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Corrientes: la Justicia ordena al Municipio de Empedrado frenar ruidos y contaminación lumínica de una cancha

El Superior Tribunal de Justicia rechazó un recurso extraordinario y confirmó la sentencia que obliga al municipio a implementar medidas para evitar molestias excesivas.

Fallo contra el municipio de Empedrado
El fallo ordena fijar horarios de uso y reparar el alambrado. | Ilustrativa

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes confirmó una sentencia desfavorable para la Municipalidad de Empedrado y la obligó a tomar acciones concretas para proteger a una vecina de las molestias generadas por una cancha de fútbol ubicada a solo tres metros de su vivienda.

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La vecina, identificada como M., denunció al Municipio por inmisiones, es decir, las molestias que exceden la normal tolerancia generadas por ruidos, iluminación o vibraciones. Sus reclamos se basaron en los constantes impactos de la pelota que marcaban la pared, los ruidos nocturnos que impedían el descanso familiar y la contaminación lumínica generada por reflectores encendidos hasta altas horas de la noche.

Fallo firme: el Municipio no refutó las pruebas

La Municipalidad de Empedrado intentó sin éxito revertir la sentencia en primera instancia y en la Cámara de Apelaciones. En su recurso extraordinario ante el STJ, argumentó que la vecina no había agotado la vía administrativa y cuestionó el proceso, pero el máximo tribunal provincial declaró el recurso inadmisible.

El STJ indicó que las supuestas nulidades no fueron planteadas de manera oportuna y que, fundamentalmente, el municipio no aportó pruebas para refutar los hechos constatados en el lugar.

En el fallo n° 217/25, el ministro Guillermo Horacio Semhan, autor del primer voto, fue categórico al asegurar que las molestias ocasionadas excedían la normal tolerancia y reconoció el derecho de la vecina a reclamar su cese.

El Estado municipal es responsable de preservar el bienestar de quienes viven cerca de los espacios públicos.

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Medidas ordenadas por la Justicia

La sentencia, ahora firme, ordena al Municipio de Empedrado a:

  1. Reparar y mantener en condiciones el alambrado divisorio de la cancha.

  2. Fijar horarios de uso del predio y de los reflectores, con un límite nocturno estricto que evite ruidos y contaminación lumínica excesiva.

  3. Garantizar que la actividad deportiva no exceda la normal tolerancia exigible por la convivencia urbana.