FALLO CLAVE

Revés para Cositorto: la Corte Suprema ratificó las condenas a la cúpula de Generación Zoe en Corrientes

El Máximo Tribunal de la Nación sepultó el último recurso de la defensa, que pretendía anular las penas argumentando que el caso era de órbita federal.

Leonardo Nelson Cositorto. Foto: Poder Judicial.

En lo que representa el cierre del capítulo judicial más importante en materia de estafas piramidales de la provincia, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó de forma definitiva la competencia material y todo lo actuado por la Justicia de Corrientes en la causa contra la organización criminal Generación Zoe.

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A través de un fallo clave firmado el jueves, el Máximo Tribunal del país validó las condenas de prisión efectiva dictadas contra el líder de la firma, Leonardo Cositorto, y sus principales socios operativos.

La resolución de la Corte de la Nación lleva las firmas de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. El tribunal declaró "abstracta e inoficiosa" la cuestión de competencia en la que insistía la defensa técnica de los imputados.

Los defensores pretendían que las condenas provinciales quedaran sin efecto bajo el argumento técnico de que los delitos debían juzgarse de forma exclusiva en el fuero federal.

Sin embargo, el cimero tribunal nacional sepultó ese reclamo debido a que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes ya confirmó la sentencia en todas sus partes y rechazó el recurso extraordinario federal, por lo que la causa se encuentra actualmente en la fase formal de ejecución de condena.

Con este respaldo, el Juzgado de Garantías N° 2 de Goya mantendrá el cumplimiento de las penas ordinarias por los delitos de Estafa y Asociación Ilícita, y desglosará las actuaciones remitiendo al fuero federal únicamente los expedientes vinculados a presunto lavado de activos e intermediación financiera no autorizada por el Banco Central (BCRA).

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Las penas firmes para la estructura delictiva

El debate oral y público llevado adelante por el Tribunal de Juicio de Goya —presidido por el doctor Ricardo Carbajal y los vocales Jorge Carbone y Julio Duarte— dio por acreditado de forma unánime que Generación Zoe operó en la segunda ciudad de la provincia como una organización ilícita estructurada para despojar de sus ahorros a los ciudadanos mediante falsas promesas de dividendos en dólares.

Tras el rechazo del último recurso en la Corte Suprema, el esquema de penas y los roles delictivos asignados quedaron ratificados de la siguiente manera:

  • Leonardo Nelson Cositorto (12 años de prisión): condenado en calidad de ideólogo, creador y jefe de la asociación ilícita, en concurso real como coautor de estafas reiteradas.

  • Maximiliano Javier Batista (8 años de prisión): condenado como miembro activo de la asociación ilícita y coautor del delito de estafa continuada, calificado como el socio principal de Cositorto.

  • Miguel Ángel Echegaray (8 años de prisión): condenado como miembro activo y coautor de estafa, cumpliendo el rol de administrador y gerente de las cuentas financieras de la red.

  • Lucas Damián Camelino (8 años de prisión): condenado bajo la misma calificación de miembro activo y coautor de estafa, operando en la gestión financiera local.

Por otra parte, cabe recordar que durante las audiencias del debate también fueron juzgados los hermanos Javier Sebastián Medina y Nicolás Ismael Medina, quienes resultaron absueltos por el beneficio de la duda al no colectarse elementos probatorios de peso en su contra.

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Un daño de 400 mil dólares que golpeó a familias goyanas

Durante las etapas de alegatos del juicio, la Fiscalía de Goya —representada por los doctores Rubén Barry y María Eugenia Ballará— había solicitado penas sustancialmente más severas, que alcanzaban los 16 años de prisión para el líder de la organización y hasta 14 años para sus colaboradores inmediatos.

Si bien el Tribunal de Juicio aplicó un criterio de mayor mesura en el monto de los años de encierro, los magistrados ponderaron en los fundamentos de la sentencia la enorme gravedad del perjuicio socioeconómico ocasionado en la región.

En total, la fiscalía acreditó que 98 ahorristas goyanos fueron damnificados de forma directa por una cifra consolidada que superó los 400 mil dólares.

El tribunal remarcó que el impacto de la maniobra delictiva trascendió lo netamente patrimonial, provocando severas consecuencias en la salud psicofísica y el proyecto de vida de familias enteras del interior provincial.