Condenaron a una mujer en el primer juicio bajo el sistema acusatorio en Corrientes
El Tribunal Oral Federal le impuso una pena de cuatro años de prisión por el transporte de más de 47 kilos de marihuana ocultos en encomiendas de Correo Argentino. El caso penal se resolvió en un plazo récord de cuatro meses.
En un hito institucional que marca un cambio de paradigma en los tiempos de la justicia federal de la región, concluyó el primer debate oral y público sustanciado bajo los lineamientos del nuevo sistema acusatorio. El juez Eduardo Belforte, integrante del Tribunal Oral Federal de Corrientes, condenó a la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo a una mujer sindicada como coautora penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes.
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La imputada había montado una maniobra logística interjurisdiccional para trasladar un cargamento de marihuana desde la provincia de Misiones con destino final a la ciudad de Córdoba utilizando la estructura formal del correo de bandera.
La resolución de la causa adquirió una fuerte relevancia jurídica debido a los estándares de celeridad procesal alcanzados por la reforma procesal: el expediente se resolvió de forma definitiva a tan solo cuatro meses de haberse iniciado las actuaciones de prevención.
En la audiencia de debate, el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por la fiscal federal Tamara Ahimará Pourcel, titular interina del área de Investigación y Litigio de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Corrientes, junto al auxiliar fiscal Gabriel Romero Olivello.
El fallo de primera instancia encuadró la conducta de la mujer bajo las previsiones técnico-legales del artículo 5, inciso “c”, de la Ley 23.737 de Estupefacientes y el artículo 45 del Código Penal, validando la hipótesis de la fiscalía respecto a que la maniobra se consumó desde el momento en que la sustancia ilícita inició su desplazamiento territorial, independientemente de si lograba ser comercializada al menudeo en los centros urbanos.
Alerta en la ruta 12 y entrega vigilada
El origen de las actuaciones penales se remite al pasado 29 de enero, durante un control vehicular de rutina montado en la provincia de Corrientes por efectivos de la Sección Núcleo del Escuadrón 47 "Ituzaingó" de Gendarmería Nacional.
Los uniformados, apostados en el puesto estratégico "INYM" sobre la Ruta Nacional Nº12, procedieron a la requisa física de un camión de transporte de cargas de la empresa estatal Correo Argentino que cumplía el trayecto de unificación de nodos postales entre la Mesopotamia y la zona central del país.
Durante la inspección de la bodega de encomiendas, un perro detector de narcóticos de la fuerza reaccionó de forma positiva al pasar frente a dos bultos de grandes dimensiones, los cuales habían sido despachados desde la sucursal de la localidad misionera de Puerto Piray.
Tras obtener la inmediata autorización del juzgado de instrucción, los gendarmes procedieron a la apertura de las cajas, hallando en su interior un total de 56 paquetes rectangulares prensados que arrojaron un pesaje definitivo de 47,502 kilogramos de cannabis sativa.
Con el objetivo de identificar y capturar a la célula receptora de la organización criminal, el Ministerio Público Fiscal dispuso la aplicación inmediata de la técnica especial de investigación denominada entrega vigilada, sustituyendo los paquetes de droga y permitiendo que las encomiendas continuaran su curso logístico legal bajo un estricto monitoreo encubierto.
El procedimiento de entrega se completó el 3 de febrero, cuando la ahora condenada se presentó en la sucursal de Correo Argentino de la ciudad de Córdoba para retirar los envíos a su nombre, instante en que fue detenida por los efectivos junto a un acompañante que permanece supeditado a la causa.
Dosis umbrales y la complejidad del tráfico postal
Durante la etapa de producción de prueba en el debate oral, los fiscales Pourcel y Romero Olivello acreditaron mediante actas de secuestro, registros fotográficos, soportes fílmicos y testimonios de los peritos que la mujer era la única destinataria consignada en las guías postales y que actuó con pleno conocimiento y voluntad criminal al tomar posesión de la carga.
Un elemento analítico determinante para el tribunal fue el resultado del peritaje químico de laboratorio, el cual determinó que el volumen de la sustancia secuestrada contaba con una pureza técnica apta para la fabricación de 772.382 dosis umbrales de estupefacientes, dato que la fiscalía ponderó para justificar la gravedad del daño potencial infligido a la salud pública nacional.
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Al momento de solicitar la sanción penal, la fiscalía requirió la aplicación del mínimo legal de la escala penal al evaluar de forma integral la falta de antecedentes de la imputada, pero advirtió sobre la peligrosidad que reviste la metodología utilizada por las bandas transnacionales en el NEA.
Los representantes fiscales destacaron que la utilización de empresas de logística legal demuestra una modalidad delictiva compleja orientada a vulnerar los controles estatales ordinarios para introducir estupefacientes en grandes centros de consumo, un criterio de lesividad que fue receptado en su totalidad por el magistrado al dictar la sentencia condenatoria de cuatro años de prisión.
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