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CóRDOBA
TRAS SIETE AÑOS DE BLOQUEO

El aborto no punible en Córdoba, cerca de la resolución

Según informa el TSJ, el cerco a la guía que reglamenta la interrupción legal del embarazo en el territorio provincial entraría en su etapa final.

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PALABRA FINAL. En diciembre, el TSJ falló a favor del aborto no punible en Córdoba. | Cedoc Perfil

El pasado 18 de diciembre de 2018, El Tribunal Superior de Justicia convalidó la guía provincial para la realización de abortos no punibles en Córdoba.

A través de un extenso escrito, la máxima autoridad judicial ponía de manifiesto en la sentencia la legalidad de la guía que se ajustaba a la ley de 1921, que permite el aborto por dos causales, advirtiendo también sobre las acciones dilatorias de Portal de Belén, accionantes desde 2012 en contra del protocolo.

En lo inmediato, la misma organización presentó un recurso que puso en funcionamiento, otra vez, el mecanismo dilatorio al pedir que la Corte Suprema trate el asunto.

Al respecto, según comunicó a PERFIL CORDOBA el TSJ, el pasado jueves 23 de mayo se corrió traslado, por 10 días, a todas las partes. Por lo que faltarían dos pasos: que el expediente llegue a la Fiscalía General (con el mismo plazo) y luego regrese al TSJ para que resuelva.

A juzgar por la sentencia de diciembre, tanto la Provincia como la Asociación Católicas por el Derecho a Decidir, esperan que esa resolución sea coherente y la sentencia quede firme. Es decir, que se levante la cautelar y la guía que aplica la ley pueda aplicarse sin peros en todo el territorio provincial.

Contexto. El 30 de marzo de 2012, el Gobierno de la Provincia publicó una guía en la que se determinaban las actuaciones de los profesionales de la salud ante un caso de aborto no punible.

Según lo previsto por el Código Penal de 1921 y por una fallo de la Corte Suprema de 2012, el aborto es no punible cuando el embarazo sea producto de una violación o ponga en riesgo la vida de la mujer.

Así, la vigencia de la guía fue de dos semanas porque Portal de Belén presentó un recurso de amparo para la suspensión y un fallo de Cámara de 2014 la valoró inconstitucional. Luego llegó al TSJ que, cuatro años después, rechazó el amparo.

Para Eugenia Monte, abogada de Católicas por el Derecho a Decidir, esa resolución en contra “confirmó la Constitucionalidad del protocolo de atención de abortos no punibles y por cuestiones procesales todavía no puede ser ejecutada, pero sí puede ser aplicada”.

“Portal de Belén interpuso un recurso para que se trate el tema en la Corte Suprema de Justicia de la Nación -sigue Monte-. La Provincia respondió y nosotras también, pidiendo que se rechace. Entendemos que la Corte Suprema no le va a dar lugar porque ya resolvió estas cuestiones relacionadas con el aborto en el fallo FAL. Por lo tanto es un absurdo jurídico volver a la Corte y pedirle que entren en una contradicción”, analiza.

Esta semana. El próximo martes 28 se presentará por octava vez el proyecto de aborto legal. A poco tiempo de cumplirse un aniversario de la media sanción de Diputados (luego no tuvo la misma suerte en el Senado), la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto hará un nuevo intento. Habrá una conferencia de prensa y actividades en todo el país.

Octava presentación del proyecto

El martes a las 17.30 tendrá lugar una conferencia de prensa con referentes políticos y de organizaciones sociales en la cual presentarán el proyecto de ley de interrupción voluntaria del embarazo (IVE). El nuevo texto retoma varios aspectos de la iniciativa aprobada en la Cámara baja y de los aportes dados en las audiencias públicas: establece que toda mujer u “otras identidades con capacidad de gestar”, tienen derecho a decidir voluntariamente y acceder a la interrupción de su embarazo hasta las 14 semanas, inclusive, del proceso gestacional. Si se excede ese plazo, ya no se incluye la inviabilidad de vida extrauterina del feto. Pasado el plazo, las causales son violación o riesgo para la vida de la mujer o persona gestante. Otro artículo señala que si la IVE se lleva a cabo en un establecimiento de salud, sus autoridades deben garantizar la realización de la práctica sin requerir autorización judicial previa. No contempla la objeción de conciencia para los profesionales de la salud, entre otros elementos que pueden leerse en la página web de la campaña: abortolegal.com.ar.

Aborto en el nuevo Código Penal

La pasada semana estuvo en Córdoba la comisión redactora del nuevo código. El juez Mariano Borinsky, de la comisión, en declaraciones a Cadena 3 dijo que proyectan la despenalización del aborto por violación o en caso de que ponga en peligro la salud física y mental de la madre, al incorporar el fallo FAL de la Corte Suprema.

28 de Mayo: Día internacional de acción por la salud de las mujeres

La historia de esta conmemoración se remonta a 1987, a partir de una reunión en Costa Rica de la Red Mundial de Mujeres por los Derechos Sexuales Reproductivos (RMMDR). Así, se instauró un día de acción en torno a la salud de las mujeres, con el propósito de reafirmar el derecho a la salud como un derecho humano de las mujeres al que deben acceder sin restricciones o exclusiones de ningún tipo.