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CóRDOBA
RECURSO EXTRAORDINARIO

La Corte resolverá sobre el amparo del Portal de Belén contra la ley IVE

El fiscal general Alberto Lozada cuestionó la reciente resolución de la Cámara Federal, que reconoció legitimidad a la asociación como amparista.

Ley IVE
ANTIABORTO. Los movimientos en contra de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo articularon más de 30 presentaciones en tribunales de todo el país. La mayoría de ellas fue rechazada in límine. | Cedoc Perfil

La legitimidad o no de la asociación Portal de Belén (PDB) para cuestionar a través de una acción de amparo la ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), será resuelta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Esto sucede porque el fiscal general Alberto Lozada presentó un recurso extraordinario en contra de la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba que, en fallo dividido, ordenó dar trámite a la acción.

El escrito también lleva la firma de Mariela Labozzetta, de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (Ufem), de la Procuración General de la Nación.

En caso de que la Cámara lo rechace, Lozada adelantó a PERFIL CÓRDOBA que irá en queja al máximo tribunal del país. Por una u otra vía, la decisión de si debe o no analizarse la acción de amparo contra la legalización del aborto correrá por cuenta de la Corte Suprema.

El 30 de junio pasado, el juez federal Ricardo Bustos Fierro rechazó in limine la presentación efectuada por el Portal de Belén.

El 12 de octubre, la Cámara –con votos de Eduardo Avalos, Ignacio Vélez Funes y la disidencia de Graciela Montesi– revocó aquella resolución y ordenó al Juzgado dar trámite al amparo. Este hecho fue considerado una victoria por la asociación al abrirse la vía judicial, clausurada en más de 30 causas que se presentaron en tribunales de todo el país.

El martes pasado, Lozada y Labozzetta presentaron ante la Corte el recurso extraordinario para pedir que deje sin efecto el fallo de la Cámara. En 36 páginas abundaron en citas doctrinarias y jurisprudencia en relación a la procedencia de la acción presentada.

El primer punto que cuestionaron los fiscales es que la Cámara haya otorgado legitimación activa al PDB sin haberse expuesto un caso concreto. “El control de constitucionalidad y convencionalidad solo puede ser realizado por los tribunales en el marco de casos particulares y concretos (…) excluye el control genérico o abstracto”, señalaron.

Recordaron que la asociación cuestiona una ley que consagra el derecho a interrumpir el embarazo, que fue sancionada por el Congreso en cumplimiento de compromisos internacionales en materia de salud pública y derechos humanos de las mujeres o de otra identidad de género con capacidad de gestar, para reducir la mortalidad prevenible.

Debido a que la norma regula supuestos específicos que habilitan la interrupción voluntaria del embarazo, “hasta la semana 14 de gestación, no hay ‘caso’ posible susceptible de instar la actuación de la justicia invocando la representación del embrión o feto, ni ‘legitimación’ en ninguna persona –física ni jurídica–, autoridad ni asociación que pueda invadir la esfera de privacidad que el legislador ha definido y se encuentra amparada constitucionalmente en el art. 19 de la CN, en el marco de sus facultades privativas que, como tales, no puede invadir ni el Poder Ejecutivo ni el Poder Judicial”, afirmaron.

Numerosos argumentos que aportaron los fiscales hacen referencia al voto disidente de la jueza Montesi. “No se especifica en la acción deducida, en qué proceso relativo a una víctima específica se conculca dicho derecho y es ahí donde se hace evidente la ausencia de ‘caso judicial’”, fundamentaron.

Lozada y Labozzetta criticaron que los jueces le reconocieran legitimidad con el simple hecho de “constatar la inscripción de la Asociación Portal de Belén, efectuada hace más de 20 años, y lo reglado en su estatuto sin dar cuenta de ningún otro motivo por el cual esta asociación estaría legitimada para representar a los amplios colectivos reseñados”. Finalmente, los representantes del MPF advirtieron que la asociación que presentó el amparo, antes que buscar proteger derechos coarta los de las mujeres.