POLITICA

Hallan ADN distinto en el departamento de Nisman y citan a Lagomarsino

En el oficio de la jueza Palmaghini se ordenó identificar el "perfil genético distinto". La fiscal apunta al técnico informático.

Torre Le Parc. En el edificio donde fue hallado muerto Alberto Nisman no hay libros de entradas y salidas.
| Cedoc

La jueza Fabiana Palmaghini ordenó identificar un “perfil genético distinto” al del difunto fiscal Alberto Nisman hallado en el departamento del decimotercer piso del edificio Le Parc de Puerto Madero.

La jueza dispuso, a pedido de la fiscal Viviana Fein, obtener el perfil genético de todos los que estuvieron trabajando en ese lugar tras el hallazgo del cadáver para determinar si el perfil pertenece a alguno de ellos.

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"En el interior de su vivienda ubicada en el departamento 2 del piso 13 de la Torre Boulevard, del Complejo Le Parc (...) se obtuvo una muestra correspondiente a un perfil genético distinto al del referido Nisman, ignorándose aún a quien corresponde", consigna el comunicado del Centro de Información Judicial dependiente de la Corte Suprema.

Según informó el portal Infobae, el primer convocado a cotejar su ADN con el hallado es Diego Lagomarsino, técnico informático, ex empleado de la UFI-AMIA.

El documento judicial añade:

"Consecuentemente, ante los diversos testigos que dieron cuenta de la visita que ... allí asumió el dia 17 de enero de 2015, se impone acceder a la solicitud formulada por la Señora Fiscal y -de momento- invitar a a que se presente ante el Cuerpo Médico Forense, para que se obtenga a su respecto una muestra de su perfil genético -del modo menos lesivo y sin afectar su pudor ni su integridad física- (cfr. arto 218 bis del C.P.P.N.) para cumplir posteriormente con su cotejo. La tarea inicialmente mencionada si bien resulta reproducible, integra una posterior diligencia pericial que impone cumplirla con apego a las normas previstas en el articulo 258 y cctes. del código de forma".

"En razón de todo ello, y por hallarse pendientes de producción otras medidas de prueba, es que con el objeto de procurar el ágil trámite de esta encuesta, deberá la Señora Fiscal asumir la notificación de la presente diligencia a las partes y recién transcurrido el plazo previsto por el artículo 259 del C.P.P.N., diligenciar el oficio que en este acto habré de librar al Cuerpo Médico Forense, encomendando la obtención de la muestra ya indicada".