En un fallo dividido, la Corte Suprema de Justicia dejó firme la absolución del psiquiatra que atendía al hombre que mató a un policía en septiembre de 2020 en la esquina del Museo de Arte Latinoamericano de Buenos Aires (MALBA). El hecho se dio en pleno aislamiento por la pandemia del Covid19, cuando aún estaba muy restringida la movilidad: Rodrigo Facundo Roza amenazó con un cuchillo a un grupo policías y apuñaló en el pecho a uno de ellos, Juan Pablo Roldán, de 34 años, cuando intentaba convencerlo de que soltara el arma.
Para conformar las mayorías, la Corte tuvo que convocar a dos conjueces. Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti votaron junto al conjuez Jorge Morán por la desestimación del recurso de la fiscalía y la familia del policía, por cuestiones procesales.
En minoría, Horacio Rosatti y la conjueza Carolina Robiglio votaron por hacer lugar al planteo de los acusadores: revocar el fallo y ordenar que se dicte una nueva sentencia.
Un paciente psiquiátrico, en tratamiento
Rodrigo Facundo Roza comenzó a atenderse con el psiquiatra Jorge Monforte en noviembre de 2014; tenía un diagnóstico de “trastorno esquizofrénico de tipo paranoide continuo” con “incapacidad psíquica de más del 90% casi total y permanente” desde el inicio. Tres meses después, en febrero de 2015, Monforte le recetó medicación. Le indicó Lapenax, que contiene clozapina, droga utilizada en el tratamiento de la esquizofrenia en personas que probaron al menos otros dos medicamentos antipsicóticos a los que no respondieron bien, o que no pueden tolerar otros antipsicóticos debido a sus efectos secundarios.
A principios de 2020, Roza discontinuó su consulta médica. Unos días antes del homicidio de Roldán, los hermanos de Roza le avisaron al psiquiatra que el hombre de 51 años había dejado de tomar la medicación y que había comenzado a “hablar raro” y a tener delirios persecutorios. Tras hablar con su paciente, Monforte ordenó el ajuste de la medicación y pautó un encuentro para el mes de octubre.
El 28 de septiembre, Roza apareció en la zona de Palermo con un cuchillo de carnicero y gritaba “los voy a matar a todos”. Juan Pablo Roldán, policía que se desempeñaba como inspector en el Cuerpo de Policía Montada, intentó neutralizar al hombre que con un cuchillo amenazaba a clientes de un bar pero Roza le clavó el cuchillo cerca del pecho.
Ante esta agresión, el policía extrajo su arma reglamentaria y disparó contra su agresor. La secuencia quedó registrada por las cámaras de la zona. Roldán fue trasladado al Sanatorio Mater Dei, donde falleció horas después del ataque, producto de una hemorragia interna y externa. Por su parte, Roza fue internado en el Hospital General de Agudos “Dr. Juan Fernández”, donde murió en la madrugada del 29 de septiembre de 2020.
La causa judicial
La familia de Roza apuntó contra el desempeño del psiquiatra, a quien le habían solicitado su atención en los días previos al ataque al policía Roldán. En septiembre de 2023, Monforte resultó absuelto por el Tribunal Oral en lo Criminal porteño N°28. Lo juzgaron por los delitos de “abandono de persona seguido de muerte”, por el fallecimiento de su paciente y por el “homicidio culposo” del policía Roldán.
El psiquiatra llegó al juicio con dos pedidos de condena, por una parte del fiscal Sandro Abraldes quien pidió tres años de prisión y ocho años de inhabilitación, al responsabilizarlo por la muerte del policía. Por otra parte, la querella de la viuda de Roldán, a cargo de la abogada Ana Laura Palmucci, solicitó una pena de 10 años de prisión y otros 10 de inhabilitación, al considerar que el psiquiatra fue responsable de la muerte del policía y de Roza.
Salud Mental: ¿Por qué no es política de estado?
La fiscal que instruyó la causa, Paula Asaro, le atribuyó a Monforte haber actuado entre el 18 y 28 de septiembre de 2020 “de forma negligente y en inobservancia” de sus obligaciones como psiquiatra respecto de su paciente. La sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal porteño fue confirmada por la Cámara de Casación, que dispuso la absolución del psiquiatra.
En contra de la sentencia de Casación, la Procuración General de la Nación, con la firma del interino Eduardo Casal, le pidió a la Corte Suprema que revocara la decisión del máximo tribunal penal. Casal sostuvo que el psiquiatra no solo incumplió su deber de actuar frente a la situación de urgencia que presentaba el paciente, sino que además infringió la obligación de informarse respecto de lo que se debía hacer en ese escenario. El profesional “desconocía las normas de la ley de salud mental” como habría admitido al conversar con el hermano del paciente.
La Corte no admitió el criterio de la Procuración y por mayoría ordenó absolver al psiquiatra.