El Frente de Todos tiene el objetivo de lograr quórum propio en ambas cámaras legislativas a partir del próximo 10 de diciembre. Políticamente es lógico -porque siempre los oficialismos buscan que la tarea legislativa les sea más accesible-, peroinstitucionalmente es importante tener en cuenta cuáles son los riesgos que existen cuando el partido o agrupación política a la que pertenece el primer mandatario tiene mayoría absoluta en ambas cámaras.
En primer lugar a los presidentes les resultaría muy fácil ejercer atribuciones del Congreso, no solo porque les sería sencillo lograr que los legisladores que le responden votaran a favor de cualquier proyecto de ley enviado por aquel a las cámaras, sino además porque el Congreso aprobaría todos los decretos de necesidad y urgencia, y los delegados, que a aquel se le ocurriera firmar.
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Adviértase que, cuando el Presidente dicta decretos de necesidad y urgencia, lo que en realidad está haciendo es ejercer potestades del Congreso, por considerar que existen circunstancias excepcionales que le impiden esperar los procesos legislativos. Pues por la gravedad que el dictado de dichos decretos conlleva, la Constitución Nacional dispuso que deben ser ratificados por el Congreso de la Nación, lo cual es muy fácil de lograr con un Congreso oficialista.
Por su parte, desde 1994 la Constitución Nacional autoriza al Congreso a delegar sus atribuciones al primer mandatario, y el ejercicio de dichas facultades delegadas se realiza a través de los llamados decretos delegados que emite el Presidente. Luego, cuando en el Congreso hay mayoría oficialista, la delegación se facilita notablemente, así como también la posterior aprobación parlamentaria de dichos decretos.
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Un Congreso favorable podría complicar la concurrencia de los ministros cuando se los pretende interpelar, simplemente porque las mayorías oficialistas podrían no apoyar esos pedidos de interpelación. Del mismo modo, mayorías oficialistas en el Senado facilitarían mucho los acuerdos que dicha Cámara presta para la designación de jueces federales, así como también para la del Procurador General de la Nación (que es el jefe de los fiscales que eventualmente deben investigar actos de corrupción), del Defensor General de la Nación, de militares de alta jerarquía y embajadores.
También al Presidente le resultaría fácil iniciar juicio político a los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que con sus sentencias pudieran obstaculizar la gestión del Gobierno; y del mismo modo, si tenemos en cuenta que el órgano que efectúa el control externo del sector público nacional en sus aspectos económicos y financieros, es el Congreso de la Nación -con el asesoramiento de la Auditoría General de la Nación-, si aquel tuviera mayoría oficialista, la efectividad de ese control decrecería considerablemente.
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Por último, con un Congreso en mayoría, al Presidente se le haría sencillo cualquier intento para modificar la Constitución Nacional con el objetivo de relativizar los límites que ella impone a los gobernantes, por ejemplo en materia de reelección. Es cierto que para reformar la Carta Magna el Congreso debe declarar la necesidad de reforma con dos tercios de la totalidad de los miembros de cada Cámara; pues con mayoría absoluta en ambas, la posibilidad de acceder a aquel quórum es mayor.
Significa, entonces, que la tarea de control que ejerce el Congreso, y el contrapeso que este representa en el esquema de todo gobierno republicano, se diluye cuando en él hay mayorías que responden dócilmente a los designios de un presidente.