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CóRDOBA
A SIETE AÑOS DE LA DENUNCIA

Retrasan el juicio contra un funcionario de la provincia

Raúl Costa está acusado de incumplir sus funciones frente a la Secretaría de Ambiente. Hoy es síndico de la Agencia Córdoba Innovar y Emprender.

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RAÚL OMAR COSTA. Oriundo de Villa María fue legislador provincial y ocupó diferentes cargos públicos en las gestiones de José Manuel de la Sota y Juan Schiaretti. | Cedoc Perfil

La Cámara de Acusación resolvió devolver al fiscal Anticorrupción, Matías Bornancini, el expediente por presunto abuso de autoridad de Raúl Costa y otros dos exfuncionarios de la Secretaría de Ambiente de la Provincia. La sentencia, del último día hábil de 2020, tiene como efecto postergar el inicio del eventual juicio contra Costa, quien dejó Ambiente, luego pasó a la Lotería de Córdoba y actualmente se desempeña como síndico de la Agencia Córdoba Innovar y Emprender.

El expediente se abrió por la denuncia, en 2013, de tres vecinos de la zona de Candonga donde la empresa Ticupil SA proyecta un barrio cerrado de categoría, con 300 viviendas y diferentes servicios y amenities sobre 160 hectáreas. Una de las denunciantes, admitida como querellante, ya falleció. Quedan tres. Pasaron siete años en los que el fiscal Anticorrupción, Matías Bornancini, investigó, imputó y elevó a juicio la causa; el juez de Control, Esteban Díaz Reyna confirmó esa decisión y ahora, al tratar las apelaciones de las defensas, la Cámara de Acusación resolvió que vuelva a ser analizada en la instrucción.

Están acusados por presunto abuso de autoridad el exsecretario de Ambiente, Raúl Costa, en calidad de autor, y dos funcionarios del área: Abel José Anuzis, de la Comisión Técnica Interdisciplinaria, y Jorge Antonio Ferrari, del sector Dictámenes de la misma repartición.

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Autorización ilegal. El meollo de la causa es si la autorización otorgada por la Secretaría de Ambiente cumplió con la normativa nacional y provincial vigente. Los querellantes señalaron en su denuncia que se pretende llevar adelante el emprendimiento en zona protegida de bosque nativo. Un punto importante que dejó en claro la Cámara de Acusación es que el hecho de no haberse realizado una audiencia pública, antes de avalar a la empresa para su emprendimiento, es un hecho ilegal. “En el presente caso la realización de audiencias públicas, previas a la autorización de los emprendimientos referidos, constituía una obligación legal para la autoridad de aplicación provincial (Secretaría de Ambiente), pues al momento del dictado de las resoluciones se encontraban establecidas como parte de los presupuestos mínimos de protección por la legislación”, afirmó el vocal Maximiliano Davies, autor del voto al que adhirieron sus colegas, Carlos Salazar y Patricia Farías.

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CANDONGA. El desarrollo inmobiliario de la empresa Ticupil SA se proyectó en tierras protegidas por contener bosque nativo.

Por qué vuelve. No obstante, la Cámara consideró que no hay elementos para sostener la acusación (elevar a juicio) ni para cerrarla (sobreseimiento); por lo cual decidió que regrese al fiscal Bornancini. Tangencialmente y casi al final de exponer los argumentos de la apelación por la que llegó a la Cámara, el defensor de Costa, Darío Vezzaro rechazó que haya existido un cambio radical en la postura del funcionario en dos decisiones administrativas que adoptó, una en 2008 y otra en 2010. En el primer caso, había objetado a Ticupil una serie de condiciones de su emprendimiento. En el segundo finalmente lo aprobó.

El tribunal de Alzada fundamentó su decisión en que no había existido un cambio “radical” en la postura del funcionario; sino que la empresa —después del primer rechazo al proyecto— había modificado varias condiciones y eso motivó que finalmente le aprobaran la iniciativa. No hubo connivencia, según la Cámara, y el cambio de perspectiva de la Secretaría de Ambiente estuvo fundado en cuestiones objetivas. Por este detalle, no confirmó la elevación a juicio.

Lo expresó del siguiente modo: “Considero que debe profundizar la investigación, debiendo adoptarse a tales fines las medidas probatorias que el instructor estime conducente a los fines de acreditar los extremos de la imputación delictiva y, particularmente, la existencia del mentado acuerdo de voluntades entre los imputados. En definitiva, estimo que debe revocarse el auto apelado porque no existe mérito para sobreseer ni para elevar la causa a juicio, debiéndose continuar con la investigación”.

Desde un punto de vista político, se podría concluir que el fallo de Acusación —la Cámara que funciona como tamiz de las causas— permite ganar tiempo. Es indudable que se deben respetar las garantías en cada etapa del proceso de todos los imputados y acusados, incluidos los funcionarios públicos. Pero la Justicia debe dar respuestas en tiempos razonables sin prolongar en exceso la sospecha sobre si la acusación tiene o no fundamentos. Más aún cuando el funcionario imputado continúa desempeñándose en cargos públicos.

Otra imputación. Costa tiene otra imputación por hechos similares, pero relacionados con un emprendimiento de la empresa Gama en San Antonio de Arredondo, en el valle de Punilla, denominado Dorado II. También está acusado por presunto abuso de autoridad por haber autorizado construcciones en tierras protegidas de bosque originario. En esta causa también estuvo acusado Luis Fernando Bocco, exsecretario de Ambiente, quien falleció a mediados de 2019.

EN EL TSJ HAY UN EXPEDIENTE CONEXO

Los vecinos de Chavascate también plantearon dos amparos judiciales. Uno, por el emprendimiento de Ticupil por el que la Cámara Civil y Comercial de 4ạ Nominación dictó una medida cautelar que impide cualquier modificación en las 160 hectáreas donde la empresa tiene su proyecto inmobiliario.

Hay otro amparo contra el Ente Regulador de Servicios Públicos de la Provincia (Ersep) porque autorizó una obra de infraestructura para generar energía eléctrica para el barrio proyectado, también en zona roja de bosque nativo. Esta acción se encuentra bajo análisis en el Tribunal Superior de Justicia.