El Juzgado Federal N° 3 de Córdoba ordenó este martes a Pami y al programa Incluir Salud del Ministerio de Salud de la Nación regularizar el pago de prestaciones para personas con discapacidad en un plazo máximo de 72 horas. La medida cautelar fue dictada por el juez Miguel Hugo Vaca Narvaja en el marco de un amparo colectivo impulsado por el colectivo Defendamos Córdoba, con el respaldo de Apadim, el Pequeño Cottolengo Don Orione y varios centros terapéuticos de la provincia.

La resolución protege a titulares de pensiones no contributivas y beneficiarios del Certificado Único de Discapacidad (CUD), cuyo acceso a servicios y medicamentos quedó en riesgo por la falta sistemática de transferencia de fondos. La crisis se enmarca en la Ley 27.793, que declara la emergencia nacional en discapacidad hasta diciembre de 2026.
Un fallo que desnuda el abandono del Estado
El juez Vaca Narvaja no dejó margen para la ambigüedad. En los fundamentos de la resolución, estableció que las demoras reiteradas en los pagos configuran un "riesgo inminente" para personas que dependen de esos recursos para sostener tratamientos que no pueden interrumpirse. Más aún: advirtió que el Estado nacional intentó evadir sus obligaciones constitucionales de protección integral, dilatando deliberadamente el cumplimiento de compromisos que hacen a derechos básicos.

El desfinanciamiento dejó marcas concretas en las organizaciones que trabajan con personas con discapacidad en Córdoba. El caso más documentado en el expediente es el del Pequeño Cottolengo Don Orione, que durante 2026 acumuló más de $41 millones en intereses ante ARCA por aportes y contribuciones que no pudo pagar en tiempo y forma, precisamente porque el Estado no le transfirió los fondos que le correspondían.
Seis meses de vigencia y apercibimiento para el Estado
La medida cautelar tiene una duración inicial de seis meses o hasta que exista una sentencia firme en la causa. Durante ese período, Pami e Incluir Salud quedan obligados a mantener al día los pagos de las prestaciones bajo apercibimiento de ley, lo que habilita sanciones concretas ante cualquier incumplimiento.
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El plazo de 72 horas fijado por el juez para la normalización inicial marca una urgencia que la Justicia consideró innegociable.