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Comercio exterior

El Gobierno cambia las reglas para exportar al Mercosur: qué modifica el nuevo sistema

La nueva modalidad permitirá a productores y exportadores acreditar electrónicamente el origen de sus mercaderías, simplificando trámites y adecuando la normativa argentina al régimen vigente del Mercosur.

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Mercosur | Captura

El Ministerio de Economía aprobó un nuevo procedimiento para que productores y exportadores acrediten el origen de las mercaderías destinadas al Mercosur mediante una Declaración de Origen electrónica, una alternativa al tradicional certificado emitido por entidades habilitadas. La medida fue establecida a través de la Resolución 247/2026, publicada en el Boletín Oficial, y forma parte de la adecuación de la normativa argentina al nuevo Régimen de Origen del Mercosur, vigente desde julio de 2024.

El sistema comenzará a aplicarse el 26 de septiembre de 2026 y estará disponible exclusivamente para las operaciones comprendidas en el Acuerdo de Complementación Económica N.º 18 (ACE 18), que regula el comercio entre los países del bloque regional.

Cómo funcionará la nueva Declaración de Origen electrónica

A diferencia del esquema tradicional, la nueva modalidad permitirá que el propio productor o exportador certifique, bajo declaración jurada, que la mercadería cumple con las reglas de origen exigidas por el Mercosur para acceder a los beneficios arancelarios. La resolución aclara que este mecanismo no reemplaza la certificación vigente, sino que se incorpora como una alternativa válida.

Uno de los principales cambios es que el trámite será 100% digital. Toda la gestión deberá realizarse a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), integrada al Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), donde el exportador completará un formulario y lo firmará digitalmente, sin intervención previa de organismos certificantes.

La Declaración de Origen deberá incluir información detallada de la operación, como la identificación del exportador y del productor, la descripción de la mercadería, la clasificación arancelaria de ocho dígitos, el número y la fecha de la factura comercial, además de una manifestación expresa que certifique el cumplimiento de las reglas de origen del Mercosur. La responsabilidad sobre la veracidad de la información recaerá exclusivamente sobre quien emita la declaración.

Qué documentación deberán conservar los exportadores

La normativa establece que el documento deberá emitirse dentro de los 180 días corridos posteriores a la factura comercial y tendrá una vigencia de 12 meses desde su generación en la plataforma digital.

Además, los exportadores deberán conservar durante cinco años toda la documentación respaldatoria vinculada a la operación, incluyendo comprobantes de compra de insumos, costos de producción, documentación del proceso de fabricación y contratos de tercerización, ya que podrá ser requerida durante verificaciones posteriores.

La Dirección de Importaciones será la autoridad encargada de administrar el régimen, realizar controles y tramitar las verificaciones cuando otro Estado Parte cuestione el origen declarado de una mercadería argentina.

Cuáles serán las sanciones por incumplir el nuevo régimen

La resolución también incorpora un régimen de sanciones para quienes presenten información falsa o incumplan las condiciones establecidas. Las penalidades incluyen la suspensión de hasta 18 meses para emitir nuevas declaraciones y la inhabilitación por hasta cinco años en casos de reincidencia o fraude.

Con esta medida, el Gobierno busca modernizar los procedimientos de comercio exterior, reducir la carga administrativa para las empresas y facilitar las exportaciones al Mercosur mediante herramientas digitales, en línea con las reformas impulsadas por el bloque para agilizar el intercambio comercial entre los Estados miembros.