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Vuelven a subir las expensas de los edificios: ¿a qué se debe y cuánto deberán pagar los propietarios?

A partir de octubre, los dueños de inmuebles deberán financiar el bono anunciado a encargados, dado que los consorcios quedarán fuera del reintegro de contribuciones patronales anunciado por el Ministerio de Economía.

Encargado de edificio
Encargado de edificio | CEDOC PERFIL

Las expensas de los edificios aumentarán a partir de octubre. Esto ocurrirá debido a que los consorcios de aquellas propiedades horizontales no podrán computar, a cuenta de contribuciones patronales, los bonos que se le deberán pagar a los encargados y otros trabajadores del sector.

En las últimas semanas, el Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH) acordó con las cámaras del sector un nuevo aumento salarial del 44% y la percepción de un valor fijo no remunerativo de $60.000, dividido en dos cuotas de 30 mil, para aquellos que no superen el haber de $400.000.

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La entidad informó que el mismo será liquidado en dos fechas distintas, proporcional a las jornadas de trabajo. El primero, en mediados de septiembre (con los primeros 15 días hábiles como plazo límite) y, el segundo, junto al salario de octubre.

En concreto, los grupos y las escalas serán:

  • Jornada completa: dos cuotas de $30.000
  • Media jornada: dos pagos de $15.000
  • Trabajador por jornada: $150 por hora
  • Suplente jornada completa: $1.200 por día
  • Suplente media jornada: $600 por día

Sin embargo, y dado que los consorcios no son considerados empresas, sino "personas jurídicas sin fines de lucro", que administran los gastos de los edificios y que son empleadores que en general tienen menos trabajadores que una microempresa, no estarán incluidos en la devolución del 100% de las contribuciones patronales anunciado por el Ministro de Economía, Sergio Massa, informó la agencia NA.

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Por otro lado, tampoco podrán descontarse el 30% del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales, como rige para las MicroPymes.

Por lo tanto, el costo de la suma se trasladará a las expensas que deberán pagar los propietarios. Cabe remarcar que el sueldo de los encargados, sin adicionales, representa el 60% de las expensas de los edificios, que subieron 103% a nivel interanual, según los últimos datos relevados por la plataforma ConsorcioAbierto.com.

La Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHAI) señaló que, en el caso que las micro y pequeñas empresas cuenten con el certificado correspondiente, sí podrán compensar en un 100% el "adicional no remunerativo" de las sumas que deban abonar con las contribuciones patronales a la seguridad social. Y en el caso de las PyMEs, ese porcentaje alcanzará el 50%.

Según el titular de la AFIP, Carlos Castagneto, sobre un total de 5.500.000 de trabajadores alcanzados por esta medida, el 100% de la absorción de las contribuciones abarca a 302.044 microempresas que emplean 1.263.638 trabajadores, y el 50% a 48.273 pequeñas empresas que tienen 1.186.921 empleados en nómina.

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La situación de los trabajadores de casas particulares y los monotributistas

Por su parte, en el caso de los trabajadores de casas particulares, cuyo bono de $25.000 debe abonarse en dos cuotas y en forma proporcional a las horas trabajadas, el descuento aplicará a los empleadores que no fueron alcanzados por el Impuesto sobre los Bienes Personales en 2022 y que hayan percibido ingresos netos en agosto de 2023 por un monto inferior a $1.500.000.

En estos casos, podrán solicitar el reintegro de hasta 50% de lo abonado.

En tanto, para los monotributistas de las categorías A, B, C y D se dispuso la prórroga de los vencimientos del componente fiscal en las categorías más bajas. La misma tendrá vigencia hasta febrero del 2024, con vistas a condonar la obligación tributaria en inicios del año próximo.

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Los pagos que quedarán condonados son los correspondiente a las categorías:

  • A: por $496,85
  • B: por $957,27
  • C: por $1.636,83, en venta de servicios, y $ 1.512,27, en el caso de cosas muebles
  • D: por $2.689,05, en venta de servicios, y $2.482.86, en el caso de cosas muebles

Las cuotas que quedarán exentas de pago son las correspondientes a las que van de septiembre de 2023 a febrero de 2024.

RS / LR