El vocal de la Cámara Civil, Comercial, de Trabajo y Familia de Villa Dolores, Pablo Alfonso Cabral, enfrenta gravísimas imputaciones en un expediente que lleva más de un año de investigación aunque se mantenía hermético.
A fines de 2024, el juez de Control de esa ciudad, Sergio Ponce, abrió una investigación jurisdiccional y lo imputó —por el artículo 306 del Código Procesal Penal de Córdoba— por presuntas lesiones leves calificadas por el vínculo y por mediar violencia de género, amenazas reiteradas y abuso sexual con acceso carnal. La víctima es una mujer con quien mantenía un vínculo afectivo desde noviembre de 2022. La situación del juez no sólo no se revirtió al día de hoy, sino que se amplió la imputación por los delitos de desobediencia a la autoridad e instigación al prevaricato.
Duro cuestionamiento de Quinteros tras la liberación del acusado por el crimen del policía Azabal
Por los conflictos en la pareja también interviene un Juzgado de Violencia Familiar, que ordenó medidas de restricción de acercamiento entre ambos. Sin embargo, Cabral habría contactado a la mujer y, a través de un abogado —que fue imputado por prevaricato—, la habría manipulado para firmar un acuerdo económico. Este convenio consistiría en la promesa de un pago a la mujer a cambio de que ella modificara su declaración ante la Justicia y en la pericia psicológica, negando que había sufrido abuso sexual. La retribución se haría efectiva cuando él obtuviera el sobreseimiento total.
Un acuerdo de esas características significa ni más ni menos que ocultar la verdad de los hechos a la Justicia y entorpecer la investigación. No es un resarcimiento por daños ocasionados, ya que el pago quedaba pendiente hasta que él fuera desvinculado de cualquier investigación. Vale subrayar lo obvio: quien pergeñó semejante maniobra es un juez provincial.
Este hecho fue relatado por la mujer a mediados del año pasado. A raíz de eso la Fiscalía pidió la detención del camarista Cabral. Al ser magistrado, tiene fueros y esos privilegios impiden que sea apresado y juzgado, instancias de la investigación penal que requieren la destitución de un magistrado por el Jury para ser efectivizadas. No hay presentación alguna hasta ahora ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
En la Oficina de Sumarios que depende del Tribunal Superior, hay un expediente en estado preliminar. La apertura formal de una investigación administrativa depende del avance de la causa penal. Por su parte, la defensa sostuvo ante este medio que aspira a que se pueda esclarecer el hecho porque hubo denuncias cruzadas.

Violencia física, psicológica y sexual
La relación entre Cabral y la presunta víctima comenzó en noviembre de 2022. Fue un vínculo afectivo sin convivencia. En esta nota no hay referencias a la damnificada por el tipo de delitos investigados pero a través de su abogado dio consentimiento para difundir el caso.
Perfil CÓRDOBA accedió a documentos que integran el expediente. La secuencia de violencias habría comenzado en febrero de 2023. Discusiones, forcejeos, un puñetazo, zamarreos y caídas —incluso de ambos— se habrían producido en por lo menos nueve ocasiones, algunas con horas de diferencia.
En agosto de 2023 ella quedó embarazada. Al comienzo la noticia fue bien recibida, pero rápidamente la situación generó nuevas peleas. Él planteó la duda sobre la paternidad del niño en gestación y habría proferido amenazas, donde hacía pesar la importancia de su cargo en desmedro del bajo estatus que le adjudicaba a la mujer haciendo gala de su capacidad de “hacer lo que él quisiera” por ser juez. Finalmente, el embarazo se detuvo en la séptima semana y se realizó un legrado terapéutico en un hospital de la ciudad de Córdoba.
Las presuntas amenazas también habrían sucedido a través de mensajes de WhatsApp. Uno de ellos decía: “Una corona a tu nombre”. En otras conversaciones habría sugerido la publicación de videos íntimos.

Cronología de la investigación penal
El caso llegó a la Justicia porque el juez Cabral denunció a la mujer por delitos de carácter patrimonial. En una de las tantas discusiones, ella se había llevado de la casa del magistrado un dispositivo informático. Se allanó la vivienda de ella y fue entonces cuando se decidió a narrar sus padecimientos.
El 26 de septiembre de 2024 la fiscal de Instrucción de Villa Dolores, María Eugenia Ferreyra, puso en marcha la pesquisa. Semanas después, el 12 de octubre, se allanaron el domicilio particular y el despacho del camarista Cabral y se abrieron los dispositivos secuestrados.
El 15 de noviembre de 2024, el juez de Control Sergio Ariel Ponce imputó a Cabral por amenazas, lesiones y abuso sexual, en contexto de violencia de género. Lo hizo a tenor del artículo 306 del Código Procesal Penal, es decir como “sospechoso”.
Entre fines de 2024 y comienzos de 2025 Cabral, a través del abogado Walter Antonio Gallo —tío político de la mujer— suscribió con ella un acuerdo de “reparación integral sujeta a sobreseimiento”. La situación fue puesta en conocimiento de la Justicia por el abogado de la damnificada, Germán Romero Marcón.
La pericia psicológica a la víctima debió reprogramarse en cuatro oportunidades. Horas antes de que finalmente se realizara, Cabral se reunió con la mujer durante tres horas para indicarle cómo comportarse, qué decir y qué ocultar. En síntesis: ella habría asumido que todo lo que pasó fue por su culpa.
El 4 de julio de 2025 la fiscal tomó tres decisiones: pedir que se amplíe la imputación contra el camarista por presunta desobediencia a la autoridad al haber incumplido el impedimento de contacto con la víctima; solicitar su detención por el acuerdo económico cuyo objetivo era entorpecer la investigación, y pedir la nulidad de la pericia psicológica.
El mismo día, el juez de Control imputó a Cabral por desobediencia a la autoridad y por prevaricato en calidad de instigador, siempre a tenor del artículo 306 mencionado, argumentando que se debían adoptar pruebas. Y recordó el obstáculo legal para detenerlo por los fueros que lo revisten como magistrado provincial.
La fiscal Ferreyra se inhibió de seguir participando por la presencia del abogado Germán Romero Marcón en la asistencia legal de la víctima. Desde diciembre interviene el fiscal José Agustín Tolosa.
Qué dice la defensa
Este medio trasladó la consulta a los abogados defensores de Cabral. Luciano Mayer respondió que los hechos investigados se inscriben en el marco de una “relación personal que existió entre ambas partes y cuya finalización derivó posteriormente en un conflicto entre ellas”. Indicó que el juez Cabral presentó inicialmente una denuncia vinculada a un hecho de carácter patrimonial contra la mujer. Después ella formuló la denuncia, cuyos hechos hoy se investigan.
Confirmó que el magistrado imputado “prestó declaración y brindó las explicaciones correspondientes ante la justicia, negando categóricamente la imputación formulada, y aportando el contexto completo en el que se produjeron estos acontecimientos”. “Confiamos en que el avance del proceso permitirá esclarecer adecuadamente lo sucedido”, finalizó.