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Delitos de menores

Inimputables y fuera del sistema

El crimen del playero, con un detenido de 15 años, vuelve a poner en debate la baja de la edad de imputabilidad. En el limbo de no tener un debido proceso que determine su culpabilidad o inocencia; y a la vez, saltear la Justicia y no pagar por sus delitos, los menores de 16 años están por fuera del sistema.

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Delitos de menores. | cedoc

El detenido por el crimen de Bruno Bussanich, el playero asesinado a principios de marzo en Rosario mientras trabajaba, es un adolescente de 15 años. Sin una segunda oportunidad para Bussanich (25), y con el panorama actual de un menor inimputable en escena, nadie rendirá cuentas por la vida de Bruno. 

Así lo establece la ley vigente del Régimen Penal de la Minoridad (22.278 y actualizada con la 22.803), sancionada en 1980, durante la última dictadura militar. Con el debate por la baja de la edad de imputabilidad nuevamente en la mesa –aunque la disyuntiva nunca se retira del todo ya que los casos de criminales inimputables se repiten ocasionalmente– y la promesa de un proyecto de ley para modificar el Sistema Penal Juvenil, que el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, anunció que está listo para comenzar a tratarse en el Congreso, este parece un momento oportuno para hablar sobre un régimen que, evidentemente, no funciona bien. 

“Hay un montón de delitos para los cuales las personas de menos de 18 años no pueden ser responsables. La concepción es que el menor se está constituyendo a sí mismo, está adquiriendo la ética, la moral, el sentido de las obligaciones. Está creciendo y, por lo tanto, requiere de una protección especial”, explica la exministra de Seguridad de la Nación y antropóloga, Sabina Frederic. “La ley actual es bastante reducida y tiene muchas críticas porque no está a la altura de las circunstancias y las complejidades de la época que atravesamos; se supone que la cuestión no es solo sobre cómo castigar, sino sobre cómo evitar. El problema que plantea la legislación es que los menores de 16 años quedan fuera de este régimen penal”, señala Frederic.

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Cúneo Libarona anunció que ya tiene listo el proyecto para bajar la imputabilidad a los 14 años

“La ley vigente es una tutelar. A los que tienen menos de 16 años no se los somete al sistema penal como a un adulto, sino a medidas tutelares. Si son delitos graves, hay punibilidad a partir de los 16 años; se los juzga, pero las penas deben ser menores”, explica el exfiscal, abogado, docente de Derecho Penal, exdiputado y presidente de Innocence Project Argentina, Manuel Garrido. “La legislación es anticuada porque es un resabio de la idea de incapacidad de los menores. Una especie de paternalismo. El derecho internacional establece ciertas medidas favorables a los niños por considerarlos personas en desarrollo”, indica Garrido. 

El letrado menciona, por ejemplo, la Convención de Derechos del Niño, a la que Argentina suscribe, que en su artículo 37 establece que “no se impondrá la pena capital ni la de prisión perpetua (...) para delitos cometidos por menores de 18 años”, y que se deben tener en cuenta las “necesidades de las personas de su edad”. “Los niños deben tener más derechos que los adultos. No se trata de la inocencia, sino de la protección de sus derechos”, afirma Garrido. 

Distintas miradas: Manuel Garrido y Angela Oyhandi opinan sobre qué hacer con los menores que delinquen.
Distintas miradas: Manuel Garrido y Angela Oyhandi opinan sobre qué hacer con los menores que delinquen.

Una elección arbitraria. Un informe de la Dirección Nacional de Estadística Criminal publicado en 2022, que organiza los datos de los inculpados en causas de homicidios dolosos durante el año 2020, indicó que, de un total de 3.083 homicidios, 324 fueron cometidos por personas de entre 15 y 19 años (hay 901 sin identificar, por lo que el número podría ser mayor). En 2023 se iniciaron 1.767 causas penales contra menores en la Ciudad de Buenos Aires, según indica la Base General de Datos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Corte Suprema. De aquel total, el 54% fueron crímenes cometidos por jóvenes de entre 16 y 17 años. De modo que la otra mitad (el 46% restante) fueron cometidos por menores de 15 años.

“No es punible el menor que no haya cumplido dieciséis (16) años”, se lee en el Régimen Penal de la Minoridad. “Tampoco lo es el que no haya cumplido dieciocho (18) años, respecto de delitos de acción privada o reprimidos con pena privativa de la libertad que no exceda de dos (2) años”, establece. La edad de imputabilidad de Argentina, los 16 años, fecha elegida que parece tener consenso en lo que respecta a las “cuestiones de adulto” en el país, ya que es también cuando los adolescentes pueden comenzar a votar, es de las más altas del mundo. 

“Creo que es una realidad que los menores, hasta cierta edad, no tienen plena conciencia sobre las consecuencias de sus actos o sobre el nivel de gravedad; sin embargo, la edad de imputabilidad en Argentina no tiene ningún tipo de explicación. De hecho, en muchos países es distinta. Los que tienen 15 no son imputables a ningún delito. Van, hacen algo terrible, ¿y cuáles son las consecuencias? A las 24 horas están en su casa”, señala el especialista en Derecho Penal Ramiro Salaber. En la región, Uruguay tiene su edad de imputabilidad a los 13 años, Paraguay a los 14 y México a los 12. Por Europa, España e Italia establecieron 14 años y Francia, los 13. En algunos países del continente europeo la edad mínima para pagar por los crímenes es de 10 años o menos.

Distintas miradas: Ramiro Salaber y Sabina Frederic opinan sobre qué hacer con los menores que delinquen.
Distintas miradas: Ramiro Salaber y Sabina Frederic opinan sobre qué hacer con los menores que delinquen.

