ECONOMIA
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El Gobierno frenó otro aumento a los combustibles y trasladó para noviembre la actualización de impuestos

El Decreto 1126/2026 modifica nuevamente el cronograma previsto para los tributos sobre los combustibles líquidos y el dióxido de carbono. El esquema vigente se mantendrá durante todo octubre.

Estación de servicio - Combustible 31072026
Estación de servicio - Combustible | Freepik

El Gobierno volvió a postergar la aplicación plena de los aumentos de los impuestos a los combustibles y trasladó para noviembre los incrementos remanentes que debían comenzar a regir desde el 1° de octubre, alcanzando a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, cuyos componentes impositivos permanecerán bajo el esquema vigente durante todo el mes.

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La decisión fue oficializada en el Boletín Oficial de este miércoles 30 de septiembre, a través del Decreto 1126/2026, con las firmas del presidente Javier Milei; el Jefe de Gabinete Diego Santilli; y el ministro de Economía, Luis Caputo.

La medida modifica el cronograma que había establecido el Decreto 617/2025 y sus sucesivas modificaciones. Hasta ahora, los incrementos remanentes derivados de las actualizaciones correspondientes a los años 2024 y 2025, y al primer y segundo trimestre de 2026, habían sido postergados parcialmente hasta el 1° de octubre de 2026.

Con el nuevo decreto, el Ejecutivo extendió hasta el 31 de octubre el período previsto en la normativa anterior y estableció que el siguiente tramo comenzará a tener efectos “desde el 1° de noviembre de 2026, inclusive”. Las disposiciones de la nueva norma entrarán en vigencia a partir del 1° de octubre.

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Por qué el Gobierno volvió a postergar la suba de los impuestos a los combustibles

El esquema alcanza al impuesto sobre los combustibles líquidos y al impuesto al dióxido de carbono, cuyos montos fijos están establecidos en la Ley 23.966. La normativa también contempla un monto diferencial del impuesto sobre los combustibles líquidos para el gasoil destinado al consumo en determinadas regiones del país.

Esos montos deben actualizarse por trimestre calendario de acuerdo con las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que informa el INDEC, tomando en consideración las variaciones acumuladas desde enero de 2018. La actualización corresponde a ARCA y se realiza en enero, abril, julio y octubre de cada año.

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Sin embargo, el propio decreto recuerda que distintas normas fueron difiriendo sucesivamente los efectos de esos incrementos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil. De esta manera, las actualizaciones tributarias acumuladas no se trasladaron de manera completa en las fechas originalmente previstas.

Al fundamentar esta nueva postergación, el Gobierno sostuvo que resulta necesario diferir los incrementos remanentes “con el propósito de continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible”. Esa es la razón expresada en los considerandos del Decreto 1126/2026 para modificar nuevamente el calendario.

Combustibles

Cuándo comenzarán a regir los aumentos postergados

El cambio central aparece en los primeros dos artículos del decreto. El artículo 1° reemplazó el período que iba “entre el 1° de agosto y el 30 de septiembre de 2026” por otro comprendido “entre el 1° de agosto y el 31 de octubre de 2026”, extendiendo así durante un mes el esquema vigente.

A su vez, el artículo 2° sustituyó expresamente la fecha de aplicación prevista para el próximo tramo. Donde el Decreto 617/2025 y sus modificatorios establecían “desde el 1° de octubre de 2026, inclusive”, la nueva norma dispone que será “desde el 1° de noviembre de 2026, inclusive”.

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De esta forma, octubre comenzará sin la aplicación de los incrementos impositivos remanentes que estaban previstos para el primer día del mes, mientras el nuevo cronograma los traslada al 1° de noviembre.

GZ