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CóRDOBA
GATILLO FÁCIL

Según los jueces, el policía que asesinó a José ‘Beco’ Ávila no procuró matarlo

La fiscalía irá en casación al TSJ, tras conocerse los fundamentos de la sentencia. La Cámara le aplicó una pena de 11 años de prisión. El trágico operativo ocurrió en julio del 2020, cuando estaba prohibido circular y reunirse. ¿Se habría realizado un procedimiento así fuera del contexto de pandemia?

Beco Avila
CONTROVERSIA. El fallo causó sorpresa por la escasa pena impuesta frente al pedido de la Fiscalía. Ávila fue asesinado por balas policiales el 4 de julio del 2020 en Villa El Libertador. | Cedoc Perfil

La Cámara 3ª del Crimen dio a conocer los fundamentos del polémico fallo sobre un caso de gatillo fácil ocurrido el 4 de julio del 2020 en Villa El Libertador. La víctima fue José ‘Beco’ Ávila (35), un vendedor ambulante que circulaba en una moto junto a Manuel Eduardo Vázquez por la plaza del barrio.

Los policías Lucas Gonzalo Navarro y Sebastián Gabriel Juárez habían sido comisionados para un operativo de saturación con el objetivo de evitar reuniones de personas por las restricciones impuestas a raíz de la pandemia de coronavirus. Intentaron detener la marcha de la moto conducida por Ávila pero no lo lograron. Los persiguieron hasta que Ávila y su compañero ingresaron a una casa. Los policías se ubicaron frente a la puerta y Navarro disparó causándole la muerte.

Policías condenados
CONDENAS. Lucas Navarro fue condenado a 11 años de prisión, mientras que Sebastián Gabriel Juárez a tres años de prisión efectiva por encubrimiento.

El fiscal de Cámara, Marcelo Hidalgo, solicitó prisión perpetua para el policía que disparó y cinco años y medio para su compañero, por encubrimiento, ambos delitos agravados por su condición de funcionarios públicos y por el uso de arma de fuego. Sin embargo, el tribunal integrado con jurados populares y por unanimidad, le quitó el primer agravante y aplicó condenas sensiblemente menores: 11 años para Lucas Navarro, el policía que disparó, y tres años para Sebastián Gabriel Juárez.

En los fundamentos de la sentencia, el presidente de la Cámara, Leandro Quijada, explicó por qué consideraron que no cabía la pena máxima. El razonamiento del magistrado se puede sintetizar en las siguientes premisas: Navarro no tuvo intención de matar, el control policial que precedió al crimen fue justificado por el contexto de pandemia cuando no estaba permitido circular libremente, salvo excepciones; pero el despliegue de violencia posterior fue excesivo. A pesar de todo eso, pudo representarse que detrás de la puerta, por la que habían ingresado Ávila y Vázquez, había personas que podrían sufrir las consecuencias de los impactos de las balas de plomo.

Marcelo Hidalgo
CASACIÓN. El fiscal de Cámara, Marcelo Hidalgo, confirmó que recurrirá al Tribunal Superior de Justicia para que revea la condena a los policías.

El fiscal Hidalgo confirmó a PERFIL CÓRDOBA que presentará un recurso de casación para que el Tribunal Superior de Justicia revea la condena impuesta. “Hay abuso funcional, irracional, por eso la pena debe ser perpetua”, señaló. También cuestionó la escasa sanción aplicada por encubrimiento al otro policía –tres años de cárcel que se ejecutará cuando quede firme la sentencia– al indicar que “ni a un caco de celulares le dan una pena tan baja”.

Fundamentos. Entre los argumentos se puede leer:

“En la emergencia, Navarro actuó con dolo sobre la conducta desplegada y que acabara con la vida de Ávila”; pero, “no tuvo la intención directa ni tan siquiera indirecta de terminar con la vida de Ávila. En su derrotero inicial, tan solo quiso controlar a quienes circulaban en la motocicleta, en horas tempranas, a las 7 de la mañana, en un contexto de restricciones que imperaba por la época como consecuencia de la pandemia”. Navarro “tuvo el conocimiento cierto de que con su conducta creaba un riesgo no permitido y dicho riesgo para la vida humana iba más allá de lo que normalmente un disparo en contra de una puerta de madera de una vivienda pudiera arrojar (…) contaba con la posibilidad de la presencia de personas tras ella, como ocurrió en la emergencia”.

Exceso de violencia

“Todo lo que vino con posterioridad aparece desbordando lo que los reglamentos imponen y, por ende, desatendiendo el marco del ejercicio legítimo del cargo. Aparece por demás de excesivo el despliegue de violencia realizado en pos de llevar a cabo el control”. “Las personas habían ingresado al domicilio utilizando los medios normales de quien tiene derecho hacerlo. Habían dejado la motocicleta parada en la vía pública y la misma tenía su placa de identificación. Ya dijimos que estaban desarmados. Pues nada motivaba a actuar como se hizo, ni siquiera persistir con la persecución. ¿Qué era lo que se quería evitar? ¿Los efectos de qué delito se quería hacer cesar? ¿Cuál era el bien jurídico puesto en riesgo por Ávila y Vázquez que justificaban el actuar policial? Pues ninguno. Se podrá decir que en el contexto que transitaban Ávila y Vásquez no estaban autorizados a circular. Entonces todo lo demás fue realizado fuera de la ley”.

Límites difusos durante la pandemia

En otro tramo del fallo se lee: “Navarro, ¿fue más allá de lo que las reglamentaciones del ejercicio de sus funciones le imponían en la emergencia? Repasemos: ambos habían sido asignados el 4 de julio del 2020 a cumplir funciones de saturación en la plaza 12 de Octubre, ubicada en barrio Villa El Libertador. Esa asignación lo fue en el contexto de la cuarentena impuesta por la pandemia a consecuencia del Covid-19. Lo que se pretendía, según refirieron los superiores de la Policía provincial, era evitar que se juntaran personas en la plaza del lugar a realizar, entre otras cosas, ventas callejeras. Está claro también que el actuar respecto de Ávila y Vásquez no se originó como consecuencia de dicha actividad ni fue precisamente en la plaza referida, sino a cuadras de la misma. Sobre esto, ambos imputados coincidieron en afirmar que la decisión de control derivó en que la actitud de ambos les resultó sospechosa ante la presencia de las motocicletas policiales. ¿Tenían facultades para hacerlo? Pues las tenían”.