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CóRDOBA
POR EMPLEADOS ASIGNADOS A LA LOTERÍA

A 25 años de su disolución, el Banco Social sigue generando controversias y deudas

Comenzó a ejecutarse el fallo del juez federal, Hugo Vaca Narvaja, que ordena que extrabajadores de la institución reubicados en la entidad del juego, reciban sueldos como bancarios y que sus aportes sean pagados a la Asociación Bancaria. Polémica carta documento con advertencia. La respuesta oficial.

Lotería de Córdoba
LOTERÍA DE CÓRDOBA. Donde hoy funciona la entidad fue la sede del extinguido Banco Social de Córdoba. | Cedoc Perfil

Después de una controversia que lleva una década y media, comenzó el proceso para reconocer como bancarios —y recalcular sus haberes— a trabajadores del ex-Banco Social de Córdoba transferidos a la Lotería de la Provincia de Córdoba Sociedad del Estado (LPCSE) cuando el Banco Central ordenó su disolución, en 1998.

Aquel traspaso fue un proceso turbulento, corolario de una crisis financiera y la condena a seis años y medio de prisión del expresidente del Banco Social, Jaime Pompas, por administración fraudulenta, en un derrotero de entrega de créditos a amigos y entidades sin fondos comprobables que terminaron hundiendo a la entidad sin llegar a cumplir su fin: operar como agente financiero del Ministerio de Acción Social. Las esquirlas de aquella debacle perduran 25 años después.

A pesar de que hay un fallo favorable a la Asociación Bancaria que patrocinó a los trabajadores en una acción judicial, la Lotería envió cartas documento a los beneficiados con veladas amenazas. Les advirtió que, si se revierte el fallo, los demandará ante la Justicia provincial —no federal, donde resultó vencida— para que devuelvan los montos abonados y los perjuicios generados a la institución.

Carta documento
CARTA DOCUMENTO. La recibieron en los últimos días trabajadores beneficiados por el fallo, a los cuales se les comenzará a reconocer nuevamente la condición de bancarios.

Para la Asociación Bancaria, la entidad está cumpliendo el fallo, “pero no en su totalidad”. Así lo señaló a PERFIL CÓRDOBA Raúl Ferro, dirigente de la entidad gremial. Para comenzar, la empresa estatal solicitó a ese gremio que informe los códigos de descuento. Es decir, que la Lotería demostró su disposición a cumplir el fallo y encuadrar a los trabajadores como bancarios.

Sobre el número de personal incluido hay diferentes cifras. El gremio dijo que son 85. En Lotería, señalan que quedaron 76. En total, la entidad tiene un plantel de 1.000 dependientes.

Está en discusión, además, desde cuándo se calcularán los montos adeudados y el modo en que se ejecutará el pago. El gremio pretende que sea desde que se desconoció el estatus bancario de los transferidos.

La decisión no es inocua. La batalla legal tuvo sentido porque el salario bancario, según el Convenio Colectivo de Trabajo que lo rige (CCT 18/75), está por encima del que perciben los loteros encuadrados en Unión de Empleados de Lotería, Casinos, Bingos y Juegos de Azar de la Provincia de Córdoba, según otro convenio aprobado en 2015. En promedio, es un 10 por ciento superior, según la estimación que brindaron desde la Bancaria. Impacta en el bolsillo de los trabajadores y también en el presupuesto de la entidad.

Mientras tanto, la expectativa de los beneficiados —muchos están al filo de su jubilación— y los ruidos internos se adueñaron de la entidad.

Raul Ferro
RAÚL FERRO. Fue uno de los dirigentes de la Asociación Bancaria que más se involucró en el reclamo.

Se suma otro efecto: qué pasará con los empleados que ya se jubilaron. Sobre ese universo hay negociaciones con la Caja de Jubilaciones provincial.

Contramarcha de 2008. El conflicto zanjado por vía judicial no estuvo siempre presente. Cuando el Central disolvió el Banco Social (1998), sus empleados fueron trasladados al Banco de Córdoba, que lo absorbió. Los asignaron a la administración pública provincial, algunos fueron a dependencias judiciales y otros a la Lotería. Los destinados al organismo dedicado a los juegos de azar fueron más de 300.

Hasta el 2002 (gobierno de José Manuel de la Sota) no hubo inconvenientes. Se incorporaron con diferentes funciones, pero mantuvieron sus salarios como bancarios. En ese lapso, hubo decretos del Ejecutivo y resoluciones de la Lotería que respetaron el escalafón y la antigüedad con la que habían llegado.

A partir de entonces, surgieron controversias interpretativas sobre qué régimen tenían esos empleados. A tal punto que un grupo interpuso demandas laborales en la Justicia ordinaria para reclamar por el cobro de montos no remunerativos. Finalmente, esas acciones desembocaron en un fallo que reconoció su estatus de bancarios.

Para dar cumplimiento a aquella sentencia, Lotería firmó un acta con la Asociación Bancaria, siempre con el mismo tenor.

En 2008 (gobierno de Juan Schiaretti), ese acuerdo fue homologado y, nadie sabe explicar por qué razón, se desconoció poco después.

