La Administración Federal de Ingresos Públicos fijó las fechas de vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2022.
El ente recaudador dispuso que el 12, 13 y 14 de junio son las fechas límite para la presentación de las declaraciones juradas de ambos tributos para personas humanas y sucesiones indivisas.
Los sueldos de hasta $ 880 mil no pagarán Ganancias sobre el aguinaldo
En tanto, para el pago hay tiempo hasta el 13, 14 y 15 del mismo mes, según la terminación del CUIT de los contribuyentes.
Las fechas límites son las siguientes:
- Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: lunes 12 de junio, inclusive.
- Terminación CUIT 4, 5 y 6: martes 13 de junio, inclusive.
- Terminación CUIT 7, 8 y 9: miércoles 14 de junio, inclusive.
Qué es el impuesto cedular y cuál es el plazo para la presentación de la DDJJ
Por su parte, la presentación de la declaración jurada del impuesto cedular -un gravamen a la renta financiera- deberá efectivizarse según el siguiente esquema:
- Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: miércoles 21 de junio, inclusive.
- Terminación CUIT 4, 5 y 6: jueves 22 de junio, inclusive.
- Terminación CUIT 7, 8 y 9: viernes 23 de junio, inclusive.
Luego, este impuesto deberá abonarse el día hábil siguiente según el CUIT, con fechas 22, 23 y 24 de junio.
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¿Cómo se presentan las DDJJ de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular?
En una comunicación oficial, la AFIP recordó que las declaraciones juradas de Ganancias y del impuesto Cedular se realizan a través del servicio con clave fiscal "Ganancias Personas Humanas–Portal integrado".
En el caso de Bienes Personales, la presentación se realiza mediante el servicio web con clave fiscal "Bienes Personales Web".
La presentación de las declaraciones juradas informativas del Ganancias y Bienes Personales vence el 30 de junio.
¿Quiénes deben pagar Bienes Personales?
Vale recordar que están obligados a pagar y presentar Bienes Personales aquellos que posean bienes gravados que superen al 31 de diciembre de 2022 los $11.282.141,08 millones.
Alivio fiscal para empleados en relación de dependencia alcanzados por Ganancias
En las últimas horas, el Ministerio de Economía anunció un nuevo beneficio impositivo que excluye de pagar el Impuesto a las Ganancias a quienes cobren sueldos brutos de hasta 880.000 mil pesos, lo que beneficiará a más de medio millón de trabajadores de acuerdo a los cálculos de Hacienda.
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Entre otras cosas, el ministerio indicó que, quienes cobren conceptos No remunerativos, dichas sumas no se contemplarán en el cálculo del sueldo anual complementario.
La reciente medida dispuesta con carácter "extraordinario" dispuso que quienes tengan un aguinaldo de hasta $440.000 en bruto, no pagarán Ganancias.
Ahora bien, si por algún motivo el trabajador supera los $880.000 en bruto de ingreso promedio mensual en el semestre, todo su aguinaldo quedará gravado. Esto implica que si cobra, por ejemplo, $881.000 pagará ganancias incluso por los $440.000.
LR