El juez federal Ricardo Bustos Fierro confirmó que el allanamiento practicado en el domicilio del economista Nadin Argañaraz -imputado por presunta defraudación- fue legal. Rechazó, así, el planteo de nulidad que interpuso su defensor, Tristán Gavier.
El operativo se llevó a cabo el 5 de noviembre en el marco de uno de los expedientes abiertos en los que se investiga la emisión y el uso de facturación apócrifa para evadir impuestos, en la denominada causa ‘Lafuente Sivilotti’. Gavier planteó que vulneraron la inviolabilidad del domicilio y la garantía de defensa de Argañaraz, porque la orden de allanamiento del magistrado no indicó que debía secuestrarse dinero. Cuestionó el instrumento al señalar que carecía de los “fundamentos mínimos” para habilitar el registro de la vivienda y objetó la presencia, durante el acto, de personal de Afip.
En su dictamen el fiscal federal, Enrique Senestrari, desechó los argumentos de la defensa y le atribuyó un “tinte dilatorio” con el solo fin de mejorar la situación del imputado. Senestrari se explayó respecto a la sospecha sobre que el dinero secuestrado podría constituir el “producto de la defraudación al Iaraf”, delito que se le atribuye a Argañaraz. Y aportó el detalle de que junto al efectivo se encontraba una anotación manuscrita que señalaba: “Hugo Martin, $70.000 (85.400) 18%, Sánchez José L $102.500 (125.000) 18 % T/C 136,50”.
El fiscal interpretó que estos apuntes constituyen la prueba que abonan la sospecha de que el dinero estaba relacionado con falsos proveedores, entre los que figura José Sánchez.
Frente a los argumentos de la defensa y del fiscal, el juez Bustos Fierro recordó que en la orden de allanamiento que él firmó mencionó que se debía proceder al secuestro de “facturas, remitos, contratos de locación de servicio, locación de obra, anotación de proveedores, poderes, agendas, libretas y cuadernos de anotaciones, declaraciones juradas, celulares, notebooks, CPUs y cualquier otro dispositivo de almacenamiento de información y toda otra documentación que pudiera servir como prueba de las maniobras de administración fraudulenta, evasión de impuestos y los otros delitos que se investigan en la presente causa”.
En cumplimiento de esa medida se secuestraron, entre otros elementos, “la suma de US$ 199.457, que constituye uno de los motivos en que la defensa funda la nulidad”. En la resolución del magistrado figura la precisión del monto incautado. Fueron casi US$ 200 mil y no US$ 380 mil, como trascendió. Para el magistrado, el hallazgo de esta cantidad de dinero justifica su incautación, porque tiene coherencia con el motivo por el cual se dispuso el allanamiento y con el fin que perseguía.
Con respecto a la presencia de agentes de Afip, Bustos Fierro destacó que el organismo se encontraba debidamente facultado y justificado porque se investiga una maniobra que requiere personal especializado para colaborar en la búsqueda y hallazgo de información pertinente y útil.