ECONOMIA
Montos, requisitos y plazos

Se extendió el Repro II para los salarios de enero: hasta cuándo se puede tramitar

El Gobierno extendió hasta enero la vigencia del Repro II y de asistencia a trabajadores independientes en sectores críticos. Las empresas tienen tiempo hasta fin de mes para inscribirse.

Cámara Industrial de Cerámica Roja 20211012
Aumentaron las ventas 51,6% en lo que va de 2021. | Cedoc Perfil

Frente al nuevo desempeño que se verifica en la actividad económica y en los distitnos índices que se van recolectando, el gobierno definió cambios en el alcance del Programa Repro II, con lo cual el Ministerio de Trabajo modificó la nómina de actividades alcanzadas y extendió el beneficio para el pago de los salarios de enero.

En la Resolución 44/2022 publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, la cartera que dirige Claudio Moroni sustituyó el Artículo 2º de la Resolución 938 del 12 de noviembre de 2020 -que creó el Repro II- por el siguiente:

  • Monto del beneficio: consiste en una suma mensual por cada relación laboral activa del sujeto empleador alcanzado por el Programa.
  • Sectores afectados no críticos: 70% de la remuneración neta (que se determinará aplicando el 83% a la remuneración total declarada en la AFIP) hasta un máximo de $ 9.000..
  • Sectores críticos y Sector Salud: similares porcentajes, hasta un máximo de $22.000.

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  • Duración: el beneficio se extenderá por un mes. Las empleadoras y los empleadores deberán inscribirse en el Programa en forma mensual para poder acceder al beneficio.
  • Alcance: el número de empleadoras y empleadores que cubrirá el Programa se determinará considerando la cantidad de empleadoras y empleadores postulantes, la situación económica, patrimonial y financiera de los mismos, las condiciones imperantes de la economía nacional y el presupuesto asignado.

El dinero aportado por el Estado Nacional es a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores adheridos al Programa.

Cuáles son las actividades alcanzadas por el Repro II para salarios de enero 2022

Vale recorar que en noviembre de 2021 se introdujeron modificaciones al Repro II, entre ellas, la sustitución de la nómina de actividades alcanzadas por el Programa a los efectos de la determinación de los montos del beneficio.

Ahora, Trabajo consideró que "teniendo en cuenta la evolución de la actividad económica y de los indicadores de la situación sanitaria en el marco de la pandemia del Covid-19, resulta pertinente realizar modificaciones y adaptaciones al Programa, considerando especialmente las particularidades de los diversos sectores que integran la economía nacional".

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"En ese sentido, resulta necesario modificar la nómina de actividades alcanzadas por el Repro II", señaló.

Así, en la otra Resolución 49/2022 publicada este 21 de enero, estableció que el plazo para la inscripción al Programa estará vigente hasta el 30 de este mes, inclusive. En este caso, los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP serán diciembre de 2019 y el mismo mes de 2021.

Aquí va el listado de Actividades Críticas y no Críticas. 

Cómo pedir el Repro II

El programa de Recuperación Productiva 2 (REPRO 2) es una herramienta creada por el Gobierno Nacional para sostener el empleo en sectores con dificultades económicas. La asistencia a las empresas adheridas al programa consiste en el pago de una suma mensual a los trabajadores y trabajadoras a cuenta de sus correspondientes remuneraciones.

El monto de la asistencia es variable según el sector en que la empresa desarrolle sus actividades:

  • Sectores afectados no críticos: 70% de la remuneración neta (el 83% de la remuneración total declarada en el F.931) hasta un máximo de $ 9.000;
  • Sectores críticos y salud: 70% de la remuneración neta (el 83% de la remuneración total declarada en el F.931) hasta un máximo de $ 22.000;

Todo empleador y empleadora deberá tener actualizados los datos de sus trabajadores en el portal Simplificación Registral de AFIP, en especial las claves bancarias uniformes (CBU) de las cuentas donde les será otorgado el beneficio. La falta de información o error en los datos de los trabajadores, ocasionará la cancelación del pago a los mismos.

El beneficio del programa REPRO 2 se extiende por UN (1) mes. Las empleadoras y los empleadores deberán inscribirse en el Programa de forma mensual para poder acceder al mismo.

La actualización de los CBU en las bases de datos será hasta 72 hs previas a la inscripción de cada mes.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social notificará a las empleadoras y los empleadores las novedades respecto a su incorporación al Programa a través de una ventanilla electrónica del sitio web de la AFIP.

Tal como recuerda la cartera que conduce Moroni, la asignación del beneficio queda sujeta a la aprobación de la Comisión de Evaluación y Monitoreo del programa REPRO 2 y del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de acuerdo a las condiciones establecidas por la normativa y la pertinente disponibilidad presupuestaria.

LR