Luego de analizar el proyecto de reformas a la Ley 27.506, de Economía del Conocimiento (EdC), promovido desde el Poder Ejecutivo y elevado al Congreso esta semana, entendemos que los cambios propuestos debilitan notoriamente las condiciones que ofrecía la ley votada unánimemente hace seis meses.
Si se analizan los datos regionales, Argentina viene perdiendo la competencia por captar empresas que se instalen en el país y generen empleos. Otros países de nuestra región como Uruguay, Colombia, Costa Rica y Perú crecen a tasas anuales del 7 al 10%. De haber crecido al ritmo de los países de referencia en los últimos seis años hubiéramos creado 130 mil nuevos puestos de trabajo que hoy “no están” en nuestra economía, sino en alguno de los países que compiten directamente con el nuestro. Ninguna estadística registra esa pérdida de valor.
En este contexto sorprende que se propongan condiciones que virtualmente excluyen del régimen de promoción a los servicios profesionales exportables. Estos servicios representan hoy el 60% del total de las exportaciones de conocimiento –el doble que las exportaciones de software– y es el sector de la economía que hoy tiene mejores perspectivas para crear de manera inmediata decenas de miles de nuevos puestos de trabajo, aumentar las exportaciones de servicios de alto valor agregado y generar ingreso de divisas. Esto se debe a que la creación de centros de servicios exportables no requiere inversiones previas ni logística compleja, hay amplia disponibilidad de profesionales en todo el país y tiene amplia demanda internacional.
Las modificaciones que se pretenden introducir tampoco dan certezas sobre la estabilidad de los beneficios del régimen a futuro. En el proyecto enviado al Congreso se elimina la “estabilidad fiscal” que ya estaba establecida en la Ley de Promoción de Software y fue confirmada en la Ley 27.506 con el apoyo de todo el Congreso. Esta es una mala señal para los proyectos de inversión y creación de empleo que no podrán calcular sus costos futuros sobre bases confiables.
Además, hay otros factores que agregan incertidumbre y discrecionalidad. Los beneficios otorgados por el régimen quedarían sujetos al monto del cupo fiscal que se fije anualmente en el Presupuesto Nacional, los beneficios válidos para nuevos empleos estarían supeditados a futuras revisiones de la Autoridad de Aplicación y el ingreso de las empresas postulantes al régimen quedaría condicionado, para todos los casos que no son software, a la opinión de un Comité Consultivo que debe revisar obligatoriamente la totalidad de las postulaciones, aún de aquellas que han cumplido los requerimientos previstos en la Ley.
Otro aspecto controvertido es que uno de los requisitos que se establece para ingresar al régimen de la Ley es directamente incumplible: se solicitaría que la “erogación en capacitación” que realicen los postulantes sea de valores tan elevados que ni aún las empresas líderes podrían alcanzarlo. En algunos casos implicaría un monto equivalente al gasto en salarios de un mes de la nómina de la empresa.
La Ley 27.506 había generado una expectativa muy positiva en la industria y despertado proyectos de inversión, reclutamiento de nuevo personal y apertura de nuevas operaciones. Lamentamos que los cambios que ahora se pretenden introducir en este proyecto de Ley impactarán negativamente en la predisposición de las empresas nacionales e internacionales a radicar operaciones en nuestro país, situación que incrementa el estancamiento y el riesgo de fuga de valor que ya se observa en el mercado, hacia entornos de negocio con condiciones macroeconómicas, normativas y fiscales más previsibles y favorables.
*Director Ejecutivo de Argencon.