“El vínculo entre decisiones penales vinculadas con la edad y supuestas características de naturaleza psicológica del sujeto no resiste el menor análisis. Estas decisiones son de política criminal que, a posteriori, se les busca una legitimidad de naturaleza científica, pasando una pátina de legitimidad a lo que en realidad fue una resolución política del legislador. Los 16 años refieren a una decisión que, originalmente, la dictadura había colocado en 15 años y luego por presión de los jueces de menores se elevó a los 16 años”, recuerda el doctor en Derecho, autor de Historia y futuro de la cuestión penal juvenil (2019) y La cuestión de la responsabilidad penal de los adolescentes (2004), entre otros, exasesor de Unicef y docente de Criminología, Emilio García Méndez

Sin pena ni gloria. El Mapa de Niños, Niñas y Adolescentes con Intervención Penal de la República Argentina, de 2022, brinda datos, provincia por provincia, de las edades de los detenidos. En Córdoba, por ejemplo, de 1.811 menores con causas, un 38% fueron adolescentes de entre 13 y 15 años. En Misiones, de 1.173 causas, un 10% de los detenidos tienen hasta 12 años, un 36% entre 13 y 15 años, y un 48% entre 16 y 17 años. En Salta, de 2.106 menores con causas, un 16% tienen hasta 14 años; un 29% entre 14 y 15 años; y un 54% entre 16 y 17.

Los datos tienen varios puntos de coincidencia. En primer lugar, los menores con causas penales representan un porcentaje muy menor con respecto al total de acusados. En segundo, la mayoría de los adolescentes con causas tienen entre 16 y 17 años. En tercero, hay numerosos niños y niñas menores de 16 años que tienen causas y que, al ser inimputables, no pagarán por sus crímenes. El problema es que, también por ser inimputables, no pasarán por el debido proceso y, por lo tanto, nunca se sabrá si son culpables o inocentes de la acusación.

“Los menores de 16 años son los únicos seres humanos que pueden ser privados de libertad pero que no pueden ser sometidos a un juicio. El hecho de que sean inimputables significa que no tienen derecho a ese debido proceso. Nunca se sabrá si ese menor al que se acusa de un delito es culpable o no. En algunos casos, son privados de la libertad, se los coloca en una institución y no pueden salir bajo su propia voluntad, sin conocer si son inocentes o no. En la práctica, con los menores de 16 años, la discrecionalidad de los jueces es absoluta”, explica el doctor en Derecho García Méndez

En contra. “El ingreso en el circuito penal incrementa las posibilidades de consolidar las trayectorias delictivas de los menores. Por supuesto que conozco que los adolescentes de 14 años (y menos) pueden comprender la ilegalidad de sus acciones, pero mi rechazo a la baja de la edad de imputabilidad se basa en la evidencia de la incapacidad de las instituciones del sistema punitivo para cumplir sus objetivos declarados: brindar educación, responsabilización e integración. Sumar a esta trama punitiva a nuevos contingentes puede tener el efecto opuesto al deseado: profesionalizar y fijar a jóvenes de muy corta edad en el mundo del delito”, plantea Ángela Oyhandi, profesora e investigadora de la Universidad Nacional de La Plata.

Un informe del Centro de Estudios Latinoamericanos sobre Inseguridad y Violencia de la Untref acompaña la posición de Oyhandi. El archivo demuestra que los menores privados de su libertad tienen más posibilidades de reincidir en un futuro, en comparación con los adultos que cumplen su pena luego de los 18. Indica que “entre aquellos que manifestaron haber estado encarcelados previamente, en mayor medida, fueron detenidos en institutos de menores durante su juventud, abandonaron su hogar antes de los 15 años y tenían mejores amigos que cometían delitos”, entre otras características. Sin embargo, el mismo artículo afirma que “los jueces fallan sobre el pasado y nunca sobre el futuro”, de modo que las posibilidades del mañana no tienen lugar en un juicio.

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“Se abre una pregunta que es importante: cómo hacer para evitar que niños o niñas cometan delitos graves. Hay que tratar de hacer los cambios antes y evitar que hechos de gravedad ocurran, con la ayuda de medidas de protección previas. Ahí los dispositivos no son de seguridad o punitivos, sino que son de socialización, de fortalecimiento de los lazos con el sistema educativo”, plantea Frederic. 

“Lo que ocurre con esos menores que cometen delitos graves, como el caso del joven de 15 años que asesinó a Bruno, es que son encerrados. Quedan institucionalizados, no ‘quedan sueltos’. Hay que combatir esa idea de que un adolescente de menos de 16 años, por no ser punible, queda en libertad. Ahora, es cierto que la legislación argentina no deja claro qué se hace, no tanto respecto a la sanción, sino que no establece cómo trabajar para prevenir este tipo de hechos”, agrega quien fue ministra de Seguridad entre 2019 y 2021.

A favor. “Un chico de 15 años, uno de 14 y hasta uno de 12 tienen conciencia. Tal vez, en todo caso, a un chico de 14 no sería lo más aconsejable aplicarle una cadena perpetua y que pase toda su vida en prisión. Pero sí tienen que ser sancionados por delitos graves. Un adolescente de 17 roba un quiosco sin violencia, hurto, y no es punible, porque la pena solo puede ocurrir para delitos graves. Un joven de esa edad ya tiene absoluta conciencia de estas cosas”, opina el especialista Ramiro Salaber.

“Creo que éste es uno de los múltiples factores por los que en Argentina tenemos tanta delincuencia cometida por menores. De hecho, a veces los mayores mandan a los menores a ejecutar ciertos delitos, a salir en una moto a robar, como ha pasado últimamente. Total, ellos no son punibles”, dice Salaber.