El Gobierno nacional decretó nuevas restricciones a las designaciones y contrataciones de personal en el Sector Público Nacional para el Ejercicio 2026, estableciendo prohibiciones generales, definiendo excepciones puntuales y fijando un esquema de vigencia.
La normativa fue publicada en el Boletín Oficial a través del Decreto 934/2025 este viernes 2 de enero, bajo la firma del presidente Javier Milei. De esta manera deja sin efecto el Decreto 1148/2024, que había regido durante 2025.
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En los considerandos, el Ejecutivo señaló que la aplicación del esquema anterior “acompañó la transformación del Estado Nacional”, al brindar una herramienta para avanzar hacia un sector público “eficiente, eficaz y de calidad”, en línea con un gasto público compatible con el equilibrio fiscal, según se expresa textualmente en el decreto.
Restricciones generales para 2026
El decreto establece que las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal “de cualquier naturaleza”, incluyendo plantas transitorias, contratos bajo la Ley Marco de Empleo Público, contratos laborales, locaciones de servicios profesionales y designaciones transitorias en cargos simples de planta permanente.

La prohibición también alcanza a contrataciones con o sin relación de dependencia previstas en estatutos especiales o con fuentes de financiamiento no presupuestarias, de acuerdo con el detalle enumerado en el texto oficial.
Excepciones previstas por la normativa
En la nueva normativa se define un amplio listado de excepciones, entre las que se incluyen las designaciones en universidades nacionales, el Cuerpo de Guardaparques, el Sistema Nacional de Manejo del Fuego, el personal de salud comprendido en convenios sectoriales, el Servicio Penitenciario Federal y las Fuerzas Armadas y de Seguridad, excluido el personal civil.
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También quedan exceptuadas determinadas designaciones jerárquicas, contrataciones artísticas y culturales, prórrogas de designaciones transitorias, personal de gabinete, incorporaciones mediante programas de movilidad interna, ingresos por concursos a planta permanente, cumplimiento del cupo de discapacidad y cambios de régimen laboral que no impliquen mayor gasto presupuestario.
Regla de altas y bajas
El decreto fija además una regla de “un alta por dos bajas” para las designaciones o contrataciones no alcanzadas por las excepciones, siempre que las bajas se produzcan durante 2026 por renuncias, jubilaciones o desvinculaciones, excluyendo aquellas derivadas de retiros voluntarios.
Por último, la validación de cada designación deberá contar con la intervención de la Subsecretaría de Modernización y Desarrollo del Empleo Público, mientras que se prevé la posibilidad de exceptuar esta regla en casos de necesidad estratégica debidamente acreditada.
GZ