ELOBSERVADOR
Malvinas y Chagos

Similitudes que “incomodan”

Lecciones de la decisión de Londres de negociar la soberanía del archipiélago que arrebató a islas Mauricio.

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Atlántico e Índico. Distintas, pero con situaciones coloniales similares. | cedoc

En un artículo publicado en el portal de noticias TN, Vicente Palermo insiste una vez más en sus posiciones críticas sobre la reivindicación argentina de las islas Malvinas. Esta vez su preocupación es la experiencia exitosa de la República de Mauricio en su esfuerzo por obtener la restitución del archipiélago de Chagos, ocupado por el Reino Unido. Mauricio volvió a la Asamblea General de las Naciones Unidas, obtuvo que ésta pida una opinión consultiva a la Corte Internacional de Justicia, que consideró que el Reino Unido no procedió correctamente a la descolonización del territorio cuando otorgó la independencia a Mauricio al quedarse con el archipiélago de Chagos y que su ocupación del archipiélago es ilegal. Mauricio volvió a la Asamblea General y obtuvo que ésta le reconozca explícitamente su soberanía sobre Chagos y fijó un plazo al Reino Unido para retirarse. Como consecuencia de todo esto, el Reino Unido finalmente aceptó negociar sobre la soberanía. El objetivo de Palermo es demostrar que esa experiencia positiva nada tiene que ver con la cuestión Malvinas.

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La realidad, sin embargo, es tozuda. El Reino Unido ocupó tanto el archipiélago de Chagos como el de Malvinas en el siglo XIX. Chagos es parte integrante del territorio de Mauricio; las Malvinas, de la Argentina. Las dos son situaciones coloniales, a tal punto que las dos primeras resoluciones de la Asamblea General que tratan específicamente ambas situaciones fueron adoptadas una después de la otra (Resolución 2065 (XX) para Malvinas, Resolución 2066 (XX) para Mauricio). En ambos casos se trata de la ruptura de la integridad territorial de un país. En ambos casos el Reino Unido manipuló la situación poblacional de los territorios en cuestión. En ambos casos la Asamblea General mantuvo un silencio de varias décadas, que fue precisamente roto en 2017, cuando se aprobó el pedido de opinión consultiva a la Corte de La Haya. En ambos casos no se trata de dejar a los habitantes de los territorios en cuestión la decisión sobre la soberanía: esto le corresponde tanto al pueblo de Mauricio en su conjunto, como al pueblo argentino.

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Es evidente que ninguna situación es idéntica a otra. Palermo sostiene que “muy al contrario del caso de Chagos, el imperio británico no cometió implacables desplazamientos de habitantes” en Malvinas. En el caso del archipiélago mauriciano, el Reino Unido deportó a la población con el objetivo de permitir la instalación de una base militar estadounidense en Diego García, una de las islas del archipiélago. En 1833 el Reino Unido expulsó por la fuerza, de forma contraria al derecho internacional de la época, a las autoridades argentinas, y a una parte de la población argentina que allí residía –incluyendo mujeres y niños– e impidió que pudiesen volver a las islas la familia Vernet y otros que se encontraban en Buenos Aires al momento del despojo. Ese vicio de origen, junto a otros importantes elementos, es lo que ha llevado a que la Asamblea General no considere a los actuales habitantes de Malvinas como un pueblo sujeto a la libre determinación.

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Los fundamentos desarrollados por la Corte son completamente favorables a la posición argentina, que participó en el procedimiento y argumentó tanto la necesidad de responder al pedido de la Asamblea General como que la descolonización de Mauricio no fue completa por haber violado la potencia colonial la integridad territorial mauriciana y el derecho de su pueblo a la libre determinación. 

La Corte consideró que es la Asamblea General de la ONU la que decide las modalidades de descolonización de los territorios y no la potencia colonial, como pretende imponer el Reino Unido, y es su Comité de Descolonización el que monitorea este proceso. En la Cuestión Malvinas, la Asamblea General ha establecido que la forma de poner fin a la situación colonial es la negociación entre Argentina y el Reino Unido para resolver la disputa sobre la soberanía, teniendo en cuenta los intereses de la población de las islas.

La Corte subrayó a su vez que es la Asamblea General la que controla la expresión de la voluntad de un pueblo de un territorio no autónomo, lo que incluye los referendos, algo que el acto político de autosatisfacción británico de 2013 no cumple ya que no fue ni organizado, ni controlado, ni avalado por las Naciones Unidas. 

Contrariamente a lo que el Reino Unido invocaba, la Corte consideró que la libre determinación ya era un derecho en 1960. Es decir que cuando la Asamblea aprobó la Resolución 2065 sobre Malvinas y no incluyó el derecho de libre determinación de los pueblos para referirse a los habitantes, lo hizo a sabiendas de su no aplicabilidad.

Luego, la Corte reafirmó el rol crucial del principio de libre determinación en el proceso de descolonización, pero recordó que no hay una aplicación unívoca de este principio fundamental del derecho internacional contemporáneo y que en ciertas ocasiones no era aplicable a ciertas poblaciones porque éstas no constituían un “pueblo”, en el sentido jurídico del término. El pueblo de Mauricio no pudo ejercer completamente su libre determinación porque fue privado de parte de su territorio. En el caso Malvinas, es el pueblo argentino el que no puede ejercer su libre determinación sobre parte de su territorio por verse violada su integridad territorial por la principal potencia colonial de la historia.

El análisis de la Corte, al considerar que el territorio de Mauricio a descolonizar comprendía sus “dependencias”, también demuestra que la Cuestión Malvinas, como la trata las Naciones Unidas, incluye las islas Georgias del Sur y las Sándwich del Sur.

La Argentina, al igual que Mauricio, cuenta con el apoyo de la comunidad internacional y con la justeza de su posición. Al igual que Mauricio, exige el cumplimiento de poner fin al colonialismo en todas sus formas y de resolver las disputas por medios pacíficos. Es hora de que el Reino Unido sea, también aquí, responsable y cumpla con sus obligaciones.

Este pequeño Estado del océano Índico, que solo tiene 19 embajadas en el mundo, apeló a todas las herramientas que el derecho y las relaciones internacionales ofrecen, y logró dejar al Reino Unido aislado como un Estado en flagrante violación del derecho internacional. Esto lo puso en mejores condiciones para lograr la restitución de su territorio: su posición ya no fue solamente suya o de la región, sino la de la comunidad internacional toda.

El artículo de Palermo, cuya posición favorable al Reino Unido es conocida, muestra la preocupación de quienes ven en la política activa de la República de Mauricio una amenaza a su intención de mantener el statu quo y el inmovilismo en el caso Malvinas. Es hora de que la Argentina utilice todos los medios que el derecho internacional pone a su disposición.

 

*Docente de Derecho Internacional  / **Profesor emérito de Derecho Internacional. Autores de Las Malvinas entre el Derecho y la Historia.