POLITICA

Parrilli le informó a Lijo que no había agentes de inteligencia involucrados en la denuncia de Nisman

Después de que La Corte publicara completa la denuncia del fiscal en contra de la Presidenta, el Secretario de Inteligencia le envió una carta al juez. La publicó completa Télam.

Oscar Parrilli.
| Télam

Parrilli le informó al juez Ariel Lijo que Ramón Allan Héctor Bogado y el ex juez Héctor Yrimia, mencionados por el fiscal Alberto Nisman en la denuncia contra la Presidenta, "no pertenecen ni han pertenecido como personal de la planta permanente, contratado, de gabinete ni personal transitorio".

De esta manera, la SI respondió al requerimiento del magistrado federal porteño vinculado con una denuncia formulada por Nisman. El juez investiga la denuncia del fiscal Nisman contra la Presidenta, el canciller Héctor Timerman, el diputado Andrés Larroque, el piquetero Luís D’Elía y el activista de Quebracho, Fernando Esteche.

El magistrado le había pedido ayer al mediodía al jefe de Secretaría de Inteligencia que desclasifique los legajos del supuesto agente de Inteligencia que aparece mencionado en los escritos del fiscal hallado muerto el lunes por la madrugada.

La respuesta se difundió horas después de que el CIJ difundiera y publicara la denuncia completa.

El texto completo con la respuesta de Parrilli, que publicó la agencia oficial Telam:

"Señor juez. Tengo el agrado de dirigirme a YS., con relación al oficio de fecha 20 del corriente mes y año, librado en el marco de la causa número 3.446/12, caratulada: "Velasco Carlos Alfredo y otros si abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público", en trámite por ante ese Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 4, a vuestro digno cargo, Secretaría N° 8 de la Dra. Andrea P. SANTOS, mediante el cual informa "que el Agente de la Secretaría a su cargo, identificado por el Dr. Alberto Nisman en su denuncia, es 'Allan', quien se trataría de Ramón Allan Héctor Bogado-; ello a los fines de disponer el levantamiento del secreto de información -de conformidad con lo normado a través de los arts. 16 y 17 de la ley 25.520 y su decreto reglamentario n" 950/02 "; Y a su vez solicita "que adopte el mismo temperamento respecto de Héctor Yrimia, en caso en que éste haya prestado algún tipo de colaboraci´on formal en el organismo ". "Al respecto -prosigue-, consultada las áreas pertinentes del Organismo, se hace saber que los señores Ramón Allan Héctor BOGADO y Héctor YRIMIA no pertenecen ni han pertenecido como personal de la planta permanente, contratado, de gabinete ni personal transitorio". Expresa que "por otra parte, se pone en conocimiento de YS. que con fecha 12 de noviembre de 2014 esta Secretaria de Inteligencia formuló denuncia criminal a los fines de esclarecer la posible comisión del delito de "tráfico de influencia" por parte del señor Alan BOGADO, quien, no siendo personal de este Organismo, se presentaba ante funcionarios de la Administración Nacional de Aduana como agente de esta Secretaria, conforme las circunstancias que fueran acreditadas en la Investigación Preliminar N° 04/14 del registro del Departamento de ContrainteIigencia de la Dirección General de Operaciones, tramitando dicha denuncia por ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 9 a cargo del Dr. Luis Osvaldo RODRIGUEZ, Secretaria N° 18 del Dr. Juan Manuel GRANGEA T, bajo el número 11.503/14, caratulada: "NN si averiguación de delito". "Asimismo -indica finalmente-, se hace saber a V.S. que con fecha 7 de agosto de 2013 se recibió en esta Secretaría un oficio librado por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1, en el marco de la causa número 4368 seguida contra Leandro David CABRERA por el delito de extorsión, etc., mediante el cual se solicitaba se informe "si Ramón Allan BOGADO, D.N.i. n" 21.546.820. presta servicios en dicha. dependencia, y, en caso afirmativo, que el mismo concurra ante este Tribunal, en el día de la fecha, a prestar declaración testimonial (en) el marco de la causa de referencia", a cuyo requerimiento se informó que Ramón AlIan BOGADO (DNI N° 21.546.820), no pertenece ni ha pertenecido al Organismo como personal contratado ni como personal de Planta Permanente; quedando a disposición del Tribunal los antecedentes que se informan".