A partir de la sentencia con condenas a 11 policías por el crimen de Blas Correas y su posterior encubrimiento, se advierte un cambio de época. Hay otro cristal jurídico desde el cual se analizan las conductas de efectivos policiales en procedimientos ilegales que, en muchas ocasiones, cobran vidas humanas.
Un caso de estas características comenzará a juzgarse mañana en la Cámara 11a del Crimen. La semana pasada el fiscal de Cámara, Marcelo Sicardi, solicitó –y el tribunal admitió– la convocatoria a jurados populares que no estaba prevista inicialmente.
Será juzgado nuevamente el cabo Mariano Andrés Martínez, quien en 2019 fue absuelto en sala unipersonal por el juez (ya jubilado) Daniel Ferrer Vieyra. “Un juicio escandaloso”, señala hoy la familia de la víctima Alejandro Damián Pérez. En efecto, la casación elevada por el letrado Nicolás Turturro en contra del fallo absolutorio, en 2021 fue admitida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), que anuló la absolución y ordenó la realización de un nuevo juicio. Ese es el debate pendiente que comenzará mañana.
En el interín ocurrió un desenlace fatal: el joven agredido por la bala policial que lo dejó hemipléjico, falleció. De ahí que se planteará, apenas abierto el debate oral y público, el cambio de calificación legal de lesiones gravísimas a homicidio calificado, para analizar desde esa perspectiva toda la prueba e incorporar elementos nuevos.
Para la familia de Pérez no quedan dudas de que el derrotero que se inició con la bala policial fue la única causa eficiente de su muerte, ocurrida el 8 de marzo del año pasado, porque durante esos últimos ocho años padeció complicaciones a raíz de quedar totalmente inmóvil desde la cintura hacia las extremidades inferiores.
No será un juicio fácil, plantea numerosas incógnitas. No se descarta, incluso, la exhumación del cuerpo de Damián Pérez porque no se hizo autopsia después de su deceso. Pero eso dependerá de lo que se ventile en el debate. Al ser con jurados populares, se han fijado no más de cinco jornadas de audiencias.
12 de julio de 2014, inicio de la historia. Según el relato de la víctima, aquel sábado junto a su hermano Alexis y un amigo se fueron a jugar al fútbol a la siesta. Poco después de las 18, circulaban en el auto del amigo por calles de barrio Bella Vista. En dos oportunidades se cruzaron con un patrullero policial. Los hizo detener la marcha, bajarse y les colocaron las manos sobre el capó. Por el susto, Damián Pérez comenzó a correr en dirección a la Cañada y comenzó una persecución.
El cabo Mariano Andrés Martínez lo siguió. El raid culminó en Emilio Achával y Marcelo T. de Alvear, cuando una bala disparada por el agente alcanzó a Pérez por la espalda, quien cayó inconsciente. A los minutos fue trasladado al Hospital Misericordia.
La bala ingresó y quedó alojada en la región paravertebral del tórax izquierdo. Provocó la fractura de la vértebra torácica. El certificado de discapacidad especificó que presentaba diagnóstico de paraplejia flácida, disfunción neuromuscular de la vejiga, con sonda vesical permanente e imposibilidad de locomoción.
Luego, la víctima declaró que al despertarse escuchó un diálogo entre los policías respecto a que tenían que conseguir un arma para “cargársela”. En efecto apareció una a 25 metros del lugar donde quedó tirado Pérez. Nunca se determinó a quién pertenecía. Los policías no fueron acusados de plantarla, pero tampoco se encontraron rastros ni huellas de Pérez en la pistola.
El fiscal Guillermo González instruyó la investigación y elevó a juicio a Martínez por lesiones gravísimas calificadas por uso de arma de fuego. Esto ocurrió el 26 de abril del 2016.
El juicio se llevó adelante y el 25 de octubre del 2019, el juez Daniel Ferrer Vieyra absolvió al cabo Martínez considerando que había actuado en legítima defensa. Para la familia fue una sentencia escandalosa porque interpretó la prueba a su modo, forzando el análisis para llegar a la conclusión mencionada.
A tal punto esto fue así que por el recurso de casación que presentó el abogado querellante, Nicolás Turturro, la Sala Penal del TSJ anuló el fallo y ordenó un nuevo debate oral y público en una resolución del 22 de abril del 2021. Hasta ese momento, Pérez estaba con vida aunque con numerosos padecimientos físicos derivados de las lesiones irreversibles. El 8 de marzo del año pasado falleció.
CLAVES DEL JUICIO QUE SE AVECINA
El policía Mariano Andrés Martínez, absuelto en un primer proceso, se enfrenta a partir de mañana a cuatro escenarios posibles: la confirmación de su absolución –resulta difícil por las consideraciones determinantes que hizo el TSJ al revocar la primera sentencia–; una condena por lesiones gravísimas –que fue la acusación original–; exceso en legítima defensa, y –la más grave– podría ser condenado por homicidio calificado. La última situación lo coloca ante la posibilidad de una condena a prisión perpetua.
Todo dependerá de las pruebas que se sumen al debate para acreditar que el deceso de Pérez, ocurrido hace poco más de un año, devino de las lesiones recibidas por el disparo policial.
A tal punto asistimos a un cambio de época que este caso podría haber quedado en el primer juicio. O también podría haber ingresado al segundo proceso con la calificación legal original de quien investigó el hecho. Sin embargo, se pidió la incorporación de jurados populares porque se abrirá el panorama para analizar todas las posibilidades y no escatimar sanciones si finalmente se acredita el delito más grave.
JURADOS POPULARES PARA EL CASO JOAQUÍN PAREDES
La semana pasada hubo noticias similares en otro juicio que se realizará en breve. La Cámara del Crimen de Cruz del Eje admitió la incorporación de jurados populares para juzgar a los policías responsables del crimen de Joaquín Paredes (15), ocurrido el 25 de octubre del 2020, dos meses después del homicidio de Blas Correas. Lo hizo al responder los pedidos de la fiscalía y la querella.
Mientras estaba con amigos en la plaza de Paso Viejo, un operativo policial que procuraba dispersar a los jóvenes se realizó con una violencia inusitada. Una bala nueve milímetros impactó por la espalda a Joaquín, causándole la muerte. La investigación se elevó a juicio con la calificación legal de homicidio agravado por la condición funcional de sus autores.
Sin embargo, un tribunal de revisión le bajó el precio a la acusación, atenuando las responsabilidades. Así, el autor del disparo, Maikel López, está acusado de homicidio simple.
Hasta la semana pasada la cámara de juicio se iba a integrar con dos escabinos. Ahora, el panorama es diferente. Serán sorteados y seleccionados ocho jurados titulares y cuatro suplentes. La decisión obedece a que en el debate se analizará el agravante funcional al crimen.