ECONOMIA
Alternativa

Monotributo: qué podrán hacer los que pagaron el retroactivo

Los monotributistas que ya pagaron las cuotas retroactivas que incluyó AFIP el 4 de junio pasado deberán esperar a que se sancione la nueva Ley para reafectar esos pagos a nuevas obligaciones.

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Operaciones OnLine del pago de impuestos | Cedoc Perfil

Los monotributistas que hayan pagado los cargos retroactivos que se anularán con la sanción de una nueva ley podrán utilizar ese saldo a favor para el pago de otras obligaciones. Sin embargo, antes que nada, se deberá esperar la sanción de la nueva Ley.

La duda surge de quienes ya pagaron los cargos retroactivos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) había incluido en sus cuentas a partir del 4 de junio. 

Sin embargo, tras la reunión que tuvo lugar cinco días después entre el presidente Alberto Fernández y el titular de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, el oficialismo avanzó con un proyecto de ley que, entre otros aspectos, elimina ese pago retroactivo y dispone que la actualización de las cuotas y categorías comience a regir a partir del 1° de julio.

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Monotributo: sin cuotas retroactivas, cómo es el nuevo proyecto que incluye "alivio fiscal"

Por cuestiones administrativas, hasta que la ley no sea sancionada y reglamentada los cargos seguirán figurando en la página del organismo recaudador, sin embargo ya quedó claro que los contribuyentes no están obligados a abonarlos.

De acuerdo con los tiempos legislativos y por la nueva fecha de actualización, se espera que la ley sea sancionada antes de fines de junio y, a partir de ese momento, tanto el Poder Ejecutivo como la propia AFIP deberán trabajar contra reloj en la elaboración y publicación del decreto reglamentario y las resoluciones en el Boletín Oficial.

Una vez sancionada la nueva ley "las diferencias que se generen tras la aprobación del proyecto de ley por los pagos entre enero y junio podrán ser imputados como saldo a favor para otros períodos", indicaron fuentes del ente recaudador, sin embargo dejaron bien en claro que primero deberá ser sancionada la nueva ley.

Vale recordar que existe un trámite para reimputar el pago de retroactivos y el contribuyente puede realizarlo ingresando al sitio web de la AFIP, con número de CUIT y la clave fiscal.

 

Pasos para la Reafectación de Pagos de Monotributistas

 

En la página de AFIP se establecen sencillos pasos para reasignar pagos hechos desde julio de 2004 y aplicarlos a nuevas obligaciones. De todos modos, se recuerda que recién podrá realizarse este paso una vez aprobada la nueva Ley de Monotributo que se está debatiendo. 

 

Paso 1: Ingresar a la página Web de la AFIP, con su clave fiscal

Paso 2: entrar al servicio "CCMA - Cuenta Corriente de Contribuyentes Monotributistas y Autónomos", ir a la sección "Monotributo". Si el servicio no aparece en el menú, se deberá dar de alta.

  • En el caso de que no se tenga habilitado el servicio CCMA, debe ingresarse al sitio como se hace habitualmente y seleccionar la opción "administrador de relaciones con clave fiscal".
  • Una vez ubicado, hay que cliquear en "adherir servicio", luego marcar en "AFIP" y después en "Servicios interactivos".
  • Ya instalado, debe buscarse el servicio que se quiere habilitar y, por último, cerrar la sesión y volver a ingresar para ver el nuevo servicio habilitado.

Paso 3: Recalcular deuda a la fecha, localizar el pago incorrecto y presionar la opción “Reafectación”.

Paso 4: Posteriormente, debe registrarse a qué período y qué impuesto, con sus respectivos códigos, se va a transferir el saldo a favor, seleccionando el ícono respectivo.

Paso 5: Por último, tendrá que completarse los datos con el período de destino, seleccionar "agregar" y luego "aceptar".

LR