Más de 60 especialistas y dirigentes empresariales de la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina (Fehgra) se reunieron la semana pasada en Córdoba, en el marco del Foro de Actualización Tributaria de la entidad. Allí, analizaron la realidad del sector y puntualmente del horizonte de presión fiscal que afecta a empresas hoteleras y gastronómicas. Tras el encuentro, la entidad elaboró una declaración donde se expresaron los aspectos clave vinculados, justamente, al plano tributario: carga fiscal, costo administrativo y competencia desleal. Tras mucho tiempo en el que la informalidad convivió en gran parte de los emprendimientos en los últimos años, se incrementaron la presión fiscal y, a la par, los controles. Se pasó así, en un movimiento pendular, de ser una actividad poco controlada y fiscalizada a una donde la presión fiscal, según los empresarios, le está costando la supervivencia a muchas firmas. “Se está desconfigurando el negocio”, dicen los empresarios. En un análisis provisorio, la presión fiscal a la que aluden desde los hoteles y restaurantes llegó a un nivel récord, del orden del 63% si se tiene en cuenta la imposición de tributos, tasas y costos de entidades privadas como las que gravan la propiedad intelectual.
Tridente. La declaración de Feghra concebida en Córdoba alude a:
-Carga fiscal histórica récord: “Provocada por el exceso de todos los niveles de Gobierno (Nación, Provincias y Municipios) y de otros entes relacionados indirectamente (por ejemplo, asociaciones de derechos autorales) sumado a los costos impositivos incluidos en los servicios públicos. Se requiere una reforma tributaria particular que coloque al sector en condiciones de competitividad”.
-Excesivo costo administrativo: “Por los importantes grados de dificultad de cumplimiento de las presentaciones y pagos regulares, sumado a la existencia de regímenes de información, que en general no contribuyen a la mejora de la recaudación. En algunos casos carecen de sentido y solo implican un ilegítimo traslado de costos de la administración tributaria a los contribuyentes”. Del mismo modo, se señala la inelasticidad en los sistemas de los distintos fiscos por los que provocan embargos, bajas de la condición de Pyme y generación de saldos a favor de imposible recupero, etc.
-Competencia desleal: “Provocada por los alquileres temporarios o restaurantes a puertas cerradas o food trucks, ya sea porque los fiscos respectivos no cumplen con su rol fiscalizador como por la falta de las normas legales específicas”.
“En el caso de Córdoba la situación es muy mala. En hoteles y restaurantes la caída de la actividad es muy marcada, entre las más grandes del país. A eso hay que sumarle que tenemos una presión por Ingresos Brutos muy alta, del 4,5% y que en distintas localidades las tasas de Comercio e Industria cobran los módulos más altos. Llegamos a un punto en el que si cumplimos todo lo que hay que pagar, las empresas dejan de ser rentables”, remarcó Alejandro Moroni, secretario de la Asociación Empresaria Hotelera Gastronómica filial Córdoba.
La ‘cumbre’ tributaria que tuvo lugar en Córdoba dejó otras conclusiones que los referentes empresariales del sector buscan difundir:
• Reclamos por el costo administrativo del cumplimiento fiscal. En un momento donde la carga tributaria es la mayor de la historia, Fehgra solicita a todas las administraciones fiscales, Afip, Direcciones de Rentas provinciales y sus pares municipales, la simplificación de todas las normas relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones impositivas. Especialmente se solicita la eliminación de todos los regímenes de información que no implican ninguna mejora en la recaudación y, por el contrario, solo significan una carga de tareas en perjuicio de los establecimientos con su respectivo mayor costo.
• Aplicación de Ley de Turismo en la rebaja de las cargas jubilatorias. La Ley Nacional de Turismo 25997 en su artículo 33 dice textualmente: “Instrumentos. El Estado proveerá al fomento, desarrollo, investigación, promoción, difusión, preservación y control en la parte de su competencia, de la actividad turística en todo el territorio de la República Argentina, otorgando beneficios impositivos, tributarios y crediticios similares a los de la actividad industrial”. Esta ley no tiene aplicación efectiva en ninguna de las jurisdicciones en las que indudablemente corresponde.
• Ilegitimidad de las Tasas Municipales. “No se da cumplimiento al Pacto Fiscal en cuanto estableció que los municipios debían derogar las tasas que no cumplimentaban tales requisitos, ejemplo de ello es la ‘Ecotasa’ dispuesta por Bariloche”.
• Devolución del IVA a turistas extranjeros. Provoca, en un importante número de establecimientos, saldos a favor del IVA cuya devolución no es reconocida por Afip, significando por ende un mayor costo. “Se requiere que la Afip dicte las normas reglamentarias pertinentes a los efectos de implementar la devolución de los saldos a favor”.