Hay ausencias que no se explican con el paso del tiempo. Se agravan. Cada explicación falsa no solo aleja a Loan: erosiona la confianza pública en la Justicia.
Esta nota está muy lejos de ser una primicia. Quien se haga eco, honrará sin ambigüedades ni eufemismos la memoria de nuestra deuda con quien debemos buscar y encontrar.
La frase quedó resonando en los oídos de los padres de Loan y de todos los que la escuchamos por primera vez, pronunciada al aire en una entrevista en este mismo medio en su espacio televisivo, por su responsable máximo. La presencia de la ausencia. Completando esta humana reflexión, alguien dijo alguna vez que hay ausencias que no se limitan a no estar: ocupan todo el espacio que la verdad dejó vacío.
Esta Nochebuena, mientras la Argentina se sienta a la mesa para celebrar, Loan Danilo Peña sigue desaparecido. Desde el 13 de junio de 2024, un niño de cinco años no está. Y esa sola constatación convierte cualquier intento de cierre apresurado en una forma de negación institucional.
Loan no está extraviado.
No se perdió. Está desaparecido en el marco de una causa penal federal por un delito permanente, con múltiples imputados, con líneas de investigación abiertas y con un legajo de búsqueda que nunca fue desactivado. El tiempo no cerró este caso.
Lo volvió más grave.
El día uno: cuando el relato no cerró
Loan fue visto por última vez el jueves 13 de junio de 2024, en horas de la tarde, en un paraje rural de la provincia de Corrientes, durante una reunión familiar y social. Un entorno de baja densidad poblacional, caminos de tierra, viviendas dispersas, sin complejidad urbana ni tránsito intenso.
El niño se encontraba bajo el cuidado de adultos conocidos. En un momento determinado, desapareció del campo visual de quienes estaban a cargo. No volvió a aparecer.
Caso Loan: un testigo protegido reactivó la búsqueda y rastrillaron cuatro lagunas
Las primeras horas —decisivas en cualquier desaparición infantil— estuvieron atravesadas por relatos contradictorios, horarios imprecisos, versiones cambiantes y conductas posteriores que no resultaron compatibles con una búsqueda espontánea y desesperada.
Ese fue el punto de quiebre: cuando los adultos no logran explicar de manera coherente qué pasó con un niño, el derecho penal deja de hablar de accidente.
De la hipótesis de extravío a la desaparición con intervención de terceros
Ante la ausencia total de resultados en los primeros rastrillajes y frente a un cuadro de inconsistencias que se acumulaban, la investigación abandonó rápidamente la hipótesis de extravío. La posibilidad de una desaparición con intervención de terceros se volvió dominante. Y con ella, la necesidad de una respuesta federal, integral y especializada.
No fue una decisión retórica. Fue una decisión técnica.
Cuando aparecen indicios de organización, encubrimiento o traslado, la fragmentación jurisdiccional se vuelve funcional al delito. Por eso la causa pasó al ámbito de la Justicia Federal y comenzó a ser abordada como un hecho complejo, no como un episodio aislado.
Quién investiga y por qué el caso nunca se cerró
Desde el inicio intervino la PROTEX, con los fiscales Marcelo Colombo y Alejandra Mángano, y luego quedó a cargo del fiscal Carlos Schaefer, hoy responsable de la preparación del juicio oral.
La investigación se desarrolla bajo la dirección de la jueza federal Cristina Pozzer Penzo, quien sostuvo un criterio constante, poco frecuente y jurídicamente sólido: no cerrar hipótesis, no clausurar líneas y mantener activa la búsqueda, aun cuando el clima político, mediático y social presionaba en sentido contrario.
Diecisiete imputados, dos núcleos y un dato clave
Uno de los datos menos comprendidos —y más relevantes— del expediente es que la causa no gira en torno a uno o dos sospechosos, sino que involucra a 17 personas imputadas, con roles diferenciados.
Siete de ellas se encuentran imputadas directamente por la desaparición del niño, en el marco de un delito permanente. Otras diez, por hechos conexos: encubrimientos, falsedades, omisiones, interferencias y desvíos que no explican el hecho inicial, pero sí explican por qué el hecho no pudo esclarecerse en las primeras horas.
