"Todo es posible en el mundo de la política" solía decir Carlos Menem cuando debía explicar lo inexplicable ante los periodistas. Y en una de esas ironías a las que nos tiene acostumbrados la política vernácula, el destituido jefe de Gobierno porteño Aníbal Ibarra fue sorteado para integrar la Sala Acusadora de la Legislatura, uno de los dos órganos que, según la Constitución de la Ciudad, lleva adelante el proceso de juicio político de las autoridades de la Comuna
La elección de los integrantes de las salas Acusadora y Juzgadora se realizó esta tarde por sorteo en el recinto del Legislativo, según lo ordena la norma máxima en su capítulo cuarto, donde informa sobre el procedimiento de Juicio Político, que precisamente alejó del poder a Ibarra el último año.
La Sala Acusadora es el órgano que el 14 de noviembre de 2005 suspendió a Ibarra y lo dejó a un paso de la destitución, que finalmente ocurrió el 7 de marzo del año siguiente, en un proceso derivado del incendio en el boliche República de Cromañón, que causó 196 muertes.
Precisamente, el único legislador que votó en contra de Ibarra y que volverá a formar parte de la Sala Juzgadora es Marcelo Meis, de RECREAR, que ahora integra el bloque único del PRO.
Los diputados Silvia La Ruffa, Alejandro Rabinovich y Patricia Walsh serán compañeros de Ibarra el órgano acusador, formado por 45 legisladores, mientras la Sala Juzgadora estará integrada por los restantes 15.
Los integrantes del órgano de juzgamiento son Teresa de Anchorena, Enrique Olivera, Juan Manuel Olmos, Elvio Vitali, Marcelo Godoy, Diego Santilli, Marta Varela, µlvaro González, Avelino Tamargo, Diana Martínez Barrios, Raúl Puy, Juan Cabandié, Julián D'Angelo y Martín Hourest y Meis.
El artículo 93 de la Constitución ordena que cada dos años y en la primera sesión, la Legislatura se divide por sorteo, en una Sala Acusadora, integrada por el setenta y cinco por ciento de sus miembros, y en una Sala Juzgadora compuesta por el veinticinco por ciento restante.
Ambas salas intervienen sólo en caso de que se inicie un proceso de juicio político. El artículo 92 señala que la Legislatura "puede destituir por juicio político fundado en las causales de mal desempeño o comisión de delito en el ejercicio de sus funciones o comisión de delitos comunes, al Gobernador, al Vicegobernador o a quienes los reemplacen".
Además, prevé el proceso para los ministros del Poder Ejecutivo, miembros del Tribunal Superior de Justicia, del Consejo de la Magistratura, el Fiscal General, el Defensor General, el Asesor General de Incapaces, el Defensor del Pueblo, y otros funcionarios.
Fuente: DyN