CORONAVIRUS
Pandemia

Coronavirus: detención, embargo e indagatoria al surfer de la Panamericana

Federico Llamas fue arrestado en una casa de su familia en Ostende por orden de Ramos Padilla, que lo indagará "una vez que se reciba el sumario respectivo y los informes urgentes que se han ordenado".

2020 03 25 Surfer Federico Llamas Coronavirus
Federico Llamas, el joven surfer que regresó de Brasil y no respetó el aislamiento | Cedoc Perfil

Federico Llamas, el hombre de 27 años que llevaba dos tablas de surf sobre el techo de su camioneta y fue demorado este martes 24 de marzo en la Panamericana, será indagado en los próximos días por el juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla. La intervención del magistrado se dio luego de que Llamas se escapara de su casa del barrio porteño de Flores a la que había llegado escoltado por Prefectura Naval tras encontrarlo en un segundo control ayer. Ramos Padilla, quien ordenó la detención del joven, que por el momento y por los próximos 14 días deberá cumplirla de forma domiciliaria, lo indagará por teleconferencia y le trabó un embargo de 500 mil pesos. 

Llamas fue encontrado ayer primero en Panamericana, dónde protagonizó un bochornoso episodio en el que se cruzó con varios periodistas que trabajaban en el lugar. La fuerza le indicó que debía permanecer en el domicilio tanto para cumplir la cuarentena por volver de una zona de riesgo, como es Brasil, de dónde supuestamente provenía, así como por el aislamiento social obligatorio. Sin embargo, el hombre no respetó la órden y siguió viaje a Ostende. Tras ser detectado por un control de Prefectura en el peaje de Hudson, fue escoltado hasta un domicilio en el barrio de Flores al que fue escoltado por la fuerza. Cuando esta se retiró, Llamas volvió a arrancar. El momento fue captado por un vecino y motivó que este mediodía el juez federal de San Isidro Lino Mirabelli, con jurisdicción sobre el retén en el que fue encontrado ayer Llamas, ordenara la detención.

Pasado este mediodía, Llamas fue encontrado en Ostende, adónde vive su madre, y él llegó esta madrugada, tras haber pasado por otro domicilio familiar en Canning, en el partido de Ezeiza. Fue su llegada a Ostende lo que motivó, por una cuestión de jurisdicción, la intervención de Ramos Padilla, quien esta tarde ordenó la detención y decidió su convocatoria a indagatoria por los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación.

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“El artículo 205 prevé que será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”. En tanto que el 239 sanciona con prisión de quince días a un año, al “que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”, lo que para la justicia se habría constatado a partir del incumplimiento de las obligaciones legales que surgen del DNU 260/2020 que ordenan las medidas de aislamiento obligatorio.

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“El mandato es claro y emitido legítimamente por el Poder Ejecutivo de la Nación en uso de las facultades del art. 99 inc. 3 de la Constitución Nacional”, sostuvo Ramos Padilla. “Teniendo en cuenta asimismo que se ha constatado que el imputado habría vulnerado en dos ocasiones el aislamiento obligatorio, vulnerando los controles dispuestos en las rutas del país, ello constituye per se un elemento objetivo que da cuenta de la existencia del peligro procesal de fuga”, agregó el magistrado.

En tanto que sostuvo que la fecha de la indagatoria será fijada una vez que se reciba el sumario respectivo y los informes urgentes que se han ordenado y que “se realizará por medios tecnológicos, a los fines de evitar que, a través de la realización de una audiencia presencial, se incrementen los riesgos de contagio y de permtir dar continuidad asimismo a la medida de aislamiento obligatorio”.

Al tiempo que consideró que corresponde dictar “una medida cautelar tendiente a que las personas que eventualmente se encuentren habitando el referido domicilio de la localidad de Ostende y que han tenido contacto estrecho con Llamas den cumplimiento al asilamiento obligatorio previsto en el Decreto citado”.