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CóRDOBA
CAUSA DE FACTURACIÓN APÓCRIFA

Para el fiscal, la investigación a Canto y Salibi es de competencia federal

Senestrari apeló la decisión del juez Bustos Fierro de enviar los antecedentes de los intendentes de la Comunidad Colón a la justicia provincial.

Enrique Senestrari
SENESTRARI. El fiscal advirtió que con el fallo deja de investigarse la evasión y el lavado de activos. | Fino Pizarro

El fiscal federal Enrique Senestrari apeló, en parte, la resolución del juez Ricardo Bustos Fierro en una de las causas por presunta facturación apócrifa. Uno de los aspectos en que discrepó fue en relación a quién debe investigar a los intendentes Cayetano del Valle Canto (Saldán) y Daniel Salibi (Mendiolaza), ambos funcionarios de la Comunidad Regional Colón.

Bustos Fierro declaró la incompetencia de la Justicia Federal para continuar la pesquisa en contra de los jefes comunales y ordenó remitir los antecedentes a los tribunales provinciales.

Canto y Salibi están imputados por presunta defraudación por administración fraudulenta. En la contabilidad de la Municipalidad de Saldán y de la Comunidad Regional -que encabezan ambos- fueron encontradas facturas apócrifas surgidas de la supuesta usina que dirigía Diego Alberto Vieyra Ferreyra. Con esos papeles habrían justificado erogaciones inexistentes que fueron la pantalla para usufructuar del dinero defraudando a las arcas públicas del municipio y la comunidad.

Para el juez, el delito es competencia material de la Justicia ordinaria. Lo mismo sostiene el defensor de Canto, Manuel Calderón, quien señaló que cualquier investigación con esa calificación legal debe ser realizada por un fiscal provincial.

Sin embargo, Senestrari objetó esa situación al advertir que a Canto y Salibi les cabe la responsabilidad por la supuesta defraudación que, de comprobarse, fue cometida con la facturación apócrifa que les proveyó Vieyra Ferreyra. En este sentido, sostiene que la investigación debe continuar en los tribunales federales.

Además, apeló otros puntos del mismo fallo. En algunos casos, el juez consideró extinta la acción penal para varios imputados por evasión luego de que acordaron con Afip un plan de pagos y cancelaron sus deudas. Eso también fue cuestionado por el fiscal. Advirtió que las normas establecen más requisitos además de la cancelación de las deudas, como por ejemplo si tienen bienes en el exterior deben repatriar un porcentaje; o deben afrontar los gastos causídicos derivados del trabajo que demandó la investigación.

Otro aspecto sobre el cual discrepó Senestrari es que no se resolvió sobre la situación de personas investigadas en una causa de similares características que se inició en San Francisco. Bustos Fierro sostuvo que una misma persona no puede ser investigada dos veces por los mismos hechos. Para el fiscal, si bien les cabe la misma calificación legal, fueron diferentes usinas y por lo tanto diferentes hechos.

Por último, cuestionó las excarcelaciones dispuestas en relación a los cabecillas de la presunta asociación ilícita, Diego Ferrer Vieyra y Mauricio Andrés Pizzi. Inicialmente, el voluminoso expediente implicó la imputación de 47 personas. En su resolución, el juez ordenó procesamientos de nueve de ellos solo por la asociación ilícita fiscal. Para el resto hubo sobreseimientos, falta de mérito o suspensión de la acción penal. También apelaron el fallo del juez la Unidad de Información Financiera (UIF) y la Afip.