POLITICA
ley "ómnibus"

De los vouchers educativos al arancelamiento de las universidades para extranjeros: los cambios que impulsa Milei

El texto que envió este miércoles el gobierno al Congreso de la Nación afecta también el financiamiento estatal de la educación pública, establece "la evaluación periódica” de docentes y elimina el mandato de “evitar cualquier forma de estigmatización” en la difusión de los resultados de las evaluaciones.

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Lejos de su propuesta inicial de eliminar la obligatoriedad de la educación y financiarla mediante un sistema de “vouchers”, este miércoles el gobierno de Javier Milei envió una “ley ómnibus” al Congreso que no mencionó esos conceptos ni una vez. En cambio, dejó abierta la puerta al arancelamiento en institutos y universidades nacionales para extranjeros sin residencia permanente en Argentina y propuso tomar un "examen censal obligatorio" a todos los estudiantes de educación secundaria "al finalizar sus estudios". 

La iniciativa "Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos" modifica en el artículo 553 el artículo 2 bis de la ley 24.521 de Educación Superior que dice que "los estudios de grado en las instituciones de educación superior de gestión estatal son gratuitos e implican la prohibición de establecer sobre ellos cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel, o tarifa directos o indirectos".

La modificación de este artículo, por lo tanto, habilita el cobro de carreras de grado en estudiantes que provengan desde el exterior del país y no puedan acreditar estadía permanente en el país. Según la nueva reglamentación, que debe ser aprobada por el parlamento, "los estudios de grado en las instituciones de educación superior de gestión estatal para todo ciudadano argentino nativo o por opción y para todo extranjero que cuente con residencia permanente en el país, son gratuitos".

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Milei propone: "Las universidades nacionales, en ejercicio de su autonomía, podrán establecer aranceles"

"Las instituciones de educación superior de gestión estatal y las universidades nacionales, en ejercicio de su autonomía, podrán establecer aranceles para los servicios de enseñanza de grado o de trayectos educativos para aquellos estudiantes que no reúnan los requisitos previstos en el párrafo primero", sostiene a continuación el proyecto que envió el Ejecutivo al Congreso.

También, el artículo 556 de la norma de Milei sustituye el artículo 58 de la ley de Educación Superior y dispone que "el aporte del Estado Nacional para las instituciones de educación superior universitaria de gestión estatal se distribuirá en función del número de estudiantes matriculados en cada institución, el tipo de carrera ofrecida, tales como carreras de grado, posgrado y otras, y su área de formación y también el número de egresados y otros criterios que se definan".

La norma vigente dice que "el aporte del Estado nacional para las instituciones de educación superior universitaria de gestión estatal no puede ser disminuido ni reemplazado en ningún caso mediante recursos adicionales provenientes de otras fuentes no contempladas en el presupuesto anual general de la administración pública nacional". Además, el proyecto en su artículo 552 establece que las provincias, "a cuyo cargo se encuentra la gestión de la educación en los distintos niveles, acordarán cada una de ellas en su jurisdicción, las condiciones laborales, el calendario educativo, el salario mínimo docente y la carrera docente".

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El artículo 545 incorpora el inciso J del artículo 76 (formación docente, ley 26.206), que propone "evaluar a los docentes que se incorporan a la docencia mediante un examen que certifique las capacidades y conocimientos adquiridos". Asimismo, "la evaluación periódica será una condición y un aliciente para poder desempeñarse como docente en el país". Asimismo, el texto incorpora el inciso K para "revalidar las capacidades y conocimientos de docentes cada cinco años mediante un proceso de evaluación continua".

El proyecto presentado esta tarde tiene como objetivo "promover la iniciativa privada, así como el desarrollo de la industria y del comercio, mediante un régimen jurídico que asegure los beneficios de la libertad para todos los habitantes de la Nación y limite toda intervención estatal que no sea la necesaria para velar por los derechos constitucionales", dice en su artículo 1. Los propósitos de la iniciativa son "la promoción del derecho fundamental a la libertad individual". "Los habitantes de la Nación tienen derecho a ejercer sus libertades sin injerencias indebidas por parte del Estado", dispone.

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La evaluación final en secundarios y modificaciones en la educación primaria 

La iniciativa "Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos" sustituye, en la Sección I (artículo 548), el artículo 95 de la ley 26.206 de Educación Nacional y agrega que a la evaluación periódica de los alumnos "al finalizar los estudios de educación secundaria el Estado Nacional tomará un examen censal obligatorio que mida los aprendizajes adquiridos y las capacidades desarrolladas por los adolescentes que egresan" y que "el alumno tendrá derecho a conocer y recibir una certificación del resultado".

Por lo tanto, se propone modificar el artículo 97, referido a la difusión de los resultados de las evaluaciones. La nueva redacción del artículo sostiene que esta comunicación “resguardará la identidad de los/as alumnos/as”, tal como disponía la ley original, pero elimina la disposición de resguardar a “docentes e instituciones educativas”, lo que permitiría publicar resultados por escuela. Así, se suprime el mandato de “evitar cualquier forma de estigmatización”.

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“Todos los alumnos deberán ser evaluados con periodicidad en términos de matemáticas y lecto-comprensión"

Además, la modificación al artículo 95 de la ley 26.206 establece que “todos los alumnos deberán ser evaluados con periodicidad en términos de matemáticas y lecto-comprensión en adición a otras evaluaciones que determine la autoridad de aplicación”. Este mecanismo ya se aplicaba a través de la prueba Aprender, de carácter censal y con evaluación de contenidos de matemáticas y lengua en estudiantes de sexto grado. 

El texto presentado esta tarde al Congreso, que abarca una serie de iniciativas contempladas en el DNU que firmó el presidente Javier Milei la semana pasada, fija que el plazo para la emergencia podrá ser prorrogado por el Ejecutivo por el plazo máximo de dos años. La iniciativa está firmada por Milei, el jefe de Gabinete Nicolás Posse, y todos los ministros, y consta de 183 páginas y 664 artículos.

 

ML / Gi