En 2017, la Asociación Bancaria junto a los extrabajadores del Banco Social presentó una acción declarativa de certeza para aclarar la “confusión”.

El fallo de fondo se dictó en 2021 y fue firmado por el juez federal 3, Hugo Vaca Narvaja. Un año después, la Cámara Federal de Córdoba lo confirmó con el voto de Abel Sánchez Torres y Liliana Navarro.

Certezas en la confusión. Los fundamentos centrales de los jueces pueden resumirse en lo siguiente:

“La Lotería de la Provincia reconoció en diferentes oportunidades la aplicación del CCT 18/75 respecto de sus trabajadores de planta permanente, exempleados del Banco Social”, puntualizan los vocales.

Y agregaron: “El reconocimiento por parte de la empleadora de la aplicación del CCT 18/75 a cada contrato individual de los empleados de planta permanente, con la sola exclusión del personal de juegos, los hace titulares de un derecho adquirido del que no pueden ser despojados en virtud de la celebración de un nuevo convenio colectivo, en los términos en que pretenden las recurrentes”.

El tribunal de alzada también analizó la irrupción, en 2015, de un nuevo sindicato: la Unión de Empleados de Lotería, que dio lugar a un nuevo convenio colectivo. Sin embargo, los camaristas señalaron que “no puede afectar lo ya acordado anteriormente por la propia Lotería”, con relación al reconocimiento de la condición de bancarios de los extrabajadores del Banco Social.

PALABRA OFICIAL: CAMBIO DE REGIMEN DESDE ENERO

PERFIL CÓRDOBA consultó a las autoridades de la Lotería de Córdoba, quienes respondieron el siguiente cuestionario.

—¿Cuántos son los empleados alcanzados por el fallo?

—La nómina de trabajadores comprendidos en el oficio judicial es de 109, resultando de la misma tres fallecidos, 27 jubilados, dos repetidos, un renunciado y 76 activos.

—¿Se comenzó a aplicar el fallo del juez federal Vaca Narvaja (confirmado por la Cámara Federal de Córdoba) que ordena aplicar el CCT 18/75?

—Sí, a partir de la notificación de lo dispuesto por el juzgado federal, mediante oficio ingresado a Lotería el día 2 de enero del corriente año.

—¿Desde cuándo consideran que deben realizarse las liquidaciones con base en ese convenio?

—La notificación fue ingresada a Lotería en el mes de enero, por lo que se aplicó el cambio de régimen a partir de ese momento.

—¿Hay un monto estimativo de lo que implicará para las arcas de la Lotería?

—El cambio de régimen y consecuente adecuación salarial para los empleados incluidos en el fallo, significa un incremento en la masa salarial de 3,66%

—¿Cuál es la razón y qué mensaje contiene la carta documento que recibieron trabajadores beneficiados por el fallo? Dicen cumplir la orden judicial, pero amenazan con iniciar acciones en la Justicia ordinaria si se revierte la situación.

—La causa judicial se encuentra con diversos recursos, los que no generan efecto suspensivo a la manda judicial, por tal motivo es que se practican las reservas legales pertinentes.

—¿En qué estado está el recurso en queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación?

—Existen dos recursos en queja, uno de ellos se encuentra a estudio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Asamblea empleados
INCERTIDUMBRE. A partir de la disolución del Banco Social, sus más de 1.500 empleados fueron asignados al Córdoba, a la administración pública, a la Justicia y a la recientemente creada Lotería.

CRONOLOGÍA

◆ 1997. Ramón B. Mestre ordena por decreto que el Banco de Córdoba absorba al Banco Social.

◆ 1998. El BCRA revoca al ex-Banco Social su autorización para funcionar como entidad financiera.

◆ Decreto N.º 2267/98 dispuso el traspaso de los trabajadores a la Lotería.

◆ Despacho N.º 24/1998 del 06/05/1998— Lotería de Córdoba reconoce al personal transferido a los fines del escalafón y licencia, su antigüedad en el Banco Social de Córdoba.

◆ 2002 – 2004. Surgen controversias interpretativas sobre qué régimen tenían esos empleados.

◆ 2004. Un grupo inicia una demanda laboral reclamando el cobro de las asignaciones no remunerativas.

◆ 2007. Fallo de la Justicia ordinaria establece la vigencia para esos trabajadores del CCT 18/75.

◆ Se firma un acta entre Lotería y Asociación Bancaria que fue aprobada y ejecutada para encuadrar al personal en el CCT 18/75

◆ 2008. Se homologa el acuerdo. Y luego se desconoce. Desde ese momento comienzan gestiones que desembocarán en la vía judicial.

◆ 2015. Se crea un nuevo gremio que representa a los empleados de la Lotería.

◆ 2017. Trabajadores presentan una acción declarativa de certeza en la Justicia Federal.

◆ 2021. El juez federal, Hugo Vaca Narvaja, resuelve el fondo de la controversia y ordena encuadrar a los exempleados del Banco Social asignados a la Lotería según el convenio bancario.

◆ 2022. La Cámara Federal de Córdoba confirma el fallo, con intervención de los vocales Abel Sánchez Torres y Liliana Navarro