ECONOMIA
Anuncio unilateral

El Gobierno oficializó los cambios en las retenciones móviles

La medida fue publicada en el Boletín Oficial. Los cambios regirán a partir del martes. Fuerte objeción de los ruralistas.

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El gobierno nacional difundió, a través de la publicación hoy, en el Boletín Oficial, los cambios anunciados el jueves en Casa de Gobierno en el régimen de retenciones móviles para trigo, maíz, soja y girasol.

Se trata de la Resolución 64, que acompaña la firma del ministro de Economía y Producción, Carlos Fernández, y que entrará en vigencia el martes.

En los considerandos de esta iniciativa, las autoridades económicas indicaron que "resulta conveniente compatibilizar dicho esquema con las condiciones necesarias para un buen funcionamiento de los mercados a término".

Las modificaciones expresadas en la presente norma fueron presentadas por el jefe de Gabinete, Alberto Fernández, y el ministro de Economía, Carlos Fernández, durante una conferencia de prensa que ofrecieron en la Casa Rosada el jueves por la noche.

La medida fue fuertemente objetada por la dirigencia ruralista que finalizaría hoy su tercera protesta contra las retenciones móviles.

La resolución 64 de Economía estableció para el caso de los "cereales y oleaginosas" dispuso fijar "para diversas variedades de trigo, maíz, soja y girasol, comprometidas en determinadas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) derechos de exportación para distintos precios FOB".

Las autoridades indicaron que "resulta conveniente establecer para el alcance de la presente resolución un determinado nivel de precio para cada producto en función de la evolución reciente de los mercados internacionales y propiciar un incremento de las superficies sembradas de trigo y maíz, estableciendo alícuotas adecuadas a tales fines".

Para el caso de los derechos de exportación de la soja, se debe verificar el Anexo III de la resolución: allí, cuando el precio FOB alcanza los 600 dólares por toneladas, la retención será del 49,3 por ciento; en tanto que cuando ascienda a 680 dólares, será de 51,3 por ciento y a 750 dólares, será de 52,7 por ciento.

En la exportación de trigo, cuando el precio FOB sea hasta 200 dólares por tonelada, el derecho de exportación será del 20 por ciento, y cuando su valor internacional trepe hasta los 399 dólares, la retención será de 30 por ciento.


Fuente: DyN