El Congreso de la Nación está considerando modificar la ley de tránsito para incorporar una prohibición absoluta de conducción de vehículos motorizados con una graduación de alcohol en sangre mayor a cero, conocida como Alcohol Cero al Volante. Esta modificación ya tiene media sanción de la Cámara de Diputados y podría ser tratada en el Senado antes de fin de año.
La conducción bajo los efectos del alcohol es un grave problema de salud pública, y uno de los principales factores que contribuyen a miles de muertes anuales en accidentes de tránsito en todo el mundo. Según datos oficiales, en Argentina el consumo de bebidas alcohólicas ocasiona uno de cada cuatro accidentes viales y alrededor de mil personas mueren cada año como consecuencia de estos accidentes.
El debate público sobre esta modificación representa una oportunidad para reflexionar sobre sus fundamentos. Existen, al menos, tres razones que justifican la adopción de la medida de Alcohol Cero al Volante: la prevención de daños a terceros, la prevención de daños a la persona que conduce alcoholizada y la protección de la salud pública.
Conducir vehículos motorizados bajo los efectos del alcohol presenta, claramente, un riesgo de daño hacia los demás, ya sean pasajeros, peatones, ciclistas u otros conductores. Dado el peligro para terceros, estaría permitido restringir la libertad de quien pretende conducir alcoholizado porque esta debe ejercerse dentro de los límites establecidos por los derechos de los demás a la integridad corporal y a la vida.
En lo que respecta a prevenir daños a la persona que conduce alcoholizada, la modificación propuesta pretende proteger a los conductores alcoholizados de daños autoinfligidos. Además de proteger de accidentes que puedan ocasionar su muerte, quienes conducen bajo los efectos del alcohol pueden sufrir lesiones y discapacidad que perjudiquen sus actividades sociales y económicas, que reduzcan su calidad de vida y que afecten negativamente a sus seres queridos.
Por supuesto, podría objetarse que esta medida sería una limitación paternalista a la autonomía de la persona que conduce alcoholizada. No obstante, esta objeción es incorrecta porque la capacidad para tomar decisiones de la persona alcoholizada está limitada por su estado de intoxicación: bajo los efectos del alcohol, los reflejos disminuyen, se altera la percepción de las distancias y las personas no pueden comprender completamente todo lo que lógica y prácticamente se deriva de sus acciones y decisiones, así como sus respectivos riesgos. Así, la propuesta de Alcohol Cero al Volante estaría justificada como una medida orientada a neutralizar los riesgos al conductor en situaciones de racionalidad limitada.
Adicionalmente, aquellos que argumentan que esta modificación de la ley nacional de tránsito es paternalista y no debe recurrirse al uso coercitivo del poder del Estado para limitar las acciones de las personas suelen confundir dos acciones: el consumo de alcohol y conducir luego de ese consumo. Prohibir conducir vehículos motorizados con una graduación de alcohol en sangre mayor a cero no prohíbe ni penaliza el consumo social del alcohol. Por otro lado, la restricción a la conducción en estos supuestos no limita la autonomía de las personas que deciden beber en tanto hay múltiples alternativas para transportarse: desde tomarse un taxi o usar el transporte público hasta elegir un conductor designado.
Desde una perspectiva de salud pública, es importante notar que, si bien en muchas ocasiones nos referimos a las consecuencias de conducir alcoholizado como “accidentes”, la realidad es que estos no ocurren por casualidad, sino que son prevenibles. Un enfoque de salud pública permite entender este debate desde una perspectiva colectiva que considera los riesgos como comunes al grupo y fomenta un sentido colectivo de responsabilidad por el bienestar de todas las personas.
Las leyes cumplen un rol importante en reducir lesiones y muertes relacionados al tránsito mediante el establecimiento y cumplimiento de estándares, como los límites de velocidad, la exigencia de uso de cinturones de seguridad o, en este caso, la adopción de medidas para prevenir la conducción bajo los efectos del alcohol.
Para ser efectiva, naturalmente, la modificación de la ley nacional de tránsito que incorpora la medida de Alcohol Cero al Volante deberá ir acompañada de una asignación adecuada de recursos que contribuyan a su efectiva implementación. No obstante, representa un paso en la dirección correcta y el Congreso no debería desaprovechar la oportunidad de adoptar una medida que, en definitiva, protegerá a toda la comunidad.
*Director adjunto de los programas de Salud y Derecho del Instituto O’Neill de la Universidad de Georgetown.
**Director general de Estudios y profesor de la carrera de Abogacía de la Universidad Torcuato di Tella, respectivamente.