El ex subsecretario de Combustibles de la Nación Cristian Folgar analizó el fallo de la justicia estadounidense sobre YPF y aseguró que, para quedarse con el 51% de la empresa estatal, el fondo Burford estaría obligado a comprar el 100% de las mismas. “Estarían obligados a comprar el otro 49%, con las fórmulas del estatuto que hacen que las acciones sean bastante más caras”, dijo en Modo Fontevecchia, por Net TV, Radio Perfil (AM 1190) y Radio JAI (FM 96.3).
Cristián Folgar es economista, consultor, de una amplia experiencia en el sector energético y en servicios públicos. Fue subsecretario de Combustibles de la Nación entre 2003 y 2007. También es productor agropecuario y docente universitario, tanto en la Universidad de Buenos Aires como en la Universidad Nacional de San Martín.
Me gustaría, en dos minutos y lo más didácticamente posible, que nos explique por qué hay una diferencia entre lo que dice la inflación del INDEC —conducido por un independiente en este caso, como Lavagna— y lo que usted siente que sería lo real.
En realidad no es una sensación particular de nadie, sino que el IPC es una canasta de consumo que está desactualizada. De hecho, el INDEC ya actualizó la canasta, solo que todavía no se está aplicando. Primero que el IPC, en realidad, es un índice de precios que no necesariamente reflejan la inflación —pero eso es una cuestión, si se quiere, más técnica—. Lo concreto es que la canasta que actualmente utiliza el IPC está desactualizada. Y esto lo dice el propio INDEC, porque el INDEC ya hizo los deberes como para actualizar la canasta.
Perdón, Cristian. La de la Ciudad de Buenos Aires sí está actualizada. Esa sí podría medir más realmente.
Sí, Buenos Aires mide un poco mejor porque actualizó lo que sería el peso de los servicios. Por eso, a veces hay diferencias. Y en los últimos tiempos, por ejemplo, se notaron esas diferencias entre la Ciudad y la Nación. La Ciudad, como vos bien decís, tiene una canasta bastante más ajustada. Nunca hay una canasta perfecta. Nunca una canasta promedio refleja a una familia en particular, pero la Ciudad ciertamente tiene una canasta más moderna.
Bueno, pero aún así las diferencias entre la de la Ciudad y la Nacional no son de una envergadura sideral.
No, no. De hecho, eran bastante parecidas. Después se fueron ampliando, pero aún tomando las más amplias no son siderales.
Me parece interesante. Yo citaba el tema de que fuiste subsecretario de Combustibles de la Nación entre 2003 y 2007. Me parece importante el tema de YPF. Me pareció muy interesante ayer la exposición de Pichetto, cuando él plantea que cuando se aprobó, en su momento, la nacionalización y la estatización de la mayoría de las acciones de YPF, el 90% de los legisladores lo aprobaron.
Obviamente, en esa época el PRO no tenía la incidencia que tiene ahora. La Libertad Avanza no existía. Digamos, la oposición la llevaban adelante un conjunto de radicales, socialistas, progresistas, podríamos decir. Era una sociedad distinta. Que se haya aprobado la nacionalización con esa proporción de acuerdo entre la oposición y el oficialismo, de alguna manera, muestra qué distinta era esa Argentina de hoy. ¿Cuánto cambió esa Argentina actual respecto de aquella?
Sí, sí, claramente. Todo refleja la composición de la Cámara de Diputados. Hasta el propio Miguel Pichetto está en un espacio político distinto al que ocupaba en ese momento, y también es un reflejo de cómo ha cambiado la sociedad. Si querés, podés decir que la sociedad se ha "derechizado", y hay algunas cosas que han pasado que seguramente llevaron a la sociedad a adoptar esa postura.
Lo que sí es cierto es que el Congreso de la Nación trató dos veces el tema YPF: primero para la expropiación, y después lo trató para autorizar el endeudamiento para pagarle a Repsol por la parte expropiada. Y en los dos casos hubo un apoyo bastante fuerte por parte del Congreso, con mayorías que son bastante inusuales para las leyes.
No sé si te hago una pregunta que trasciende tu marco de especialización: ¿vos podrías explicar, de manera didáctica, por qué, si alguien tenía el 25% de las acciones, en un fallo le dan el 51%?
El tema es así: el fallo es un fallo monetario, digamos. Es decir, la jueza hace dos años sanciona a la Argentina con 16.000 millones de dólares. Argentina no ofreció, en ese plazo, ninguna garantía ni se puso de acuerdo para pagar ni nada por el estilo. Por un argumento —entiendo yo— que es bastante sólido del Estado Nacional: que si se está apelando, el Estado no puede negociar cuando todavía no tengo el argumento argentino.
Mi pregunta es: ¿por qué con el 25% te dan el 51%?
Lo que pasa es que a nosotros nos castigaron con un monto de plata. Entonces, la jueza lo que dice es: parte de la plata con la que se pueden cobrar los que ganaron son las acciones de YPF. De hecho, también menciona algunas acreencias que Argentina tendría con Paraguay respecto de Yacyretá.
Entonces, en definitiva, no hay que verlas como acciones en sí: si fueran acciones de otra empresa, a la jueza le daría lo mismo. Porque la jueza las está mirando como un monto de plata. Es decir: hay que pagar 16.000 millones, y el 51% que el Estado tiene en YPF es plata. Bueno, esa plata va como parte de pago. No hace una vinculación aritmética de acciones.
Entiendo, Cristian. Simplemente estoy tratando de hacer un pase para explicar la inconsistencia o exageración del fallo. Si finalmente la persona tenía el 25% de las acciones, la lógica sería que el punitorio esté dentro de ese porcentaje y que no termine con el 51% de las acciones.
Justamente, uno de los argumentos del Estado Nacional al cuestionar el fallo es, justamente, el monto del fallo. Una de las cosas que ya apeló el Estado Nacional es el monto del fallo, porque —entre otras cosas— está calculado de una manera tan exagerada que llegamos a ese punto.
Y podríamos explicar a la audiencia también que, en realidad, el tema es que con ese 25% tenían el control, y que el control vale un poco más que las acciones en minoría, pero no tendría que ser tanto más. Es decir, no es lo mismo tener el 51% que tener el 25%. El 51%, integrado con Repsol, le daba no solo el porcentaje de acciones, sino la posibilidad de control de la compañía.
Claro. Bueno, de hecho, el estatuto de YPF lo que establece es que, si alguien quiere tener más del 15%, tiene que ofertar por el 100%. Con lo cual, si volviéramos al escenario del estatuto pre expropiación, no podría haber alguien que tenga el 51% y otro el 49%. Directamente, tendría que haber alguien que tenga o bien menos del 15%, o el 100%.
O sea, le tenía que haber ofertado a la otra parte el mismo monto que le ofertó a Repsol por la compra de su parte, para ponerlo en términos concretos.
De hecho, eso es lo que la jueza, en su fallo de hace casi dos años, dijo. Dijo: "Argentina tendría que haber cumplido con el estatuto. En vez de expropiar el 51%, debía haber expropiado todo."
Pero acá se da una paradoja: si este grupo se queda con el 51% de las acciones y hay que cumplir con el estatuto original de YPF, ellos estarían obligados a comprar el otro 49%, con las fórmulas del estatuto que hacen que las acciones sean bastante más caras.
Porque el estatuto establece que el cálculo para comprar el porcentaje restante es un cálculo que eleva el precio respecto a la cotización bursátil. Con lo cual, incluso, hay que ver hasta dónde lo está beneficiando al grupo demandante, porque ellos tendrían que ofertar por todo el resto de la compañía también.
MC/EM