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Jueces de Casación autorizaron a Franco Saillén a viajar por turismo a Nueva York, Los Ángeles y Tulum

La decisión fue por mayoría de la Sala I del máximo tribunal penal argentino. Previamente, el Tribunal Oral 1 de Córdoba le había negado el permiso. Desde 2019 tiene prohibido salir de Argentina. Sin embargo, esta es la séptima autorización que consigue.

Franco Saillén
FRANCO SAILLÉN. El próximo lunes podrá volar hacia Estados Unidos y México. | Cedoc Perfil. Instagram

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal autorizó a Franco Saillen a realizar un viaje turístico a Estados Unidos y México. Podrá salir de Argentina el 22 de diciembre y deberá regresar el 25 de enero de 2026. Es decir que el recorrido vacacional abarcará poco más de un mes.

La decisión fue por mayoría, con los votos de los jueces Diego Barroetaveña y Javier Carbajo; mientras Gustavo Hornos disintió con sus colegas.

Saillén, patrocinado por el abogado Eduardo Gómez Caminos, había pedido un permiso especial al Tribunal Oral Federal 1 de Córdoba (TOF1), donde debe ser juzgado por el delito de lavado de activos agravado; pero los jueces cordobeses rechazaron la solicitud. Concretamente informó que programó visitar las ciudades de Nueva York, Las Vegas (Estados Unidos) y Tulum (México) con fines turísticos.

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Fundamentos del permiso

El juez Barroetaveña, que lideró la mayoría, sostuvo que la denegatoria previa carecía de fundamentación suficiente, ya que se basó en afirmaciones genéricas y no logró probar un riesgo de fuga "cierto, actual y verificable".

También afirmó que, si bien existe una prohibición de salir del país vigente desde 2019, anteriormente pidió y obtuvo autorizaciones para viajar en seis ocasiones: a Brasil, México, Chile y Estados Unidos, y subrayó que en ningún caso incumplió las condiciones que se le impusieron.

El juez desestimó el argumento de la inminencia del juicio oral y público porque no se asignó una fecha cierta para iniciar el debate.

En contraposición, el juez Hornos que votó en disidencia, consideró que la denegatoria original era razonable y prudente, dada la etapa avanzada del proceso, la existencia de un peligro "cierto y elevado" de elusión de la justicia y la gravedad y complejidad de la causa que lo involucra. De todas maneras, sus argumentos quedaron en minoría.