JUDICIALES
Revés para el gobierno

Por incumplir con el financiamiento universitario, la Justicia Federal impuso una multa diaria a la Jefatura de Gabinete

El juez Martín Cormick sancionó a la Jefatura de Gabinete, conducida por Diego Santilli, con una multa de $100.000 por día por desobedecer la cautelar ratificada por la Corte Suprema. El fallo exige actualizar de inmediato los salarios del personal docente y no docente y garantizar los fondos para becas.

CONGRESO PROTESTA LEY DE FINANCIAMIENTO UNIVERSITARIO 20250806
CONGRESO PROTESTA LEY DE FINANCIAMIENTO UNIVERSITARIO. | Pablo Cuarterolo

El juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Martín Cormick, aplicó una sanción económica (astreinte) de $100.000 diarios a la Jefatura de Gabinete de Ministros, encabezada por Diego Santilli, tras verificar el "incumplimiento verificado" de la medida cautelar que ordena actualizar los salarios docentes y no docentes, además de garantizar los fondos para becas en el marco de la Ley de Financiamiento Universitario.

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Clases publicas para exigir el cumplimiento de la Ley de Financiamiento

La resolución judicial se ejecutó al vencerse los plazos otorgados al Estado Nacional sin que se registraron los pagos exigidos. En su fallo, el magistrado remarcó que "corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y disponer la aplicación de astreintes diarias", advirtiendo además que el monto de la multa y los funcionarios alcanzados podrían modificarse si persiste la desobediencia de la cautelar ratificada por la Corte Suprema.

El apercibimiento por parte del responsable de la causa, se debe al incumplimiento de la ley en el tiempo dispuesto, que fue el 30/09/2026. en concordancia a esta situación, la jefatura deberá cumplir con esto para evitar asumir nuevos cargos en contra, que pueden seguir dañando la salud del gobierno.

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Esta penalización económica se produce mientras la medida cautelar se mantiene plenamente vigente, aun cuando el expediente de fondo respecto a la constitucionalidad de la norma se encuentra actualmente bajo estudio de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. En ese plano, el juez concedió la apelación interpuesta por el Estado Nacional contra el fallo previo que declaró la inconstitucionalidad de la cláusula del decreto 759/2025, con la cual la Casa Rosada pretendía condicionar la puesta en marcha de la Ley de Financiamiento Universitario, rechazando de plano el planteo de “reposición” del Gobierno y elevando las actuaciones al Tribunal de Apelaciones.

La aplicación de las multas se concretó tras acoger un reclamo formal presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), entidad desde la cual se denunció sistemáticamente que “el Estado Nacional continúa sin cumplir la medida cautelar”, recordando además que dicho fallo cautelar fue “confirmado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 25 de junio de 2026”. Previamente, el juzgado había otorgado un plazo de intimación de cinco días que expiró el pasado 22 de septiembre sin que se registraran las partidas exigidas, dictando posteriormente una prórroga por igual término que volvió a ser desoída. Ante la inacción oficial, la representación demandante exigió en su presentación que “se haga efectivo el apercibimiento y se apliquen las astreintes diarias y progresivas por cada día de demora”, derivando en la severa sanción contra el jefe de ministros.

En términos prácticos y presupuestarios, el corazón del reclamo exige la ejecución inmediata de lo estipulado por la legislación aprobada por el Congreso. En primer lugar, la Ley de Financiamiento Universitario establece la obligación legal de adecuar “las remuneraciones del personal docente y no docente de las universidades públicas en septiembre de 2025 para reflejar la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre enero de 2023 y julio de 2025 implicaría otorgar un incremento salarial del 40,25 % sobre los básicos liquidados en julio de 2025”. De manera adicional, la norma dispone que, una vez concretado ese ajuste inicial, los sueldos del sector deben ser actualizados mensualmente conforme a la inflación medida por el IPC. Asimismo, el texto legal contempla un apartado clave para el estudiantado, determinando que los fondos destinados a las becas universitarias deben recomponerse y actualizarse para evitar la pérdida del poder adquisitivo de los alumnos.