ECONOMIA
Tributos

Monotributo: cuáles son los plazos para la recategorización y pago de julio

Unos 4,5 millones de monotributistas de todo el país accederán a los beneficios de la ley de Alivio Fiscal promulgada este lunes por el Poder Ejecutivo.

Cronograma AFIP 20210629
Nuevo cronograma Afip | Agencia Telam

La recategorización semestral para monotributistas estará habilitada entre el 11 y el 29 de julio, mientras que el vencimiento del pago de la obligación mensual se extenderá hasta el 27 de julio.

Tras un fin de semana convulsionado por la salida de Martín Guzmán del Ministerio de Economía y de las correspondientes negociaciones para su reemplazo; el presidente Alberto Fernández, junto al titular de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, encabezaron una suerte de acto de Promulgación de la Ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos. 

El acto simbólico se realizó solo una hora antes de que asuma la flamante ministra de Economía, Silvina Batakis en el Museo del Bicentenario de la Casa Rosada. El evento se llevó adelante sin la realización de un evento solemne con el objetivo de enfocar toda la atención en la asunción de la nueva titular del Palacio de Hacienda. 

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La medida actualiza la facturación de los monotributistas para evitar que tengan que cambiar de categoría y pagar mayores cuotas y, por otro, aumenta las deducciones de ganancias que pagan los empleados que revisten en la categoría de autónomos. 

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A partir de la nueva ley, los montos máximos de facturación para las categorías A, B, C y D se actualizan en un 60% y el resto de la E a la K, en 29,12%; como establecía el proyecto originalmente, en función del coeficiente acumulado a junio de este año, y que combina los dos aumentos que hubo en las jubilaciones en el primer semestre. 

¿Cuáles son los beneficios de la ley para Pequeños Contribuyentes y Autónomos?

La iniciativa prevé que los monotributistas de las categorías A y B no deberán ingresar el impuesto integrado, de $288.07 y $555.02, respectivamente. Por lo tanto, el monto a pagar para cada categoría será, para la A $3.046,17 y para la B $3.173,27. 

  • Ampliación de los límites de facturación máxima por categoría del monotributo. Tienen una orientación progresiva que privilegia a las personas registradas en las categorías más bajas al permitirles poder facturar hasta un 60% más. 

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  • Exención del componente impositivo para 1,7 millones de personas registradas en las categorías A y B que no perciban otro ingreso (por ejemplo, no tener un trabajo en relación de dependencia ni cobran una jubilación). 

La Ley de Alivio Fiscal consiguió sanción legislativa el jueves último en el Senado y, por un lado, busca actualizar la facturación de los monotributistas para evitar que tengan que cambiar de categoría y pagar mayores cuotas y, por otro, aumentar las deducciones de ganancias que pagan los empleados que revisten en la categoría de autónomos.