A través de una resolución publicada hoy por el Ministerio de Trabajo, a partir del primero de
septimbre de este año, las remuneraciones mensuales mínimas para los trabajadores de servicio
doméstico
tendrán un piso que van de 610 a 750 pesos según la
categoría. En abril de este año, la remuneración mínima había sufirdo un alza de 554 a 630
pesos.
Así lo estableció
la resolución número 962/2006 publicada hoy en el Boletín
Oficial. Esta adecuación salarial será de aplicación en todo el territorio de la Nación, con
excepción de aquellas provincias que legislen en forma particular sobre la materia.
Para la primera categoría, que comprende institutrices, preceptores, gobernantas, amas de
llave, mayordomos, damas de compañía y nurses, la remuneración será de 750 pesos.
Para la segunda categoría, de cocineros especializados, mucamos, niñeras, valets y porteros
de casas particulares será de 696 pesos.
Para la tercera categoría, de cocineros, mucamas, niñeras, ayudantes y caseros, 680 pesos.
Para la cuarta categoría, aprendices, 610 pesos con 4,65 pesos por hora.
Finalmente, la retribución mínima para el personal auxiliar de casas particulares en la
especialidad planchadoras, lavanderas, personal de limpieza será de 305 pesos y de 4,65 pesos por
hora cuando se excede de las cuatro horas diarias.