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Se develó el misterio

El impuesto a la renta inesperada son dos cambios a la Ley de Impuesto a las Ganancias

Se suman dos artículos y el Gobierno deberá recurrir a la Cámara baja para poder aprobar las modificaciones.

Alberto Fernández y el ministro de Economía Martín Guzmán 20220606
Alberto Fernández y el ministro de Economía Martín Guzmán en el anuncio del proyecto a la renta inesperada. | Captura de Pantalla

El ministro de Economía Martín Guzmán confirmó que envió al Congreso el proyecto de ley para crear el impuesto a la renta inesperada por el escenario de la guerra en Ucrania. La iniciativa concluyó con las especulaciones sobre la fórmula fiscal que utilizará el Palacio de Hacienda para avanzar con este cambio tributario y sumar respaldos en la Cámara de Diputados. 

El texto propone sumarle dos artículos a la Ley de Impuesto a las Ganancias n° 27.430. Propone sumar los artículos 195 y 196 para que los contribuyentes paguen “por única vez” una “alícuota adicional del 15% sobre el excedente de la ganancia neta imponible” que resulte de comparar los resultados del ejercicio de este año con el anterior. Sólo quedarán alcanzados aquellos que tengan “una ganancia neta imponible” de 1,000 millones de pesos

"El Gobierno espera recaudar US$ 1.000 millones por el impuesto a la renta inesperada"

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En sus fundamentos el proyecto menciona las experiencias recientes de Italia, que aprobó un impuesto a la renta inesperada de 4.000 millones de euros, el del Reino Unido que debatirá un gravamen del 25% para las compañías energéticas productoras de gas y petróleo con “deducciones en caso de reinvertirla”. 

El dato técnico sobre los cambios a la ley 27.430 anticipa que el oficialismo buscará sumar el respaldo de aliados esquivos, que habían anticipado su rechazo cuando Guzmán habló por primera vez del tema. La formulación de la propuesta busca sumar votos en Diputados, especialmente del lavagnismo que mantiene en suspenso su pronunciamiento, pero sus dirigentes habían dicho que estaban de acuerdo con impulsar ese cambio dentro de la ley de Ganancias. 

El Ejecutivo no tiene otro camino que recurrir a la Cámara baja para avanzar con este cambio. El presidente Alberto Fernández no puede firmar un DNU porque no puede firmar decretos de necesidad y urgencia para temas tributarios, penales o electorales. Tampoco puede evitar la Cámara baja, porque es la cámara de origen para cuestiones impositivas.

CB PAR