El Foro de Periodismo Argentino (Fopea) envío una serie de consideraciones y aclaraciones sobre lo que dijo Víctor Hugo Morales sobre la asociación en su programa de radio. El locutor había expresado que los comunicados de Fopea, a su entender, son “a favor de Clarín” y que “todo lo que afecta a Clarín inmediatamente merece la defensa de Fopea”.
A continuación, la respuesta de Fopea:
1) Fopea a través de su Monitoreo de la Libertad de Expresión no defiende a empresas, sino al principio de libertad de expresión consagrado en la Constitución Nacional y en los Principios de Derechos Humanos de la OEA, y por ende, a los periodistas, sujetos privilegiados de ese derecho por el rol que cumplen/cumplimos en la sociedad.
La lectura que hace Víctor Hugo Morales respecto de nuestros comunicados es errónea y deriva de un recorte intencionado respecto de lo que dice Fopea públicamente.
Por ejemplo, en el último comunicado sobre el tema de los bloqueos a las plantas de Clarín y La Nación, Fopea se manifestó en rechazo de esta metodología que viola el derecho a la libre expresión, pero abogó por el respeto por la libertad de expresión y la libertad sindical. Y en un comunicado de 2010, Fopea se manifestó en defensa de la actividad sindical en las empresas informativas.
2) El Monitoreo de la Libertad de Expresión de Fopea se basa en el seguimiento de un patrón de casos, que puede leerse en este link
De acuerdo a lo señalado por el patrón de casos, basado en estándares internacionales*, lo que sucedió en la puerta de las plantas impresoras de Clarín y La Nación configura un ataque a la libertad de expresión, principio amparado no sólo a nivel constitucional sino a nivel internacional, en la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la OEA.
En el capítulo VI del Código Penal, sobre Delitos contra la libertad de prensa, en el artículo 161 se señala que “Sufrirá prisión de uno a seis meses, el que impidiere o estorbare la libre circulación de un libro o periódico”, y en el artículo 194: “El que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicaciones, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de tres meses a dos años”.
En el Patrón de Casos del Monitoreo de Fopea, en el punto 2, que alude a las “Presiones económicas” a los medios de comunicación, señala como ataques a la libertad de expresión la “Confiscación de ediciones o interferencias arbitrarias en la distribución de diarios y revistas”. Pero además, lo que privilegia el derecho nacional e internacional es el acceso de los ciudadanos a la información, como señaló el comunicado de Fopea, a la libre elección de los medios de información por parte de los ciudadanos.
En su relevamiento, el Monitoreo se contactó con fuentes de las empresas afectadas por el bloqueo, con voceros de los gremialistas, con fuentes del Sindicato de Camioneros (por la sospecha de que sectores del moyanismo apoyaban la protesta) y del Ministerio de Seguridad de la Nación (por su rol en el manejo de la policía).
3) Dijo Morales que sobre los 57 comunicados sobre supuestos hechos atentatorios contra la libertad de expresión, 11 son en defensa de Clarín”.
El periodista no mencionó la fuente, porque del relevamiento de casos que hace el Monitoreo de Fopea, nos da exactamente 57 casos con comunicados si se suman los pronunciamientos de 2009 y 2010, con 27 y 30 comunicados respectivamente. Y entre esos 57 comunicados, los que se refieren a periodistas que trabajan en empresas del Grupo Clarín o a directamente a dichas empresas, fueron 7 y no 11 como dijo Morales. Hubo 3 comunicados en 2009 y 4 en 2010.
4) Respecto del contenido de esos comunicados, que el conductor de La Mañana de Continental dice que fueron “en defensa de Clarín”.
Durante 2009, hubo 3 comunicados relacionados con periodistas que trabajan en las empresas del Grupo Clarín o sobre las empresas mismas:
1- Pidiendo que se investiguen las interferencias a las señales de Artear.
2- Condenando la censura a la revista Rumbos por parte del Diario de Cuyo de San Juan. Rumbos es editada por el Grupo Clarín.
3- Saludando la condena a los agresores de un equipo periodístico de CQC en Tucumán, cuando el programa estaba en Canal 13 (la agresión fue en mayo de 2002).
Durante 2010, hubo 4 comunicados relacionados con periodistas que trabajan en las empresas del Grupo Clarín o sobre las empresas mismas:
1- Condenando la agresión a un equipo periodístico de Canal 13 en Formosa.
2- Repudiando los afiches anónimos contra periodistas del Grupo Clarín.
3- Repudiando los agravios del Ministro Boudou a una periodista de Clarín (también a un periodista de La Nación).
4- Manifestando la preocupación por una amenaza anónima a un periodista de La Voz del Interior (y a dos periodistas que Canal 10 de Córdoba).
5) Los casos relevados por el Monitoreo de Fopea durante los dos últimos años reflejan una visión nacional y federal de la situación de la Libertad de Expresión en todo el país. La gran mayoría de estos casos en los cuales Fopea se pronunció (no son todos los casos registrados) se refirieron a trabajadores de prensa de todo tipo de medios incluyendo a medios públicos, privados y cooperativos.
Hubo comunicados de Fopea por situaciones que se generaron en 18 distritos (serían 20 si se toman en cuenta que dos de los casos de Clarín fueron en el interior, Tucumán y Formosa) de los 24 que conforman la Argentina.
(*) Basamentos legales del Monitoreo de Libertad de Expresión de Fopea
DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS SOBRE LIBERTAD DE EXPRESIÓN DE LA OEA
Artículo 5: La censura previa, interferencia o presión directa o indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida a través de cualquier medio de comunicación oral, escrito, artístico, visual o electrónico, debe estar prohibida por la ley. Las restricciones en la circulación libre de ideas y opiniones, como así también la imposición arbitraria de información y la creación de obstáculos al libre flujo informativo, violan el derecho a la libertad de expresión.
Artículo 13 inciso 3: No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.
Andres D`Alessandro, director ejecutivo, Foro de Periodismo Argentino