instrumentalización del cuerpo reproductivo de mujeres vulnerables con finalidad de lucro, mediando aprovechamiento deliberado de su situación de vulnerabilidad, constituye una modalidad de servidumbre” sostuvo el juez sin tapujos. 

En este sentido, coincidió con la posición de los fiscales federales Enrique Senestrari y la titular de Protex, Alejandra Mángano.

No obstante al analizar las conductas de todas las personas imputadas inicialmente, dictó procesamiento para tres y sobreseimiento para el resto.

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Quiénes son los procesados y bajo qué argumentos

El juez ordenó el procesamiento de tres figuras clave, a quienes se les trabó un embargo conjunto por más de $1.000 millones.

El médico José Antonio Pérez Alzaa (Director de la Clínica Fecundart) -defendido por Matías Pueyrredón- fue procesado como coautor de trata de personas agravada por abuso de vulnerabilidad y por haber logrado la finalidad de explotación. El tribunal consideró que, bajo el ropaje de una fundación sin fines de lucro, captó a mujeres vulnerables (desocupadas y con hijos a cargo) utilizando la base de datos de donantes de óvulos de su propia clínica. 

Se le cuestiona haber realizado transferencias embrionarias sin autorización judicial previa, lo que se interpreta como una maniobra para eludir controles sobre la libertad del consentimiento. Además, señaló que hubo cosificación de las mujeres para obtener réditos económicos.

También fue procesada Paula Mariana Liendo, cuñada de Pérez Alzaa y secretaria de la misma clínica, asistida por el defensor Darío Vezzaro. Según la resolución, ella era el "canal de comunicación" que contactaba a las gestantes para explicarles los aspectos económicos y "sugerirles" que ocultaran su realidad socioeconómica ante los padres intencionales para no frustrar el negocio.

El abogado Nicolás Enrique Gigena -defendido por Mercedes Crespi- también resultó alcanzado por la misma figura delictiva y por falsedad ideológica en grado de tentativa. El juez sostuvo que Gigena dirigía las actividades de las víctimas, manejando un listado de gestantes para ofrecer a parejas con voluntad de procrear. Se le acusa de instruir a las mujeres para que mintieran ante los tribunales de Familia, inventando falsas relaciones de amistad con los comitentes para acelerar los permisos judiciales. Se resalta el aprovechamiento de situaciones de miseria, como el caso de una víctima que le escribía porque no tenía dinero para sobrevivir. El mensaje de la mujer al abogado es transcrito en la sentencia. “Usted me podría llamar por qué no tengo crédito”; “me están por desalojar y estoy buscando alquiler”; “…me hace falta hoy para comprar pañales”.

En total fueron identificadas seis presuntas víctimas de las conductas de los tres acusados.

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Clínica Nascentis desvinculada

En la misma resolución, Sánchez Freytes dictó sobreseimiento de varias personas al considerar que no hubo pruebas suficientes de su participación dolosa en la maniobra de trata.

La decisión alcanzó a César Sánchez Sarmiento, director de la Clínica Nascentis, defendido por el abogado Tristán Gavier. El juez argumentó que, a diferencia de otros centros, en Nascentis no se realizaban prácticas de subrogación de vientre sin autorización judicial y se aplicaban filtros médicos y psicológicos reales. En un caso puntual, la clínica incluso rechazó a una postulante por no superar dichos controles, lo que desvirtúa la intención de explotar su vulnerabilidad.

Junto a él también fueron sobreseídos la psicóloga de la clínica María Soledad Expósito, los abogados Romina Vittar y Edgar Domingo Gribaudo, la psicóloga de Fecundart Luciana Szrank y Miguel Angel Norverto

El fallo concluye destacando que, en esta etapa procesal, lo que gobierna es la probabilidad, y que será en el juicio oral donde se determinará con certeza la responsabilidad final de los procesados en este oscuro entramado de mercantilización reproductiva.

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Abundantes citas de convenciones e informes internacionales

Por la novedad de la temática abordada, el juez Sánchez Freytes citó numerosas convenciones internacionales e informes con eje en el derecho de las mujeres y también de los niños y niñas.

Entre otros, trajo a colación el Informe de la Relatora Especial sobre la venta y la explotación sexual de niños, incluidos la prostitución infantil, la utilización de niños en la pornografía y demás material que muestre abusos sexuales de niños (A/HRC/37/60) del año 2018; el de la Relatora Especial de la ONU sobre la violencia contra las mujeres y las niñas, sus causas y consecuencias (A/80/158), del 14 de julio de 2025. 

ENRIQUE SENESTRARI. El fiscal federal lleva adelante la inédita investigación junto a la titular de Protex, Alejandra Mángano.

Los complementó con las recomendaciones elaboradas por el del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y Directiva (UE) 2024/1712 del Parlamento Europeo y del Consejo, de junio de 2024 sobre la materia.

Además, citó un fallo de la Corte Suprema de Justicia argentina sobre una impugnación de filiación. “En un pasaje de la sentencia el máximo tribunal alerta sobre que la práctica conocida como gestación por sustitución implique abrir las puertas al llamado ´comercio o alquiler de vientres´, algo que el legislador no ha validado en absoluto y que -en el extremo- podría conducir al aprovechamiento de un sector vulnerable de la población” (el destacado nos pertenece)”, subrayó el juez Sánchez Freytes .

El fallo de primera instancia recién se conoce, no está firme. Es altamente probable que sea apelado ante la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba.