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CóRDOBA
CLOACAS CONTAMINANTES

Falta de mérito a dirigentes de Arcoop acusados de contaminar

Es la sociedad de cooperativas de Punilla que en 2001 debió asumir el tratamiento de líquidos cloacales a partir del retiro del grupo Roggio y Aguas de Bilbao. El juez Prémoli pidió profundizar la investigación.

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ABANDONO. En 2001, se retiró Roggio y Aguas de Bilbao y se hicieron cargo las cooperativas. | Cedoc Perfil

El miércoles pasado el juez de Control de Cosquín, Gabriel Prémoli, resolvió la falta de mérito de Fernanda Monserrat Eguiguren y Jorge Omar Pafundo, ambos empleados de la empresa Cuenca Serrana SA, acusados por contaminación ambiental. La firma a la que pertenecen engloba a cooperativas de Punilla -Arcoop SA- y tiene a su cargo la concesión para el tratamiento de líquidos cloacales de la región.

A mediados del año pasado, el intendente de Huerta Grande, Matías Montoto, denunció que al arroyo de esa localidad se volcaban desechos del sistema cloacal sin procesar. La sospecha se extendió también a otras ciudades como Villa Giardino, La Falda y Valle Hermoso. La causa fue instruida por el fiscal Martín Bertone. Se pudo comprobar que los cursos de agua fueron contaminados por líquidos cloacales. El funcionario concluyó que Eguiguren y Pafundo eran responsables de los delitos de contaminación ambiental y de desobediencia a la autoridad, esto último en virtud de actas labradas por la Secretaría de Ambiente de la provincia y el Ente Regulador de Servicios Públicos (Ersep).

Hizo recaer la responsabilidad sobre los dos a pesar de que no son accionistas o directivos de la empresa concesionaria. Pafundo es coordinador operativo y Eguiguren es coordinadora general del área comercial y financiera de Cuenca Serrana. Esta situación fue parte de las cuestiones objetadas por los defensores y acogidas por el juez de Control.

En la firma confluyen cooperativas de la zona que debieron hacerse cargo imprevistamente del servicio en 2001, cuando el grupo Roggio y Aguas de Bilbao abandonaron la prestación. En numerosas oportunidades, dirigentes cooperativos denunciaron que la provincia retaceó la amortización del equipamiento que se fue poniendo obsoleto con el correr de los años. De hecho, en el curso de la investigación penal se determinó que en varias ocasiones las bombas que debían extraer los líquidos estuvieron fuera de uso o en reparación.

Al analizar los argumentos de los defensores Claudio Orosz y Julio César Martínez, el juez Prémoli dictó la falta de mérito de Eguiguren y Pafundo al señalar que no hay elementos suficientes para atribuirles responsabilidad en el delito de contaminación ambiental y daño a un bien de uso público, por los que estaban acusados. Y como tampoco fue posible desvincularlos totalmente, devolvió el expediente a la fiscalía para que profundice la investigación con el fin de identificar quiénes son los verdaderos responsables de la situación contaminante.

Además, el juez dictó el sobreseimiento en otro delito que se les atribuía: desobediencia a la autoridad por actas labradas desde la Secretaría de Ambiente y el Ersep a raíz de las irregularidades detectadas, tanto desde la Secretaría de Ambiente como desde el Ersep no habían sido dirigidas a los empleados. No solo deberá analizarse la posible responsabilidad de otros directivos de Arcoop sino también de funcionarios públicos.