La Cámara Federal de Casación Penal, en su Sala IV, dictó este jueves un fallo que marca un giro en uno de los procesos judiciales más resonantes de la última década en el Chaco: absolvió a la exintendenta de Resistencia, Aída Ayala, y a seis coimputados por falta de pruebas que acreditaran un obrar delictivo en la administración municipal.
La resolución, firmada por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Diego Barroetaveña, dejó sin efecto la condena impuesta por el Tribunal Oral Federal de Resistencia en 2024, que había sentenciado a Ayala a tres años de prisión en suspenso, inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y multa de 90 mil pesos, al hallarla culpable del delito de fraude en perjuicio de la administración pública.
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Falta de pruebas y condena arbitraria
Los camaristas fueron categóricos al sostener que “no existe prueba suficiente, ni directa ni indiciaria, que permita afirmar que Aída Beatriz Máxima Ayala haya direccionado su administración de manera abusiva o irregular a favor de la firma PIMP SA”, la empresa que motivó la investigación iniciada en 2018.
Según el voto mayoritario, la sentencia del tribunal chaqueño “se basó en conjeturas y valoraciones arbitrarias sin sustento probatorio”, al tiempo que destacó que “la sola adjudicación de contrataciones dentro de un proceso administrativo legítimo no puede, por sí misma, configurar un delito”.
Para los magistrados, las presuntas maniobras de direccionamiento no pudieron ser demostradas ni mediante documentación ni a través de testimonios. “La ausencia de elementos objetivos impide sostener una hipótesis de fraude o abuso de poder”, remarcaron en el extenso fallo.
Un fallo absolutorio y definitivo
En el tramo resolutivo, la Cámara Federal de Casación Penal resolvió “casar y dejar sin efecto la sentencia recurrida” y, en consecuencia, “absolver a Aída Beatriz Máxima Ayala, Daniel Alejandro Fischer, Carlos Secundino Huidobro, Pedro Alberto Martínez, Eulalio Alfredo Bouza, Rolando Javier Acuña y Luis Guillermo Escobar”, todos acusados en la causa.
La decisión implica que quedaron sin validez todas las condenas dictadas el 10 de mayo de 2024, cerrando así el expediente judicial conocido como “Lavado II”, que tuvo más de siete años de trámite.
El origen de la causa
El caso se había iniciado en enero de 2018, a partir de una denuncia por presunto direccionamiento de licitaciones municipales hacia la empresa PIMP SA, integrada por allegados al dirigente sindical Jacinto Amaro Sampayo.
El Tribunal Oral Federal de Resistencia había considerado que existían pruebas de una operatoria irregular, imponiendo penas de entre tres y seis años y medio de prisión a los empresarios Fischer, Huidobro, Martínez, Bouza, Acuña y Escobar.
No obstante, la revisión de Casación determinó que ninguna de esas conclusiones estaba respaldada por evidencia firme y que las contrataciones cuestionadas “se realizaron conforme a procedimientos administrativos regulares cuya licitud no fue desvirtuada”.
La decisión deja a Aída Ayala completamente exenta de responsabilidad penal y le permite retomar la actividad política, ya que la sentencia anterior incluía una inhabilitación perpetua.