En la denuncia que Alberto Nisman envió a las oficinas del juez federal Ariel Lijo y que finalmente quedaron en manos de Daniel Rafecas, el fiscal federal recordaba que el atentado a la mutual judía fue declarado de “Lesa Humanidad”, por lo cual es imprescriptible. En relación a los delitos que se desprenden de los considerados bajo esa categoría, la doctrina judicial se divide en sus opiniones, ante lo cual surge la incógnita: Si el delito que Nisman dijo que la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el canciller Héctor Tiimerman, el diputado Andrés Larroque y el piquetero Luis D’Elía es encubrimiento de otro delito de Lesa Humanidad ¿estaríamos ante la posibilidad de que, si prospera la denuncia de Nisman, el delito imputado sea también imprescriptible?
A la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el canciller Héctor Timernam y el resto de imputados por el fiscal fueron acusados de varios delitos, el más grave el de encubrimiento por entorpecer el accionar de la Justicia. Ricardo Huñis, abogado penalista y profesor de derecho penal de la UBA, en diálogo con Perfil.com precisó que dependiendo del criterio que tenga el juez asignado en la causa, podría ser que ese delito también sea imprescriptible: “La cuestión es que el encubrimiento es un delito independiente, por lo que será el juez que asuma la investigación el encargado de determinar si considera que el crimen expuesto en la denuncia de Nisman guarda relación con la causa AMIA”, detalló.
“El juzgado de (Ariel) Lijo, no se abocó a definir a quién quedaría esa cuestión (en referencia a la denuncia de Nisman). Será el juez quien determine si hay una vinculación o no entre ambas causas”, precisó el jurista. “Si fuera (Rodolfo) Canicoba Corral el elegido, sería tratado como un delito de lesa humanidad porque fue él quien dirigió la causa Amia, otro juez podría tener otro criterio” ejemplificó.
El abogado penalista explicó porqué los crímenes de “lesa humanidad” son imprescriptibles, es decir, que no corre el tiempo de prescripción que muchas veces hace que se cierren expedientes sin que exista un sentencia. “Es de tal gravedad la lesión del bien jurídico que no corre el plazo de prescripción. Esto tiene bastante sentido desde el momento que mucha gente no podían iniciar ninguna causa porque no tenían conocimiento de dónde estaba la persona desaparecida, por ejemplo, por lo que no podían acceder a la Justicia y, en consecuencia, es correcto que no prescriban”.
El tiempo para perseguir un hecho que parece sospechado de constituir un delito no es eterno, sino que hay un plazo determinado para que la investigación se lleve a cabo. La prescripción es una regla que señala cuáles son los plazos de acuerdo a cada delito. El tiempo para investigar abarca desde el momento en que se cometió el delito hasta el máximo de la pena del mismo.
Por otro lado, para el constitucionalista Daniel Sabsay no existen dudas acerca de la imprescriptibilidad de la causa que inició Nisman: “Los delitos que se derivan del delito principal tienen su mismo color, son también de Lesa Humanidad”, señaló en diálogo con Perfil.com.
En ese sentido, consideró que hay “una conexidad directa y lógica para llegar a la verdad en el primer delito, porque si dejamos que prescriba estamos dejando de lado un elemento fundamental en el otro delito que hasta ahora ha quedado impune”.