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REFORMA EN SALUD

Córdoba: los directores de hospitales ya pueden suspender y pedir la cesantía de empleados

La normativa que establece esa facultad fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

17-01-2024 Martín Llaryora Programa de Fortalecimiento Hospitalario
MARTÍN LLARYORA. El gobernador durante el lanzamiento del Programa de Fortalecimiento Hospitalario. | FOTO PRENSA GOBIERNO DE CÓRDOBA.

Los directores de hospitales públicos provinciales pueden desde hoy sancionar y pedir la cesantía de médicos y enfermeros que no cumplan con su desempeño, ya sea personal hospitalario contratado o efectivo.

La nueva normativa fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial de la Provincia.

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Cambios
 

El artículo 1° del decreto 51 establece la delegación en los directores de los hospitales de la Provincia de Córdoba de las distintas “funciones y atribuciones que les permitan conforme a derecho, en el ámbito del establecimiento bajo su dirección y en relación a los recursos humanos de su dependencia”.

Y luego precisa en cada uno de sus incisos cuáles son esas facultades delegadas:

“a) Aprobar estructuras orgánicas que impliquen la reestructuración y reconversión de los cargos vigentes, en iguales rangos y jerarquías”.

“b) Crear cargos, conforme a las necesidades de servicio y a las previsiones presupuestarias”.

“ c) Gestionar y disponer la vinculación de profesionales, personal técnico y auxiliares bajo la modalidad de contratación de servicios, por razones de urgencia y estrictas razones de servicio por un periodo máximo de hasta tres (3) meses, no renovables. De requerirse la extensión de los servicios, se procederá conforme al trámite establecido en el artículo 3°, inciso g), del Decreto N° 2449/2023. La gestión y disposición premencionada, solo podrá realizarse en carácter de reemplazo por bajas y en la misma categoría, pudiendo prescindir de la intervención prevista en el artículo 3°, inciso g), del Decreto N° 2449/2023.”

“d) Designar personal en carácter interino y suplente en los términos de la Ley N° 7625”.

“e) Disponer designaciones de personal en carácter interino y suplente, así como limitar las mismas, en el marco de la Ley N° 7233”.

f) La aplicación de suspensiones conforme lo previsto en el inciso c) del artículo 121 y 122 de la Ley N° 7625 al personal de su dependencia”

g) La aplicación de suspensiones conforme lo previsto en el inciso b) del artículo 71 y 72 de la Ley N° 7233 al personal de su dependencia.”

h) La aplicación de la sanción de cesantía conforme a lo previsto en el inciso d) del artículo 121 y 122 de la Ley N° 7625”.

i) La aplicación de la sanción de cesantía conforme a lo previsto en el inciso c) del artículo 71 y 72 de la Ley N° 7233. En los supuestos previstos en los incisos b) al e) incluido, debe darse intervención previa a la Dirección General de Gestión del Capital Humano del Ministerio de Salud; y en los supuestos previstos en los incisos f) al i) se dará intervención previa a la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Salud”.

El artículo 2 del decreto dispone que “ a los fines del ejercicio de las delegaciones establecidas en el artículo 1°”, los directores “son los responsables de tomar las medidas que correspondan para velar por la regularidad y continuidad de la prestación de los servicios de salud en la repartición a su cargo”, ejerciendo las atribuciones que les otorgan las normativas “en materia disciplinaria, ya sea a través de apercibimientos, suspensiones, de la realización de las investigaciones administrativas, y en su caso del impulso del sumario correspondiente”.

El decreto fue refrendado por el ministro de Salud provincial, Ricardo Pieckenstainer, y el fiscal de Estado, Jorge Córdoba.

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Reforma en Salud

La reforma en el área de Salud fue anunciada días atrás por el gobernador Martín Llaryora en el acto de lanzamiento del “Programa de Fortalecimiento Hospitalario”.

“Este programa cambia radicalmente el paradigma de la administración hospitalaria de cómo lo veníamos haciendo y tal vez en el país. ¿Por qué cambia? Porque como equipo van a tener las herramientas necesarias para poder conducir un equipo”, explicó en esa oportunidad el mandatario provincial.

“Yo no te puedo pedir rendimiento, si vos no tenés facultad de resolución. Eso claramente les va a dar un poder, pero también les va a dar una responsabilidad mayor. A partir de esta resolución vos tenés la potestad en materia de recursos humanos”, agregó Llaryora.

El gobernador aseguró también que los directores podrán “tomar decisiones drásticas con aquellos que no están a la altura de los tiempos para atender a nuestra comunidad”.