POLITICA
Desregulación de la economía

Mega DNU de Javier Milei: ya son tres las demandas presentadas ante la Justicia

Las presentaciones se tramitan en dos juzgados separados. Entre otros motivos, cuestionan la violación a la división de poderes y al principio republicano.

Javier Milei 20231222
Javier Milei | NA

Mientras continúan las repercusiones por el mega DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia) publicado por Javier Milei para desregular la economía, siguen sumándose presentaciones judiciales en contra de la norma ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal, esta vez de la mano de un abogado constitucionalista y una sala de juegos.

Primero se conoció una acción de amparo presentada por Claudio Lozano junto a la CTA Autónoma de Hugo “Cachorro” Godoy, ATE nacional y otros organismos, y a ahora se sumó una presentación del letrado Andrés Gil Domínguez, que recayó en el juzgado Federal N°9, a cargo Pablo Cayssials -sobreseído este viernes por el juez federal Sebastián Ramos en la causa Lago Escondido-.

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El abogado constitucionalista solicitó la nulidad absoluta e insanable del decreto Nº 70/2023 del presidente, al entender que actualmente no existe ninguna situación de objetiva urgencia que le impida al Congreso funcionar y sancionar leyes. 

En sus fundamentos, consideró que Milei "intenta mediante la desviación de poder y el abuso de derecho público utilizar un mecanismo excepcional para sustituir la función legislativa del Congreso violando de esta manera la división de poderes, el principio republicano y la prohibición constitucional bajo pena de nulidad absoluta e insanable de la suma del poder público”.

Durante una entrevista, el también profesor de la Universidad de Buenos Aires (UBA) había destacado que “una cosa es dictar un DNU para modificar una ley, pero otra cosa es modificar todo el sistema normativo argentino soslayando totalmente al Congreso”.

Andrés Gil Dominguez
El abogado Andrés Gil Dominguez.

Por otro lado, este viernes el Bingo del Oeste también cuestionó la norma dictada por el jefe de Estado, en una presentación que recayó ante el juez en lo Contencioso Administrativo Federal Esteban Furnari. El magistrado ya había recibido las primeras presentaciones por parte del Observatorio del Derecho a la Ciudad, que conduce Lozano y que apuntó a toda la inconstitucionalidad del DNU.

De esta forma, actualmente son tres las demandas contra el Mega decreto, aunque puede haber más y en otros fueros como pueden ser el Civil y el Civil y Comercial Federal. Que haya más de una denuncia no implica que todas se acumulen en un mismo juzgado, ya que se tratan de diferentes objeciones.

El amparo en la Justicia

El partido Unidad Popular, que lidera Lozano, junto a otras organizaciones como la CTA Autónoma y ATE nacional, presentaron una acción de amparo por considerar el decreto de Milei “inconstitucional y antidemocrático”. 

“Con un DNU inconstitucional y carente de todo fundamento, Milei pretende avanzar en su estrategia de demolición sobre la sociedad argentina”, denunció el ex director del Banco de la Nación, mientras que solicitó como medida cautelar “la suspensión de los efectos y vigencia" del mencionado DNU y de "toda normativa o acto dictado en su cumplimiento”.

Claudio Lozano
Claudio Lozano.

Además de Unidad Popular, la CTA-A y ATE, el recurso fue radicado por el Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas y el Movimiento La Ciudad Somos los que la Habitamos. El mismo argumenta que la iniciativa constituye una "desviación de poder y un abuso de derecho público, por violar el principio republicano, la división de poderes, la democracia, el principio de reserva de ley y los derechos colectivos de la ciudadanía argentina a la participación en la dirección de los asuntos públicos directamente o a través de sus representantes”.

En caso de que el amparo sea aceptado, el juez tiene que ofrecer a la contraparte, o sea el Estado demandado, la posibilidad de hacer un descargo sobre el pedido de inconstitucionalidad del DNU, para lo cual se le dará un plazo de cinco días. 

Luego de recibido el descargo, el juez tiene un plazo de 48 horas para resolver aunque no es estricto y puede demorarse más en la resolución. Es una cautelar hasta ahora la presentada lo cual implica urgencia pero luego sigue en trámite la cuestión de fondo sobre si es o no constitucional el decreto publicado por Milei.

FP CP