En delitos contra menores, el encubrimiento no es una nota al pie. Es parte del fenómeno criminal.
Una investigación que fue más lejos de lo habitual
La causa no se agotó en rastrillajes rurales. Avanzó hacia medidas excepcionales, propias de investigaciones por criminalidad organizada.
Se libraron oficios a agencias espaciales internacionales para obtener imágenes satelitales de alta resolución, focalizadas en ventanas temporales críticas posteriores a la desaparición. No es una medida rutinaria. Se adopta cuando se investiga posible logística de traslado o alteración deliberada del escenario.
Se activó el Alerta Sofía, se emitieron alertas amarillas internacionales, se incorporó el caso a aeropuertos, pasos fronterizos y sistemas migratorios, y se reforzó la cooperación internacional. Se ordenaron pericias técnicas, reconstrucciones, análisis de comunicaciones y la actualización del rostro de Loan mediante técnicas de progresión de edad.
Todo converge en un dato institucional central: el legajo de búsqueda sigue activo. No como gesto simbólico, sino como decisión jurídica. Por qué esto no es una simple sustracción de menor
Desde una lectura estrictamente dogmática, reducir este caso a una sustracción simple de menor (art. 146 CP) resulta jurídicamente insuficiente. No porque la figura no sea relevante, sino porque el conjunto de conductas posteriores, interferencias y operaciones periféricas excede ese marco típico aislado.
Las causas complejas no se definen solo por el momento del hecho, sino por lo que ocurre después. Y aquí ocurrió mucho.
Hubo operaciones de encubrimiento, aparición de actores ajenos al núcleo familiar, irrupción de falsos profesionales, de supuestos especialistas no requeridos, y relatos prematuros que intentaron instalar que el caso estaba “resuelto”, aun cuando el niño seguía desaparecido.
También aparecieron personajes vinculados a la justicia provincial y a la política local. Se multiplicaron ataques públicos contra la jueza, los fiscales, los investigadores y la familia. Se promovieron denuncias infundadas, litigios laterales y exposiciones públicas que corrieron el eje del caso lejos de Loan.
La pregunta es inevitable, y jurídicamente legítima: ¿a quién benefició ese ruido? ¿quién lo motorizó? ¿quién lo financió? ¿con qué objetivo se intentó desacreditar a la investigación federal mientras el niño no aparecía?
El ruido como estrategia y las hipótesis que nunca cerraron
A esa altura, las preguntas dejaron de ser incómodas para volverse inevitables, persistentes, casi físicas para cualquiera que siguiera el expediente sin prejuicios ni consignas prefabricadas: ¿quién decidió que el espacio público debía ocuparse antes que el expediente?, ¿quién articuló la aparición casi simultánea de fundaciones, voceros ocasionales y supuestos expertos que nadie había requerido?, ¿quién habilitó que personas sin rol procesal intervinieran sobre testigos y, en algunos casos, incluso sobre otros niños?, ¿por qué se permitió que relatos frágiles, no verificados, se convirtieran rápidamente en verdades instaladas?, ¿quién evaluó —o prefirió no evaluar— el impacto que esas intervenciones tenían sobre la búsqueda real de Loan?
¿Quién toleró que versiones inconsistentes circularan durante días sin una rectificación clara?, ¿por qué se atacó con tanta insistencia a la jueza y a los fiscales que sostenían la investigación federal?, ¿a quién incomodaba que la causa no se cerrara rápido?, ¿quién necesitaba imponer la idea de un accidente antes de que existieran pruebas sólidas?, ¿por qué se intentó transformar una desaparición en una explicación cómoda, tranquilizadora, funcional al cansancio social?
¿Quién impulsó el desgaste público de la familia?, ¿quién financió campañas de descrédito presentadas como gestos de ayuda?, ¿quién decidió correr el eje del caso lejos de Loan y arrastrarlo hacia debates laterales?, ¿por qué se multiplicaron denuncias infundadas justo cuando el expediente empezaba a adquirir densidad?, ¿a quién beneficiaba, en términos judiciales, políticos o simbólicos, ese desorden cuidadosamente administrado?
