El Gobierno oficializó hoy la reglamentación de la reforma previsional que permite a los trabajadores optar entre el régimen de reparto o el de capitalización (AFJP) desde el 12 de abril hasta el 31 de diciembre próximos.
Tal reforma fue aprobada por el Congreso en febrero mediante la ley 26.222 y el gobierno publicó hoy en el Boletín Oficial el decreto reglamentario 313/2007, que permite a los trabajadores dependientes y autónomos optar entre el régimen de reparto o de capitalización privada, de manera que la opción elegida se hará efectiva a partir de enero de 2008.
La nueva Ley establece pautas para la determinación de la Prestación Adicional por Permanencia en el régimen público, y un tope para las comisiones que cobran las AFJP, mas un costo adicional del seguro por invalidez y fallecimiento.
Asimismo, se establece un plazo de 90 días, contados desde el 12 de abril, para que el trabajador que aporta al régimen privado ratifique su permanencia en ése ya que, en caso contrario, el saldo respectivo será transferido al régimen previsional público.
A partir del 1 de julio próximo los beneficiarios del sistema integrado de jubilaciones y pensiones, cuya Prestación Adicional por Permanencia haya sido determinado computando el 0,85 por ciento por cada año de servicio con aportes realizados al régimen público, tendrán derecho al recálculo de dicho beneficio.
Por otra parte, el decreto reglamentario establece que, por única vez, se permitirá cambiar de régimen previsional a los trabajadores que ya hayan cumplido los 55 años en el caso de los hombres, y los 50 años para las mujeres.
Fuente: DyN