Estados Unidos es uno de los países que exigen una visa para ingresar a su territorio, ya sea para emigrar o por turismo. Los solicitantes deben cumplir con algunos requisitos específicos, y uno de los más recientes es informar el perfil de las redes sociales.
El gobierno estadounidense incluyó esta medida dentro del formulario DS-160 en 2019. El objetivo es incrementar los controles de seguridad de los visitantes al país para garantizar el orden en su territorio.
Los únicos que tienen excepción de este requisito son los que piden un visado de carácter diplomático u oficial. Pero ¿qué redes sociales se tienen que comunicar?
Visa de Estados Unidos: ¿a quiénes les pueden revisar las redes sociales?
La mayoría de solicitantes de visa, incluidos los visitantes temporales, deberán incluir sus usuarios de redes sociales junto a toda la información personal requerida en el formulario DS-160.
Según el Departamento de Estado de EE.UU, deben responder a preguntas relacionadas con redes sociales “todos los solicitantes de visados no inmigrante e inmigrante”. Con excepción de:
- Visa no inmigrante dirigida a diplomáticos: A-1, A-2
- Visa de tránsito para pasajeros aéreos o marítimos: C-2 y C-3
- Visa para Miembros de Organizaciones Internacionales: G-1, G-2, G3 y G-4
- Visados: OTAN-1, OTAN-2, OTAN-3, OTAN-4, OTAN-5 y OTAN-6
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Las cuatro redes sociales que se deben informar al tramitar la visa de EE.UU
Durante la entrevista y el análisis de antecedentes es posible que los agentes consulares de Estados Unidos revisen las redes sociales de los solicitantes.
Es por ello, que en un apartado del formulario DS-160 el interesado debe informar acerca de los perfiles en redes sociales tanto activos o eliminados en los últimos cinco años y señalar si tiene o tuvo un perfil principalmente en:
No se debe mentir en ese apartado, como en ninguna otra información de dicho cuestionario. Además del historial en redes sociales, a los solicitantes se les pedirá: Número de teléfono; direcciones de correo electrónico; viajes internacionales; estado de deportación utilizados y realizados en los últimos cinco años e información familiar.
Visa de Estados Unidos: ¿qué información debo dar acerca de mis redes sociales?
Los solicitantes de visa deben proporcionar sus nombres de usuario para las plataformas de redes sociales que han utilizado en los últimos cinco años. No se deberá dar ningún tipo de historial ni contraseñas, solo compartir el nombre de usuario o link para observar la cuenta de red social.
De esta manera, los agentes consulares podrán ver únicamente el contenido visible en la red social proporcionada. "El Departamento limita su recopilación a la información relevante para la adjudicación de una visa", indican desde el gobierno de EE.UU.
Además, dicha revisión es para realizar un registro y ningún tipo de opinión política, religiosa, de orientación sexual ni nacionalidad será motivo para que se niegue la visa.
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Si no utilizo redes sociales, ¿pueden rechazar mi solicitud de visa?
En caso de que la persona se niegue a dar esta información, puede ser considerado un motivo para que te nieguen el visado.
En caso de no utilizar ninguna de estas redes en la actualidad, se pedirán los nombres de usuario en cada cuenta utilizadas en los últimos cinco años, aunque no se encuentre contenido reciente en ninguna de ellas.
ms/fl