OPINIóN
Decreto 892/2025

El Gobierno termina el 2025 profundizando su camino para desregular el comercio exterior

El Gobierno consolida un cambio de rumbo en la política de comercio exterior: menos controles previos, más reconocimiento de estándares internacionales y un Estado enfocado en la fiscalización por riesgo.

Courier
La flexibilización de courier disparó las compras en el exterior. | CEDOC

El Gobierno termina el año marcando el mismo rumbo con el cual comenzó su gestión: desregulaciones para el comercio exterior eliminando trabas burocráticas para la exportación y la importación de diferentes bienes y servicios.

Por medio del Decreto 892/2025, el Ejecutivo estableció, el pasado miércoles 17 de diciembre, que los requerimientos técnicos para importar y comercializar mercaderías se considerarán satisfechos si cuentan con avales de países de referencia u organismos acreditados, con el propósito de acelerar el intercambio comercial.

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Según la reglamentación oficial, se busca simplificar procedimientos, suprimir controles innecesarios y acelerar la entrada de mercaderías, en línea con los compromisos de la Argentina ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y los convenios multilaterales añadidos por la Ley 24.425.

La medida contempla que podrán presentarse los certificados emitidos por autoridades oficiales, organismos certificadores reconocidos o informes de ensayo de laboratorios acreditados, siempre que demuestren el cumplimiento de las mismas normas técnicas y de calidad requeridas en el país.

Importaciones

Por otro lado, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía quedó facultada para definir mecanismos alternativos de validación. En el caso de los productos fiscalizados por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), se regula solo a los mecanismos de acreditación técnica para la importación y comercialización de categorías específicas, como productos médicos de bajo riesgo, cosméticos, productos de higiene personal, perfumes, productos sanitarios y dispositivos de diagnóstico in vitro que no necesiten de la cadena de frío.

Para estos casos, se requiere que los bienes estén permitidos para su consumo en al menos una de las naciones de referencia o que cuenten con certificaciones oficiales o ensayos que demuestren el cumplimiento de las normativas técnicas a nivel local.

La resolución también abarca a los productos que se encuentran bajo el control del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), como fitosanitarios y productos veterinarios, que podrán comercializarse en Argentina siempre que, además de adaptarse a las exigencias generales, los importadores presenten una declaración jurada que asegure que no significan un peligro para la salud humana, animal ni para el territorio argentino.

Entre otras cosas, la disposición excluye a armas, explosivos y sustancias químicas, mercaderías usadas o reacondicionadas, productos cuya comercialización esté restringida en el país y productos contemplados por el Código Alimentario Argentino, así como medicamentos, fertilizantes y bienes alcanzados por esquemas especiales.

También quedan afuera los productos sin procesamiento industrial, como semillas, frutas, ganado, carnes y otros derivados silvoagropecuarios, definidos en los acuerdos sanitarios de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

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El decreto establece además que la Dirección General de Aduanas, dependiente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y del Ministerio de Economía, seguirá fiscalizando la importación mediante los sistemas de selectividad y análisis de riesgo aduanero vigentes, sin adherir otros otros modos de verificación.

Estas acciones, además, se complementan con otras que el Gobierno tomó en el último año para desregular el comercio exterior. De hecho, la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que reemplazó a la AFIP, dejó sin efecto las resoluciones 701/99 y 799/2000, que determinaban que los organismos representantes de cada sector debían tener un
“veedor” en la Aduana.

Un comercio más flexible

Paralelamente, las decisiones se complementan con otras que el Ejecutivo tomó en el último año para desregular al comercio exterior. A su vez, a fines del 2024, se elevó de US$1000 a US$3000 el límite para compras en el exterior por envíos internacionales, una cifra similar al de los demás países de la región.

Además, para compras de uso personal, no se pagarán impuestos hasta los primeros US$400 por envío.

Asimismo, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) eliminó casi todas las restricciones cambiarias, que les posibilitan a los importadores cancelar los anticipos con dólares propios.

En ese marco, el Impuesto PAÍS se eliminó de manera total en diciembre del 2024. Esta disposición también es fundamental para reducir el costo de adquirir insumos importados y ayudar a la baja de los precios internos.

(*) Referente en logística, Outland Logistics