¿Qué vínculos reales existían entre los imputados y los operadores externos que irrumpieron en escena?, ¿qué conversaciones precedieron a esas apariciones supuestamente espontáneas?, ¿quién garantizó cobertura, logística y protección a quienes desviaron la investigación?, ¿por qué ciertos nombres aparecieron reiteradamente en el expediente pero nunca en el debate público?, ¿qué intereses se activan cuando una causa comienza a rozar estructuras más amplias que un hecho local?
¿Por qué algunas fuentes poco confiables lograron instalar versiones sin respaldo probatorio?, ¿quién decidió qué hipótesis se repetían hasta volverse sentido común y cuáles quedaban relegadas al silencio?, ¿qué se buscaba tapar con tanto ruido?, ¿cuántas horas críticas se perdieron siguiendo pistas diseñadas para no conducir a ningún lado?, ¿cuánta energía institucional se dilapidó apagando incendios encendidos desde afuera?
Y entonces queda la pregunta final, la más simple y la más incómoda, la que atraviesa toda la causa como una sombra persistente: ¿quién necesita —todavía hoy— que la verdad sobre Loan no se diga del todo, no se escuche con claridad y no termine nunca de pronunciarse?
El juicio oral: cuando el proceso empieza a hablar
El juicio oral que comienza el 27 de febrero no es un trámite final. En causas de esta naturaleza, es el punto de máxima presión del sistema. La oralidad, la publicidad y la confrontación directa con la prueba alteran los incentivos individuales.
La experiencia judicial es consistente: los pactos de silencio no resisten indefinidamente cuando el costo personal del encubrimiento supera al de la colaboración. El derecho penal federal prevé mecanismos de colaboración eficaz para quien aporte información sustancial, verificable y útil, especialmente cuando permite localizar a la víctima o identificar responsabilidades mayores.
No es indulgencia. Es racionalidad institucional.
Evaluación institucional: por qué el quiebre es posible
Desde los estándares de la Cámara Federal de Casación Penal, la causa se encuentra en el estadio típico donde el silencio empieza a resquebrajarse. La ecuación es conocida: prueba acumulada, presión procesal y proximidad del debate. Cuando uno habla, otros quedan expuestos. Cuando el silencio cede, la verdad circula.
Por eso sostener el proceso no es demora. Es condición de eficacia. Abandonar ahora sería una claudicación institucional grave.
Desde esta lógica seca y jurídica, encontrar a Loan vivo, sano y salvo no es una quimera. Es una posibilidad real si el proceso se lleva hasta sus últimas consecuencias.
La última frontera de la república: la verdad o el silencio
Aquí aparece una dimensión que excede al expediente judicial y alcanza de lleno a la República: porque cuando una verdad incómoda a tantos deja de ser un dato y se vuelve un problema, y cuando el silencio se defiende con tanta insistencia ya no es omisión, es una decisión.
La obligación de investigar desapariciones de niños no es solo legal: es una exigencia constitucional y convencional asumida por el Estado argentino.”
Cada persona, desde su propia mirada, su pensamiento y su ideología, elige cómo, dónde, cuándo y a través de qué medios informarse; de esas decisiones depende su capacidad para evaluar una realidad dinámica, cambiante y vertiginosa, aunque hay una regla que rara vez falla: quien confía en la virtud de la verdad se equivoca menos.
Buscar a Loan no es solo una tarea de la Justicia, es una prueba cívica: es preguntarnos qué clase de país somos cuando un niño desaparece y el ruido intenta reemplazar a la verdad; es decidir si aceptamos explicaciones fáciles o si exigimos respuestas completas, jurídicas, fundadas en evidencias y en rigor científico, y no en especulación, chisme, rumor, calumnia, injuria, noticias falsas, información falsa o desinformación deliberada —las llamadas operaciones de desinformación, comúnmente conocidas como fake news.
Es elegir entre el cansancio y la memoria, entre la comodidad y la responsabilidad, porque la Justicia Federal tiene el deber indelegable de investigar hasta el final, pero la sociedad tiene también una obligación propia: no mirar para otro lado, no naturalizar el silencio ni resignarse al paso del tiempo como coartada; porque en una Nación que se respeta, la verdad no se negocia, la infancia no se abandona y el silencio —por más organizado, persistente o sofisticado que esté— nunca puede convertirse en destino. Con un juicio oral fijado para febrero, la causa entra en su etapa decisiva.
(*) Abogado